Don José Antonio Rodríguez, de esta vecindad, hizo exhibición de una copia testimoniada de una escritura para que se registre en este libro, su fecha 20 de octubre del año anterior, y de ella consta que don Leonardo Mateos Navarro, de esta vecindad y república, se presentó ante el Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Padre San Francisco de ésta, en su venerable mesa, expresando haber llegado a su noticia que por dicha venerable mesa estaba para imponerse la cantidad de 2 000, y que necesitándolos para la habilitación de sus negocios se sirviesen de declararlo como pidió, estando pronto a otorgar la correspondiente escritura de depósito irregular por el tiempo de cinco o más años con hipoteca de todos sus bienes, especialmente de la hacienda de hacer azúcar nombrada San Joseph [San José] de las Lagunas. Y por decreto de 14 de octubre del año pasado se mandó por la venerable mesa la entrega a don Leonardo de la referida cantidad que exhibió el Coronel don José Manuel de Ceballos, que estaban fincados en una de sus haciendas en favor de dicha venerable orden; por lo que el citado Leonardo se dio por entregado y se obligó a tenerlos en la forma referida y a entregarlos en cinco años con sus réditos de un 5 por ciento, con especial hipoteca de la expresada hacienda.
UntitledHACIENDA SAN JOSÉ DE LAS LAGUNAS
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Juan García de Malabear, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción nombrada San José de las Lagunas y San Francisco Tospan [Toxpan], hizo exhibición de una copia testimoniada de una escritura otorgada en 3 del corriente mes para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que don Leonardo Mateos Navarro, dueño que fue de las referidas haciendas, por escritura otorgada en la ciudad de México en 28 de septiembre de 1762 se obligó a reconocer sobre ellas con obligación de réditos, el principal de 3 000 pesos en favor de la obra pía de dotar huérfanas que fundó el Capitán don Manuel Fiallo en el Colegio de los Ex Jesuitas de la ciudad de Oaxaca, y que en consecuencia de haber pasado al referido don Juan García el dominio de las mencionadas haciendas, en virtud de remate que de ella se le notificó; y por tanto en la citada escritura otorgada por el susodicho, se obligó a reconocer sobre las referidas sus haciendas, sus fábricas, esclavos, cañas, ganados y demás pertenencias, los cuales se obligó a pagarlos a don José Moreno, Tesorero de la Santa Cruzada y Mayordomo del ilustrísimo señor obispo, y en el ínterin sus correspondientes réditos de 5 por ciento, y para seguridad del principal y réditos hipotecó las expresadas haciendas.
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