Doña Josepha de Miranda [Josefa García de Miranda], vecina de la villa de Córdoba, viuda, mujer que fue de Joseph de Olivera [José de Olivera], difunto, tutora y curadora de doña María de Leyva [Leiva], su hija legítima, declara que por cuanto la dicha su hija “mediante la voluntad de Dios Nuestro Señor y para su santo servicio ha elegido y tiene deliberado el ponerse en estado de Religiosa de Santa Clara en el convento de la ciudad de los Ángeles”, y atenta a que tiene ajustado con las religiosas de la entrada de la susodicha y concertada su dote en 5 000 pesos, “y me han pedido les otorgue obligación y seguro de dicha cantidad”, para que luego que llegue el caso de la profesión de la dicha doña María de Leiva se la entreguen. Por tanto, para que tenga efecto lo solicitado otorga por la presente que se obliga de dar y pagar a dicho convento de religiosas de Santa Clara 5 000 pesos en que tiene ajustado la dote de su hija. Por último, señala que para asegurar la cantidad hipoteca un trapiche de hacer azúcar, que tiene en esta jurisdicción, nombrado San Francisco, con sus tierras, cañaverales, ganado, esclavos y todo lo que le perteneciere.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOHACIENDA SAN FRANCISCO
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MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0011
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Unidad documental simple
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1692/04/28
Parte de Archivo Notarial de Córdoba