Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da su poder al Capitán Antonio Moreno de Torija, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre lo obligue a que dé y pague a doña Francisca de la Torre [y] Mercado, su madre, la cantidad de 15 000 pesos en reales por otros tantos que importó una hacienda de trapiche nombrada San Francisco de Paula, ubicada en esta jurisdicción, la cual se compone de 3 caballerías y media de tierra, caña dulce, esclavos, ganados, avíos y aperos, que la dicha su madre le tiene entregada y vendida. Por otra parte, señala que los 15 000 pesos han de quedar impuestos y cargados a censo principal redimible sobre su persona, bienes y dicho trapiche; asimismo, otros 900 pesos que están impuestos y cargados a censo principal redimible sobre dicho trapiche a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México. Finalmente menciona que los 15 900 pesos de principal los pagará con obligación de su persona.
Sem títuloHACIENDA SAN FRANCISCO DE PAULA
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El Reverendo Padre Fray José Polanco de la Orden de la Caridad de San Hipólito Mártir, actual Prior en su convento y hospital de la Santísima Trinidad de esta villa, demostró un testimonio de una escritura fecha en el pueblo de Orizaba el 14 de mayo pasado, y de él se percibe el que don Cristóbal Eugenio Calderón, vecino de esta villa, Regidor que ha sido en ella, impuso y cargó 500 pesos de oro común a censo principal redimible sobre su persona, bienes y sobre una hacienda del beneficio de hacer azúcar que posee en términos de esta jurisdicción y pago del monte de Totutla, que linda por el oriente con tierras del trapiche nombrado Señor San José del Cacahuatal, por el poniente con tierras del nombrado San Francisco la Peñuela, por el sur con tierra del que se nomina Nuestra Señora de Guadalupe y por el norte con el camino Real, en favor del sagrado convento y hospital de la Santísima Trinidad.
Sem títuloDon Miguel García del Valle, vecino del pueblo de Orizaba, en virtud de poder del Capitán José Antonio Moreno, de la misma vecindad, dueño en esta jurisdicción de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Francisco de Paula, alias la Peñuela, otorga que por autos seguido a su pedimento ante la Real Audiencia de esta villa, se ha justificado que la hacienda de fabricar azúcar citada no tiene más afecciones ni gravámenes que 4 850 pesos a favor del convento hospital de esta villa, [roto] y 3 000 más de una capellanía que fundó don Juan de la Madera, la cual no consta registrada en este libro, y porque en todo tiempo conste su gravamen pidió en los mismos autos se hiciere el correspondiente registro; cuyo pedimento con lo demás de su contenido en dichos autos con dictamen de asesor se conformó el señor juez de la causa y mandó se ponga esta razón firmada de la parte que así fue hecha.
Sem títuloPedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, estante en esta villa de Córdoba, otorga poder a Diego de Brito Lomelín, su hermano, vecino de esta villa, para que en su nombre compre de fiado o contado a Antonio [de] Mayorga, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de hacer panela que el susodicho tiene en esta jurisdicción al pago de la Peñuela, nombrado San Francisco de Paula, con las tierras, casas y calderas, moliendas, cañas dulces, ganados, avíos y aperos. Asimismo, para que reconozca el censo que sobre dicha hacienda está impuesto y cargado a favor del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de la ciudad de México.
Sem títuloAntonio [de] Mayorga y Felipa de la Cruz, vecinos de esta villa de Córdoba, venden a Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, una hacienda de trapiche de hacer panelas nombrada San Francisco de Paula, en esta jurisdicción, al pago de la [Peñuela] compuesto por 3 y media caballerías de tierra, que linda por [roto] con una barranca que divide dichas tierras de las del pueblo de Amatlán y por las otras partes con tierras de los baldíos de esta villa, con todos sus efectos. Los otorgantes declararon que el trapiche les pertenece por compra que hicieron al convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México y sobre el cual está impuesto a censo principal redimible 900 pesos de oro común a favor de dicho convento, y ahora lo venden por precio de 2 400 pesos de oro común.
Sem títuloEl Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de dos haciendas del beneficio de hacer azúcar, la primera nombrada San Francisco de Paula y la segunda Nuestra Señora de Guadalupe, que posee en la jurisdicción de esta villa, otorga que vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa, Alguacil Mayor en ella, 250 pesos de censo que impone y carga a censo redimible sobre todos sus bienes, derechos y acciones, especialmente sobre las dos haciendas. Declara que la hacienda San Francisco de Paula está grabada en cantidad de 6 807 pesos de principal, los 900 de ellos a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México, 1 451 pesos a favor de doña María del Castrillo, vecina de la ciudad de los Ángeles y 4 456 pesos a favor del Bachiller José López del Castrillo, Clérigo Diácono, vecino de dicha ciudad, cuyas cantidades están impuestas a censo principal redimible. Por su parte la hacienda Nuestra Señora de Guadalupe no tiene gravamen sobre sí, solamente el arrendamiento que se paga a esta villa por estar fundada en tierras que pertenecen a ella. Finalmente, declara que dichos 250 pesos de los corridos del presente censo los pagará al alguacil mayor o a quien en su poder hubiere y por precio y cantidad de 5 000 que dicho alguacil le ha suplido y prestado en reales de contado.
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