HACIENDA NUESTRA SEÑORA DE COSAMALOAPAN

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0239 · Item · 1778/03/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco José de Segura y Ceballos, de esta vecindad y república, hizo exhibición de un testimonio de una escritura, su fecha en esta villa el 6 del corriente mes, para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que el primero de junio de 1742 doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, hizo institución y fundación de una obra pía del principal de 10 000 pesos con arreglo a la disposición testamentaria que en virtud de poder le confirió don José de Segura. Asimismo, se señala que doña Gertrudis Lópes otorgó la citada obra pía junto con sus coalbaceas el Licenciado Manuel de Rosas y don Gabriel de Segura y Ceballos, ya difunto, para que sus réditos se conviertan en darle 100 pesos en cada un año a doña María Gómez, y los 400 restantes para la niña doncella que nombrare anualmente la dicha doña Gertrudis, como tal patrona, y que falleciendo la citada María Gómez se agregarían los 100 pesos a los 400. Asimismo, se cita que la fundación se hizo sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, alias el ojo de Agua, de la pertenencia del otorgante, quien como es en su poder la dicha hacienda y en parte de su valor el referido principal de los 10 000 pesos se dio por entregado a su voluntad y en conformidad de ellos los impuso sobre la citada hacienda, y se obligó a satisfacer sus réditos de 5 por ciento, y para el mayor seguro de la cantidad hipotecó la expresada hacienda, y a la firmeza de todo ello, ambos otorgantes [Francisco José y Gertrudis López], se obligaron en la forma que pueden y deben serlo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0170 · Item · 1756/12/22
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió cuatro testimonios de una misma escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles a 14 del presente mes y año, y de ellos consta, que el Licenciado don Manuel de Rosas, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, como principal; y don Gabriel de Segura y Ceballos, su fiador y principal pagador, por sí y en nombre de su madre doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro; dijeron que por escritura de 1754 doña Gertrudis se obligó a pagar a dicho licenciado 22 000 pesos procedentes del principal de la venta que le hizo de una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, que poseía dicho licenciado en jurisdicción de esta villa, obligándose la susodicha a pagar en tiempo de nueve años, con hipoteca de la referida hacienda; de cuya cantidad de 22 000 pesos tiene cedida la de 12 000 pesos en favor de distintos interesados, por cuya razón se le restan 10 000 pesos, y que, para subvenir a sus urgencias, presentó memorial ante el ilustrísimo señor obispo, suplicando que de los depósitos se le entreguen 5 000 pesos, ofreciendo subrogar otros tantos en los expresados 10 000 pesos. Y por decreto de su señoría ilustrísima mandó a los señores comisarios del cofre de la santa iglesia Catedral de la Puebla despacharan libramiento a favor del Licenciado don Manuel de Rosas de la citada cantidad de 5 000 pesos, los cuales pertenecen a cuatro capellanías. Y cumpliendo con su tenor dicho licenciado subrogó y traspasó en favor de las cuatro capellanías los 5 000 pesos de oro común, que como parte de los 10 000 que así les restan de la relacionada obligación le tocan del valor de dicha hacienda. Y el expresado don Gabriel de Segura y Ceballos en nombre y poder de la mencionada doña Gertrudis, su madre, otorgó que acepta dicha cesión, y en su consecuencia reconoció sobre la suscitada hacienda y todo lo que le pertenece los 5 000 pesos de principal de la cesión mencionada, los cuales pagará en el plazo de nueve años y, asimismo, se constituye como fiador y principal pagador de dicho Licenciado don Manuel de Rosas, y que en su conformidad la citada doña Gertrudis, su madre, los pagará con sus réditos en el modo y al paso que va asentado; y para seguridad del pago hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joaquín, que le pertenece en propiedad en esta jurisdicción.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0091 · Item · 1702/09/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Piña, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Capitán don Juan Manuel de Rosas y Zorrilla, Caballero del Orden de la Calatrava, vecino de la ciudad de los Ángeles, una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar, nombrada Nuestra Señora de la Cossamaluapa [Cosamaloapan], que posee en la jurisdicción de esta dicha villa, en el paraje que llaman Ojo de Agua, la cual ha fundado en 7 caballerías de tierra que hubo y compró a doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, por escritura que otorgó su apoderado con fecha en esta villa el 25 de abril de 1696. Cuyos linderos están desde un barranco grande montuoso que parece descender al río de Atoyaque [Atoyac], por toda la vera de él hasta donde está otro barranco grande, junto a un árbol que llaman amacuaguitl [amacuahuitl] y en frente un cedro grande y una mata de cañas muy frondosa y corren para la parte del norte. Dicha venta la hace con todo lo que le pertenece y se detalla en el inventario que inluye, por precio de 9 284 pesos un tomín en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0164 · Item · 1755/12/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura otorgada por doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda de don José de Segura y Ceballos, vecina de ella, dueño de hacienda, a fin de que se registre en este libro, y de él consta que la expresada doña Gertrudis recibió la cantidad de 8 000 pesos de oro común, los 3 000 de ellos pertenecientes al convento de Santa Teresa y los otros 5 000 pesos al convento de San Jerónimo; obligándose a pagar en tiempo de nueve años, con sus respectivos réditos de 5 por ciento y expresa hipoteca de la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de Cosamaloapan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0049 · Item · 1732/11/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Lorenzo, dueño de hacienda de ganado mayor en la jurisdicción de Cossamaluapan [Cosamaloapan], presentó una escritura de obligación otorgada por doña Inés Ladrón de Guevara, viuda del Proveedor don Jerónimo de Mendívil, como principal, y doña Mariana de Mendívil, viuda de don Francisco Javier Vidal Saavedra, don Baltazar de Berrosteguieta, marido y conjunta persona que ha de ser doña Inés de Mendívil, el cual está próximo a contraer matrimonio con la susodicha, y don Julián Jerónimo de Mendívil, marido y conjunta persona de doña María de Flores y Cerón, todos hijos de la dicha doña Inés Ladrón de Guevara, vecina del referido pueblo, cuya obligación otorgaron de mancomún acuerdo a favor del Bachiller don Bernardo Rafael Cerón, Cura Beneficiado por Su Majestad, Juez Eclesiástico y Vicario Foráneo del referido pueblo y su partido, por la cantidad de 5 000 pesos que por hacerles amistad y buena obra les ha prestado por el tiempo de seis años, con obligación de réditos, de todos sus bienes y especialmente de dos haciendas de ganado mayor, la una nombrada [Cuatotolapan] y la otra Amajaque, que posee en la jurisdicción de Acayucan, dichas haciendas por la parte del poniente lindan con el [roto] que baja del pueblo de Tataguicapam [Tatahuicapan] a las haciendas que están de la otra parte nombradas Soncuautla [Solcuautla] y Nopalapam [Nopalapan], cuyo río divide las dos haciendas y les ha servido de lindero, y por la parte del norte el río que baja de la villa de Tuxtla que llaman Zongoluacam [sic], como viene corriendo hasta entrar en dicho río Grande, donde hace lindero con la hacienda de ganado mayor nombrada Otapa, y por el oriente con la hacienda de ganado mayor nombrada el Pedregal, y por el sur con el pueblo de Acayucan, cuyas haciendas están gravadas a 7 000 pesos de principal de la obra pía del Licenciado Montiel por el Doctor don Francisco Coronel, 6 000 pesos por el convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de los Ángeles, 2 000 pesos de principal de una capellanía que fundó don Jacinto Jara y Oliver, 2 000 pesos de otra capellanía que sirve el Bachiller don Miguel de Acevedo y 4 500 pesos de Nuestra Señora de la Limpia Concepción de Cosamaloapan, cuyas cantidades importan 25 500 pesos que por dicha escritura parece a que se refiere; y de pedimento de dicho Francisco Lorenzo la registró en el libro del becerro de este oficio público.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0034 · Item · 1716/04/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y Mayordomo de la cofradía del Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de esta villa, con licencia del Ilustrísimo Señor don Pedro de Rosales Dávila, del Orden de Alcántara, del Consejo de Su Majestad, Obispo de este obispado de la Puebla de los Ángeles; licencia que usan para vender a censo al Capitán don Manuel de Rosas, del Orden de Calatrava, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad y electo Gobernador de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], un mulatillo nombrado Joaquín, criollo, que será de edad de dieciséis años, esclavo de dicha cofradía, mismo que le legó y mandó un vecino de esta villa. Lo vende por libre de deuda, empeño, hipoteca y de otra enajenación y sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad, al precio de 200 pesos de oro común en reales. Cuya cantidad quedará a cargo del comprador a favor de dicha cofradía y ha de pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anuales, que empiezan a contarse desde el día de hoy de la fecha en adelante. Dicho comprador aceptó, situó y cargó a censo redimible su hacienda de trapiche de hacer azúcar, nombrada Nuestra Señora de Cosamaluapa [Cosamaloapan], y en el ínterin que no los redima se obliga a pagar anualmente a la cofradía o a su mayordomo, los 5 por ciento de réditos anuales correspondientes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0241 · Item · 1778/04/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que en 4 del corriente mes doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, hizo institución y fundación de una obra pía del principal de 10 000 pesos con arreglo a la disposición testamentaria que en virtud de poder bastante que le confirió dicho don José de Segura, otorgó en ésta con sus coalbaceas el Licenciado don Manuel de Rosas y don Gabriel de Segura y Ceballos, ya difuntos, en 1 de junio del año pasado de 1742, para que con sus réditos se conviertan en darle 100 pesos en cada un año a doña María Gómez y los 400 restantes para la niña doncella que nombrare anualmente la dicha doña Gertrudis como tal patrona, y que falleciendo dicha doña María, se agreguen a los 400; cuya institución hizo sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, alias Ojo de Agua, de la pertenencia de don Francisco José de Segura y Ceballos, su hijo, quien como es en su poder la dicha hacienda y en parte de su valor el referido principal de los 10 000 pesos se dio por entregado a su voluntad, y en conformidad de ello impuso y cargó la dicha cantidad sobre la insinuada hacienda, y se obligó a satisfacer sus réditos de 5 por ciento; cuya importancia de dichos réditos entregará dando 100 pesos a la dicha doña María durante su vida y los 400 pesos restantes como asimismo los citados 100 pesos por falta de la dicha María a la niña doncella que nombrare como va referido. Y para el mayor seguro de la paga del citado principal y sus réditos sujetó y gravó por expresa hipoteca la mencionada hacienda.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0069 · Item · 1699/07/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Piña, vecino de esta villa de Córdoba, y Antonia Yvañess [Ibáñez], su legitima mujer, con licencia de dicho su marido, venden al Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, Regidor de esta villa, 150 pesos de censo en cada un año, que el primero empieza de este día de la fecha de la presente escritura; los cuales imponen, cargan y sitúan a censo redimible sobre todos sus bienes, derechos y acciones, especialmente sobre una hacienda de trapiche de hacer azúcar que poseen en esta jurisdicción, nombrada Nuestra Señora de Cosamaluapa [Cosamaloapan], la cual fundaron desde el principio en 7 caballerías de tierra que compraron al Alférez Pedro de Trujillo [Villavicencio], ubicadas en el paraje que llaman el Ojo del Agua. Dichas tierras lindan por el norte con el río de dicho Ojo de Agua; por el poniente con tierras de los propios de esta villa; por el oriente y sur con tierras del Capitán Joseph [José] de Segura y Ceballos. Declara que dichos 150 pesos los pagarán junto con sus tercios corridos al fin de cada cuatro meses y lo relevan de otra prueba aunque de derecho se requiera y por precio y cantidad de 3 000 pesos de principal de a 8 reales cada uno, que les ha dado el dicho don Gregorio Martínez en reales de contado, y como seguro de pago hipotecan el citado trapiche, dos casas en esta villa y un sitio de tierras que tienen en el potrero que llaman de Soquiaque.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0045 · Item · 1732/03/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel José Lázaro de Rosas, Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, exhibió tres tantos de escritura de obligación otorgada por el susodicho como principal, en nombre y con poder del Capitán Diego Bringas de Manzaneda, vecino del pueblo de Orizaba, y don Juan Francisco Trápaga de Rosas, como sus fiadores, y todos de mancomún acuerdo se obligaron a pagar 4 000 pesos de oro común de principal a favor, los 2 000 de ellos de la capellanía de misas rezadas que fundaron Juan Alonso Gómez e Isabel Flores su mujer, de que es capellán propietario el Bachiller don Antonio de Bustamante, Presbítero, Promotor Fiscal de este obispado; los otros 1 000 de la capellanía de misas rezadas que de bienes de doña Petronila Fernández de Molina fundó dicho Bachiller don Antonio de Bustamante, de quien es patrono y capellán actual el Bachiller don Fernando Félix de Bustamante, Presbítero; y los 1 000 restantes de otra capellanía también de misas rezadas que fundó don Bartolomé de Aguayo, Prebendado que fue de la santa iglesia catedral de dicha ciudad, y hoy sirve en propiedad el Bachiller don Salvador de Aguayo, Presbítero, capellán de coro de dicha iglesia; y a pagarlos dentro de dos años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año por medio de depósito irregular; siendo de saber que Diego Bringas sólo está constituido fiador por 3 000 pesos, don Juan Francisco Trápaga de Rosas por 1 000 pesos y dicho Licenciado don Manuel como principal de toda la cantidad; para cuyo seguro obligó sus bienes especialmente hipotecó una hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cossamaluapan [Cosamaloapan] y el ojo del agua; cuyas tierras se componen de 8 caballerías y linda por la parte de oriente y sur con las del Capitán don José de Segura y Ceballos, por la del norte con tierras realengas y por el poniente con tierras de don Alonso Gómez del Corro, con todo lo de su pertenencia; y de su pedimento puso este registro en el libro del becerro. Esta escritura fue otorgada en la ciudad de los Ángeles a los 17 días de este presente mes y año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0053 · Item · 1733/04/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Manuel José de Rosas y Zorrilla, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, en nombre de doña Francisca María de Luna y Espinar, vecina de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, viuda de segundo matrimonio del General don Juan Manuel de Rosas y Zorrilla, Caballero que fue del Orden de Calatrava, vecino de dicha ciudad, exhibió un testimonio de escritura su fecha en la ciudad de los Ángeles en primero de agosto de 1729, la cual se otorgó por dicho Licenciado don Manuel José como uno de los hijos legítimos de primer matrimonio, albacea y heredero del citado General don Juan Manuel, en virtud de la adjudicación que pidió y se le hizo de los bienes que quedaron por su fallecimiento, obligándose en ella a reconocer los principales y réditos que en la ocasión se estaban debiendo, con hipoteca de una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, en esta jurisdicción, y los demás bienes raíces y muebles que se hallan inventariados en los autos de su juicio divisorio, cuya hacienda está libre de censo e hipoteca, y tan sólo afecta a los principales y réditos siguientes: 3 000 pesos de principal en favor de los que quedaron por muerte del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís [roto]; 2 000 impuestos en la [capellanía] que sirve el Licenciado don Antonio Valverde, y 37 pesos y un tomín y 4 granos que se le deben de sus réditos; 1 200 pesos de principal impuestos en favor de los herederos del Licenciado don José López del Río y 39 pesos 2 tomines y 8 granos de sus réditos; 1 050 pesos de principal impuestos en favor del aniversario del Señor San Pablo que se celebra en la santa iglesia catedral de dicha ciudad de la Puebla y 20 pesos 4 tomines y 6 granos de los suyos; 1 000 pesos en favor de una memoria de misas que se sirve en la iglesia de Santa María Tustepeque [Tuxtepec] y 20 pesos 6 tomines y 8 granos de sus réditos; que las cantidades que importan estos y las de sus principales hacen la suma de 15 065 pesos y 6 tomines, cuya cantidad bajo de la expresa hipoteca de dicha hacienda se obligó a pagar dicho Licenciado don Manuel de Rosas cuando los quite y redima. Asimismo, se obligó en dicha escritura a pagar las cantidades de 12 245 pesos 7 tomines y 2 granos, los cuales se libraron a distintos individuos en la cuenta de división y partición de deudas. Y finalmente se obligó en dicha escritura a pagar a la dicha doña Francisca María de Luna y Espinar, su madre, la cantidad de 12 000 pesos de oro común resto de lo que se le libró contra dicho licenciado en la expresada cuenta por su dote, con la calidad expresa de que cada que la susodicha hubiere de poner en estado alguno de sus hijos, le dará propiamente en cuenta del débito principal la cantidad de pesos que necesite para su dote y gasto; y de su pedimento y en nombre de la dicha Francisca María de Luna se registró y firmó en el presente libro.

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