La señora doña Ana María Vázquez Ruiz de Villamil, de esta vecindad, dijo que en 1802 don Juan Antonio de Bárcena, con poder de la señora comparente y de sus hermanos doña María Josefa, doña Manuela, Presbítero don José María y don Rafael [Vázquez Ruiz], le vendió a don Diego Leño la hacienda nombrada Lucas Martín, propia que fue de don Antonio Vázquez Ruiz y de doña María Antonia Álvarez Guitián, padres de los relacionados hermanos, en precio de 36 000 pesos, exhibiendo al contado 8 000 pesos y quedando a reconocer el resto a favor de varios accionistas, siéndolo entre ellos la señora que va hablando y sus dos hermanas doña Josefa y doña Manuela por cantidad de 12 000 pesos a razón de 4 000 cada una, pertenecientes a la herencia que les tocó en los bienes de sus padres. Que después de eso el referido Leño se casó con doña Manuela, quien falleció en 1805, asimismo falleció doña Josefa en 1806, y de esas resultas Leño, en cuya mano y poder estuvieron los intereses de las dos finadas, no menos que los de la exponente, hizo las cuentas de los haberes de ellasy por conclusión otorgó una escritura en 1807 por cantidad de 8 100 pesos a favor de la que va hablando, siendo los 4 000 de ellos los que le pertenecían a la misma por haber hereditario en los bienes de su padre y la demás cantidad la que el propio Leño lo aplicó por herencia en los de las dos hermanas difuntas, pues aunque el haber de ambas era de 8 000 pesos, el resto, supone la exponente lo aplicaría Leño a algunos gastos respectivos a las dos finadas, quedando en consecuencia reducidos los 12 000 pesos de las tres hermanas, a los 8 100 pesos consignado en dicha escritura. Que por último habiéndosele concursado a Leño la nominada hacienda se puso en subasta pública y se le remató en 1825 a don Luis García Teruel con la condición de continuar reconociendo los 8 100 pesos de la relacionante por tiempo de nueve años; pero que antes de cumplirse el plazo se presentó el ciudadano García Teruel a redimir ese principal, he igualmente a satisfecho sus respectivos réditos; por lo que ahora pretende se le otorgue cancelación. Y que no teniendo obstáculo la nominada doña Ana María Vázquez Ruiz confiesa haberle entregado don Luis García Teruel, los referidos 8 100 pesos y sus respectivos réditos y otorga de esa suma el respectivo recibo y en consecuencia da por canceladas todas las referidas escrituras que se mencionan en esta acta.
Sem títuloHACIENDA LUCAS MARTÍN
5 Descrição arquivística resultados para HACIENDA LUCAS MARTÍN
Don José Manuel Cruz y Bremont, de esta vecindad, dijo que posee un rancho nombrado del Castillo, cito en las inmediaciones de esta villa, el cual hubo a virtud de adjudicación que se le hizo como bienes del finado su tío don Pedro Mariano Cruz, según consta de la escritura otorgada en la ciudad de Puebla a 22 de septiembre de 1826. Cuyo rancho linda por el oriente con tierra de la hacienda de los Ojuelos que posee hoy el Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa y con el llano que llaman de los García propio hoy de los Campomanes; por el poniente con tierras de los indígenas de esta villa; por el norte con tierras de la hacienda nombrada Lucas Martín, de que es propietario el comprador y por el sur con el potrero de Agua Santa de que es dueño don José María Becerra, con tierras del rancho nombrado Las Ánimas perteneciente a la testamentaria de don Juan Antonio Pérez Pensado y con tierras de la hacienda titulada el Encero [El Lencero] propia de don Juan Francisco Carasa; y la línea de demarcación es tomando desde el punto donde se halla ubicada la casa blanca del rancho en el paraje nombrado Agua Santa por todo el arroyo de este nombre que es que divide las tierras del fundo de que se trata. Y las del rancho Ánimas hasta el paraje nombrado los Tres Pasos, donde sigue lindando con tierras del Encero [Lencero] hasta la barranca de Simarrontepec [Cimarrontepeque] que entran las tierras de los Ojuelos dando vuelta el lindero para el rumbo del norte hasta el bordo del cantil del llano de los Campomanes, donde entran las tierras de la hacienda Lucas Martín, doblando ya para el poniente hasta el paraje nombrado el Sumidero y de ahí tomando el rumbo del sur hasta el punto de Agua Santa donde se comenzó, siendo toda esta última línea la que divide las tierras del Castillo con las de los naturales de Xalapa. Que aunque al tiempo de la notada adjudicación quedó afecto el rancho a 4 000 pesos en favor de los herederos de don Manuel Eusebio del Toro, como aparece de la escritura de reconocimiento que formalizó en dicha ciudad de Puebla, dicho capital el compareciente lo ha redimido el día de ayer, satisfaciendo al mismo tiempo los réditos que hasta la fecha habían vencido, quedando así libre y sin gravamen alguno el relacionado fundo y en tales términos ha pactado su venta con don Luis García Teruel, hacendado en este distrito en precio de 8 000 pesos, siendo de cuenta del vendedor el pago de la alcabala y del comprador el de la escritura; sin que reste otra cosa más que el otorgamiento del instrumento público y por el presente otorga que vende realmente a don Luis García Teruel el rancho que queda deslindado en precio y cuantía de 8 000 pesos que confiesa haber recibido en reales de contado.
Sem títuloDon Luis García Teruel, vecino en su hacienda Lucas Martín, dijo que como propietario que es de un establecimiento de fábrica de elaborar aguardiente con tienda de comestibles, ubicada en tierras de su pertenencia bajo el nombre de rancho de San Luis conocido por Palenque de Chiltoyac, en razón de hallarse a la linde del camino que guía al pueblo de ese título, otorga que se lo tiene dado en arrendamiento a don Manuel Ignacio Aparicio, bajo las condiciones siguientes: Que dicho arrendamiento es por el tiempo de tres años que comenzaron a correr desde el primero de enero último. Que se comprenden en el arrendamiento el edificio, oficinas, los utensilios, llenos y existencias de fábrica y tienda, recua de mulas de carga y demás anexos, todo lo cual asciende a 5 995 pesos y 7 reales, inclusos 621 pesos y 4 reales que debe don Rafael Pensado y Navarrete, cuya deuda es partible a su cobro entre los ciudadanos García y Aparicio, y si al vencimiento del arrendamiento no se hubiese cobrado, se le abonará al segundo la mitad de lo que aun reste Pensado. Que ha de satisfacer dicho señor Aparicio 75 pesos mensuales por el arrendamiento de todo lo expresado. Que cuando vencido el término señalado haga devolución el arrendatario de dicho establecimiento, no se le recibirán ninguna clase de deudas a no ser que a García le convenga tomar algunas. Que tanto los enteros mensuales como el descubierto que acaso resulte contra el arrendatario al tiempo de la devolución lo ha de caucionar este señor con hipoteca de una casa que disfruta por suya propia en esta ciudad a la calle del Calvario. Que para dicha hipoteca ha de prestar su anuencia el licenciado don José María Aparicio hijo de don Manuel Ignacio. Que en el evento indicado de que resulte algún descubierto contra el señor Aparicio, tan luego como sea liquidado entrará la casa hipotecada en poder del señor García a fin de que se proceda a la venta de ella. Y estando presente el presbítero don Manuel Ignacio Aparicio otorga que acepta el indicado arrendamiento en los términos que expresan las condiciones asentadas.
Sem títuloEl Presbítero don Miguel José de Zavaleta, Clérigo Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, hijo de los difuntos don Francisco de Zavaleta y de doña María Josefa Casados, otorga su testamento. Ordena sea enterrado sin pompa alguna. Debe a varias personas y a él le adeuda el Regidor Diego Leño 441 pesos y 1/2 reales por concepto de misas que estuvo aplicando en la hacienda de Lucas Martín y Nicolás de la Cruz, indio tendero de don Fernando de la Pedreguera, le adeuda 43 pesos. Deja a su albacea varios comunicados secretos a quien pide encarecidamente cumpla sin la necesidad de revelarlos. Nombra por albacea y heredero a don José Mariano [Ignacio] Zavaleta, a quien ha criado desde niño; pide a su albacea anule el testamento que otorgó en la Nueva Veracruz.
Don Diego Leño, Regidor Perpetuo del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, dueño de la Hacienda de Lucas Martín, otorga poder especial a don José Antonio Tarale, para que demande, perciba y cobre del Presbítero don Pablo López de Castro, Cura Interino que fue del pueblo de Xilotepec, la cantidad de pesos que le es deudor, según consta de la cuenta en particular que le tiene dirigida.