GUINEA, TIERRA DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0122 · Stuk · 1829/11/11
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              María de la Concepción Rodríguez, originaria de Guinea, vecina desde pequeña en esta República, de estado libre dijo: que el día 28 de septiembre de este mismo año, otorgó ante el presente escribano su testamento; entre todo lo cual se haya una cláusula, que es la quinta, del tenor siguiente: "Ordena que su albacea de los relacionados bienes mande a decir por su alma todas misas que se puedan". Pero ha resuelto fijar número determinado de misas y revoca dicha la cláusula. Por el presente por vía de codicilo, manda y ordena lo siguiente: Que su albacea mande a decir diez misas por su alma y por la limosna de un peso cada una. Lo cual quiere que valga en la vía y forma que haya lugar y que tenga su puntual y debido cumplimiento; además que se cumpla todo lo contenido en la disposición testamentaria, pues sólo revoca y anula la explicada clausula quinta.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0010-PX_0010_0292 · Stuk · 08/03/1679
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Testamento de Polonia de Rivas, mulata libre, soltera, vecina de Jalapa, hija natural de Clara López, negra esclava que fue del Lic. Pedro de Irala, de tierra de Guinea, difunta, y vivió en el ingenio [hacienda]nombrado Tenampa, en la jurisdicción [Partido]de San Antonio Huatusco.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0100 · Stuk · 1829/09/28
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              María de la Concepción Rodríguez, originaria de Guinea, de donde fue extraída en tierna edad, por cuya razón ignora quienes fueron sus padres, bautizada en la parroquia de Veracruz y avecindada hace muchos años en esta villa. Hallándose en edad muy avanzada, ordena su testamento en la forma siguiente: En el que declara que es de estado libre, no tiene herederos forzosos, pues en la edad tan avanzada en que se halla, de cosa de un siglo, es natural carezca de ascendientes. Declara por bienes dos casas de edificio bajo, ubicadas en esta villa, una en la calle Nueva y la otra en el callejón de Gorozpe. Ordena que su albacea mande a decir por su alma todas las misas que se puedan. También ordena que se den 40 pesos por vía de limosna para ayuda de la reedificación de la capilla del señor Santiago de esta villa. Ordena por vía de legado se le den 5 pesos a su ahijada Cornelia Castillo. Así como se distribuyan 40 pesos y la ropa de su uso entre los pobres de esta villa. Nombra por su única y universal heredera a doña Josefa María Gómez de Estrada casada con don José Antonio de la Peña. Y nombra por albacea a don Andrés de la Peña, confiriéndole todo el poder y facultad para que después de su fallecimiento, venda y remate en almoneda pública todos sus bienes y de lo procedido cumpla este testamento.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0011-PX_0011_0249 · Stuk · 03/09/1670
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Testamento de Doña Mariana de la Gasca, vecina de Jalapa, hija legítima de Don Lorenzo Vázquez y de Doña Luisa de la Gasca, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural la otorgante. Declara haber sido casada en primer matrimonio con Francisco de Estupiñan, con quien procreó a doña María de Estupiñan, casada con Juan de la Gala Moreno, y a José de Estupiñan, quien murió mancebo. Por segundas nupcias con Sebastián García Adán, vecino que fue de este pueblo, con quien procreó a Sebastián de Aparicio, quien murió religioso profeso de señor San Francisco. Ordena que, a Sebastián García, niño de más de doce años que ha criado y que está en la ciudad de México aprendiendo el oficio de platero, se le den, cuando sea hombre, 200 pesos y una mulatilla de tres años de edad llamada Antonia, hija de Isabel, su esclava mulata. Manda que una niña que le echaron a la puerta, llamada Juana, de 10 meses de edad, se le dé un mulatillo de 15 días de nacido llamado Luis, hijo de dicha su esclava Isabel. Ordena que por el mucho amor y voluntad que le tiene Dominga, negra su esclava, de veinte años de edad poco más o menos, que nació en su casa y crio a sus pechos, hija e Catalina, negra de Guinea, difunta, mientras no se case sirva y esté en compañía de su hija, doña María de Estupiñan, y casándose con persona libre la ahorra y liberta de su cautiverio; pero si se casa con un esclavo revoca dicha libertad, quedando sujeta a doña María de Estupiñan. Ordena que un negrito nombrado Juan, de año y medio de edad, hijo de Dominga, negra criolla su esclava, cuando tenga 8 años de edad se le entregue al convento de San Juan de Dios de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, por haberlo mandado de limosna al glorioso santo, con cargo que sirva a sus religiosos y enfermos el tiempo que viviere, y si fuere vendido que no valga la venta. Ordena se libere a su esclava Juana Dominga, negra criolla del Lencero, que ya es vieja, con la condición de que sirva a los enfermos en el hospital de este pueblo. Ordena fundar una capellanía de memoria de misas rezadas en la iglesia del convento de San Francisco de este pueblo, donde tiene a su costa levantado un colateral con un lienzo de Cristo a la columna y adornado con sus cortinas, lámpara de plata, ornamentos, manteles y candeleros. Nombra como albacea a su yerno, a su hija y al licenciado Andrés Méndez de Luna, cura beneficiado por Su Majestad de este partido. Nombra como heredera universal a su hija.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0064-PX_0064_0162 · Stuk · 01/11/1800
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              María Concepción Rodríguez, morena libre, doncella, natural de Guinea, residente en esta Villa, otorga su testamento en el que declara tener por bienes dos casas contiguas en la Calle Nueva, las que heredó de su padrino don José Antonio Liñeiro. Nombra como su albacea y heredero a don José Antonio de la Peña, vecino y del comercio de esta Villa.\t