Nicolás de la Cruz, Gobernador del pueblo de Coatepec, alcaldes y demás oficiales, dijeron, sin intérprete por ser ladinos, en la lengua castellana, que en cumplimiento de las órdenes acerca de las escuelas que debe haber en los pueblos, por la presente otorgan que se obligan a pagar por 4 años a Diego de la Cruz, hábil y suficiente para maestro de escuela, 60 pesos de oro común en cada año, más 12 fanegas de maíz, un huevo cada semana por muchacho que deba atender la escuela desde los 5 años hasta que tomen estado, excepto las muchachas hasta los 10 años, las cuales deben estar separadas de los muchachos en la misma escuela, y el maestro ha de ser obligado a enseñar la lengua castellana y en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir.
GOBERNADORES
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Andrés Martín, Gobernador de Jalcomulco; Juan de la Cruz y Sebastián Fabián, Alcaldes; y Juan Andrés, Escribano, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete, que en cumplimiento de lo que se tiene mandado de que en todos los pueblos haya escuela, se obligan a pagar durante 3 años a Andrés Pimentel, residente en esta jurisdicción, 60 pesos de oro común en cada año, que han de correr desde el 1 de agosto venidero, más 12 fanegas de maíz, un huevo cada viernes por muchacho, y el maestro será obligado a tener escuela para enseñar la lengua castellana, a leer y escribir; a los muchachos desde los 5 años hasta que tomen estado y las muchachas hasta los 10 años.
Don Francisco Alonso, Gobernador del pueblo de San Juan Miahuatlán, Antonio Martín, Juan García y José García, Alcaldes; Andrés Melchor y Juan Martín, Regidores, y Sebastián Juan, Escribano, dijeron que en cumplimiento de lo mandado acerca de que haya escuela en todos los pueblos, se obligan a pagar durante 2 años a Pedro Sánchez Lobato, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 90 pesos en cada uno, más una fanega de maíz en cada mes, un huevo cada viernes por muchacho, y él se compromete a enseñar la lengua castellana, a leer y escribir, a las muchachas desde los 5 años hasta los 10 y a los muchachos hasta que se casen.
El Gobernador y oficiales del pueblo de Xicochimalco, dijeron sin intérprete, que en cumplimiento de lo mandado acerca de que haya escuela de lengua castellana en todos los pueblos, se obligan a pagar durante 2 años a José Cano, 50 pesos en cada año, más 12 fanegas de maíz, un huevo por muchacho cada semana, 2 topiles para juntar los muchachos, con cargo de que ha de tener escuela y enseñar la lengua castellana, a leer y escribir, a los muchachos desde los 5 años hasta que se casen y las muchachas hasta los 10 años.
Diego Lorenzo, Gobernador del pueblo de San Juan Miahuatlán, Francisco Estrella, Mateo Hernández, Andrés Lázaro, Alcaldes; Miguel de Cristóbal, José Diego y Nicolás Diego, Regidores, mediante Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de lo mandado acerca de las escuelas que debe haber en los pueblos, han convenido en dar y pagar por tiempo de 2 años a José Romualdo, 94 pesos, más 12 fanegas de maíz y un huevo cada semana por muchacho, y el maestro se obliga a enseñar la lengua castellana y la doctrina cristiana.
Doña Sebastiana Antonia de Guraya y Lezama, viuda, mujer que fue del Tesorero Don Francisco de Amilibia, de la Real Contaduría de la Nueva Veracruz, dio su poder cumplido al Capitán y Sargento Mayor Don Francisco Antonio de Medina Picaso, Caballero de la Orden de Santiago, gobernador actual de la ciudad de Tlaxcala, Tesorero propio de la Casa de Moneda en la ciudad de México, para que en su nombre pida y demande la cantidad de pesos de oro que Su Majestad quedó debiendo a su marido, del salario que como tal tesorero debía gozar, cuyos pesos dejaron embargados en las reales cajas de la ciudad de Nueva Veracruz, los oficiales reales de ella.
Don Antonio de la Cruz, gobernador actual del pueblo de Naolinco; sus alcaldes Don Juan de la Peña y Don Lucas Martín; regidores Bartolomé Diego y Marco Luis; alguacil mayor Juan Salvador; y Agustín Hernández, escribano de Cabildo, dijeron que en cumplimiento de una cédula de Su Majestad para poner maestro de escuela en su pueblo que enseñe la doctrina cristiana a las muchachas, y a leer y escribir a los muchachos en lengua castellana, se convinieron con Francisco Montero Matamoros, vecino de Naolinco, para que se haga cargo de la escuela, dándole un salario de 80 pesos anuales, 12 fanegas de maíz, un huevo los viernes y sábado por cada estudiante; el cual concierto lo hicieron por tiempo de cuatro años, a partir del 1 de abril del presente año.
Don Tomás de la Cruz, gobernador actual del pueblo de Nuestra Señora de la Asunción Xilotepec; sus alcaldes Don Diego Juan y Don Tomás de la Cruz; regidor Miguel Diego; alguacil mayor Gaspar de la Cruz; escribano Nicolás Antonio, dijeron que en cumplimiento de una real cédula de Su Majestad, el Capitán Don Juan Francisco de Herrera, Alcalde Mayor de Jalapa, les asignó por maestro de escuela a José Lagunas, español, vecino de Naolinco, por tiempo de cuatro años, a partir del 27 del corriente; y ellos se obligaron a pagarle 190 pesos de oro común anuales, más 12 fanegas de maíz, un huevo el viernes y otro el sábado por cada muchacha o muchacho a la semana.
Don Juan Hipólito, gobernador actual del pueblo de San Gerónimo Coatepec; sus alcaldes Pedro de la Cruz y Juan Pascual; regidores Alonso Diego y Pedro Francisco; alguacil mayor Felipe Hernández; escribano Francisco de San Gabriel, dijeron que por cuanto Su Majestad por real cédula mandó se pongan escuelas en los pueblos de esta jurisdicción, y en su cumplimiento, el capitán Don Juan Francisco de Herrera, Alcalde Mayor de Jalapa, les concertó por maestro a Diego Muñoz Maldonado, español, por tiempo de 4 años, a partir del día 2 del corriente, al precio de 156 pesos anuales, pagaderos por sus tercios, más 12 fanegas de maizal año, y un huevo el viernes y otro el sábado, por cada muchacha y muchacho a la semana.
El Bachiller Diego Martín de los Reyes, cura beneficiado de Naolinco, dio en arrendamiento a Don Francisco de la Cruz, gobernador de Chiltoyac, dos caballerías de tierra que están en la laguna de dicho pueblo, por tiempo de nueve años, a partir del 1 de enero de 1695, al precio de 25 fanegas de maíz anuales.