Luis Muñoz Bravo, Escribano de Su Majestad y Público de Tequila, dijo que por cuanto Gabriel Bravo, su hermano, compró de Francisco Ramírez, Escribano de Su Majestad de la ciudad de Cholula, 10 arrobas de grana cochinilla a razón de 48 pesos de oro común por cada una, y por ellos se obliga el susodicho a pagar en fin del mes de enero del año venidero.
GRANA
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Jusepe [José] Medel, vecino del pueblo de Tecamachalco, dijo que por cuanto Pedro Gallego, vecino y encomendero de la ciudad de la Veracruz, en su nombre registró en la nao nombrada Santa María del Puerto, del maestre Martín de Lizárraga, dos cajones de granas con las marcas que están en el margen de esta escritura, en los que hay 10 arrobas de la dicha grana secada y bien acondicionada, la que por su orden y comisión fue consignada a Juan de Ocon, de cuyo navío ha tenido noticia de no haber salido del puerto de San Cristóbal de la Habana por inconveniente que hubo, por cuya causa podría ser que el maestre hubiese hecho dejación de los dichos cajones de grana, razón por la cual, otorga poder a dicho Martín de Lizárraga, ausente, para que en su nombre pueda demandar, recibir y cobrar de las personas en cuyo poder estuvieran las 10 arrobas de grana, y recibidas las entregue a Juan de Ocon.
Don Domingo Ignacio de Lardizabal y don Francisco Ignacio de Amenabar, vecinos de la Ciudad de Cádiz y residentes en el pueblo de Jalapa, apoderados de Butler Matheus y Compañía, solicitan la cancelación de una escritura, por la cantidad de 2, 360 pesos en plata efectiva, por obligación de deuda de don Ignacio Huarte, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de Cádiz y Capitán de Batallones de la Tropa de Marina, con dicho Butler; recibiendo los declarantes cuatro tercios de grana fina, a satisfacción del préstamo y de la demasía de la venta de esta plata, obligándose dicho Butler Matheus y Compañía a pagar a Huartte la diferencia que haya.
Don Domingo García Sáenz, vecino de la ciudad de Oaxaca y residente en este pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Pedro Felipe Venel, vecino de España y residente en este pueblo, la cantidad de 16, 882 pesos 4 y 3 octavos reales, por diferentes géneros que le ha comprado en la presente feria, mismos que pagará en la Ciudad de Veracruz en todo el mes de agosto de este año, en grana fina negra o jaspeada sin mezcla de roseta, pesada sobre el precio de 74 pesos cada arroba.
Juan Esteban Dongo, vecino de México y residente en este pueblo, otorga poder y cesión irrevocable a Martín Huizi, vecino de Cádiz, para que pueda pedir y demandar judicialmente, 14 zurrones de grana fina cochinilla, embarcados por mitad en Capitanía y Almiranta de la flota a cargo de Rodrigo de Torres y Morales.
Pedro Jiménez Portilla y José Custodio de Segura, vecinos de Oaxaca y residentes en este pueblo, deben y pagaran a Antonio Hidalgo de Agudelo, residente en este pueblo, la cantidad de 14, 581 pesos 3 reales, en grana fina a 80 pesos la arroba, puesta en la Nueva Veracruz.
El Capitán don Diego Alonso de Salinas, vecino de la ciudad de Antequera Valle de Oaxaca, residente [en este] pueblo, otorga poder especial, en primer lugar, al Capitán Joseph [José] de Ibaeta, vecino de dicha ciudad de Antequera y al presente estante en la Nueva Veracruz, y en segundo lugar, al secretario Juan López de Benavides, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre vendan la grana que el otorgante tiene de su cuenta en la Nueva Veracruz, en poder de dicho secretario Benavides, y a los precios que se concretaran en cartas misivas [roto], recibiendo en si la cantidad que importasen 53 zurrones de grana, resto de los 93 zurrones que posee en Veracruz. Asimismo, para que remitan los 40 zurrones de grana restantes a los Reinos de Castilla, al Capitán don Andrés Martínez de Murguía y por su muerte u otro impedimento al Capitán don Pedro Martínez de Murguía, su hermano, Caballero de la Orden de Santiago y vecino de la ciudad de [roto], y por la falta de ambos al Capitán don Francisco Suaso [Suazo] [roto] vecino de dicha ciudad, cuya grana enviarán en la presente flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa a cargo del General don Ignacio de Barrios, Caballero del Orden de Santiago. Y lo procedido de la venta lo remitan al otorgante, cuyos géneros constarán en una factura que también le han de remitir en la primera flota que venga a estos reinos. Y en caso de que ocurriera la muerte del otorgante podrán hacer los mencionados Capitanes Andrés Martínez de Murguía, don Pedro [Martínez] de Murguía, y don Francisco Suaso [Suazo], la remisión de dichos géneros al Capitán Rodrigo de la Chica y al Capitán Manuel Fiallo, vecinos de dicha ciudad de Antequera, como herederos y albaceas del otorgante.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOTomás Yaecen, inglés, dijo que recibió de Juan Montañés de la Cueva, Escribano de Su Majestad y de Cabildo de Veracruz, 5 zurrones de grana fina, con el peso de 29 arrobas y 14 libras bulto, mismos que se embargaron y depositaron en poder de dicho Montañés por Juan Narciso de Mora, y se le mandaron entregar también por despacho.\r\n\r\n
Don Manuel de Portu, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga que debe a don Victores de Manero y Pinedo, vecino de la ciudad de Oaxaca, la cantidad de 9, 405 pesos y medio real, cuyos intereses proceden del resto de 50 zurrones de grana fina que bajo la marca del margen, al margen de la foja 277, le compró en Veracruz a don Sebastián Fernández de Bobadilla, cantidad que se obliga a pagar en el término de 2 años.