El Alférez Gabriel de Castroviejo, [residente] de esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, [vende] al Regidor Miguel de Leiva [Esparragosa], [roto] dueño de trapiche en esta jurisdicción, un negro esclavo nombrado Francisco Guerrero, criollo de los Reinos de Castilla, de dieciocho años de edad, que compró a Martín Guerrero, Sargento de la almiranta de la presente flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa del General don Juan de Calzadilla, el cual ahora vende en precio de 350 pesos de oro común, obligándose el vendedor a entregar el título dentro de dos meses.
Sans titreFLOTAS
18 Description archivistique résultats pour FLOTAS
El Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General de esta villa de Córdoba, partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y su jurisdicción, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que en ocasión de haber concertado el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde de esta villa y partido, con la vecindad de ella sobre los capítulos que le pusieron en el Real Acuerdo y Audiencia de esta Nueva España, que se especifican en la escritura que otorgaron en la ciudad de los Ángeles a [roto] diciembre de 1695, le nombraron al otorgante por tal teniente general para la administración de la Real Justicia por el tiempo que le resta a la presente alcaldía mayor, que se ha de cumplir el 3 de enero de 1698. Cuyo nombramiento fue aprobado en lo político y militar por el Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España, por cierta cantidad que [prometió el otorgante y con las calidades] que se expresan en la escritura. Y respecto a que la cantidad [roto] [que] ofreció y se le pidió por la gracia de dicho nombramiento fue de 4 000 pesos, los cuales se obligó a pagar a fines de este presente mes y año, se los ha asegurado al Capitán don Antonio Orejón en poder del Capitán don Diego López de Luna, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles. Y por noticias que ha tenido el otorgante, de que el sucesor de don Antonio Orejón de la Lama [roto] pretende entrar en dicho oficio [roto] valiéndose de haber cantidad de por medio, y temiendo perder dicha cantidad [en la] inteligencia de que pueda ausentarse el Capitán don Antonio Orejón de la Lama para los Reinos de Castilla en la presente flota. Por tanto y para que cesen los inconvenientes que se puedan experimentar, otorga poder al Alférez Miguel Jiménez de Bonilla, vecino de la jurisdicción de Tlaxcala y dueño de hacienda en los territorios del pueblo de Nativitas; a don Juan de Valdivia, vecino y también dueño de hacienda en dicha jurisdicción; y a don Miguel de Urviola, Procurador de dicha ciudad, para que en su nombre comparezcan ante los señores jueces, presidente y oidores de la Real Audiencia y pidan afiance los 4 000 pesos el Capitán don Antonio Orejón de la Lama.
Sans titreEl Licenciado don Juan [Yáñez] Hortega [Ortega] de la Pava, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que desde hace trece o catorce años es Hermano de la Religión de Santo Domingo, ordena que al fallecer envíen noticia a dicha religión para que se le socorra por su alma. Señala que por fin y muerte de Lope Hernández López y de doña Ana de Ortega de la Pava, sus padres legítimos, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de los Ángeles de esta Nueva España, naturales de la villa de Guadalcanal en la Extremadura Reinos de Castilla, quedaron algunos bienes raíces, y por consenso entre él y sus hermanas, ellas no tenían hijos, y hallándose en congrua bastante para su sustentación, decidieron donar dichos bienes a Cristóbal Yáñez de Ortega, su sobrino. Declara por bienes un censo redimible que a su favor impuso Antonio Rodríguez, por cantidad de 1 000 pesos; unas casas de su morada; las piezas de esclavos siguiente: Juan Ramírez, mulato blanco, de treinta y cinco años; Catalina de San Antonio, mulata de dicha edad; Felipe, mulato de edad de diecisiete años; Miguel de catorce; Manuel de dos; los tres últimos hijos de la dicha Catalina de San Antonio; Josefa, mulata herrada, de edad de 22 años. También declara por bienes los 3 300 pesos de oro común que le debe el Capitán José Blanco, vecino de esta villa, a quien le prestó cuando compró el trapiche del General don Diego Ortiz de Largacha; otros 1 000 pesos que le adeuda Francisco de Solís, Alguacil de esta villa, que le prestó para el despacho de la presente flota. Es su voluntad que después de su fallecimiento y el de sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega, los dichos Juan Ramírez y Catalina de San Antonio, sus esclavos, queden libres perpetuamente de toda esclavitud. Nombra albaceas a sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega [y Funes] para que entren en sus bienes y los vendan; y del remanente que quedara nombra por sus herederas a las susodichas para que disfruten los bienes en partes iguales.
Sans titreDon Agustín Miguel de Mallol, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en Jalapa, otorga poder especial a don Bartolomé Pico Palacios, vecino de la Ciudad de México, Administrador de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción y apoderado de don Tomás Rajadel, para que lo obligue hasta por 2, 000 pesos, como fiador de dicho don Tomás, a favor de la Real Hacienda al seguro del derecho de alcabala que ha de recaudar de los efectivos que a la presente flota entre en este pueblo, cuya recaudación y cobranza está a cargo de don Tomás.
Cristóbal Figueroa, vecino de Jalapa, se obligó a pagar al Capitán Don José de Ibelli, residente en este pueblo, 250 pesos de oro común por razón de otros tantos que le prestó en reales, para el primer viaje que hagan sus mulas con fletes a la ciudad de México o Puebla, cargadas con fardos, ropa y otros géneros, de los que trajere la flota que se espera en el puerto de San Juan de Ulúa.
Don Baltazar de Eraunzeta y Aguirre, cargador de flota, con poder que le confirió don Antonio López Costilla, vecino de la Villa de Madrid, da en substitución el citado poder a don José de Iranga , vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles.
Francisco Lopez Ruis de Herera [López Ruiz de Herrera], vecino de esta villa, declara que hace unos años recibió en guarda cierta cantidad de pesos de Sebastián Vallesteros [Ballesteros], natural del puerto de Santa María de los Reinos de Castilla, los cuales no contó ni uno de los dos, y habiendo fallecido Sebastián Vallesteros [Ballesteros] en la ciudad de los Ángeles, sus albaceas le solicitaron entregase dicha cantidad al Capitán Joseph Gómez Dávila, vecino de esta villa, quien le otorgó recibo en forma por la cantidad de 1 054 pesos 3 reales de oro común. Y por cuanto en la memoria que dejó el difunto a sus albaceas dice haber dejado guardado con el otorgante la cantidad de 1 100 pesos, mayor a la cantidad del recibo, y en vista de que Sebastián Fernández, uno de los albaceas, quien al tiempo de la presente baja por esta villa para embarcarse en la presente flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa, de cargo del General don Juan Gutiérrez de la Calzadilla, que está próxima a retornar viaje a los Reinos de Castilla, le ha pedido los 45 pesos 5 reales en cumplimiento a los 1 100 pesos que dicho difunto asentó en la mencionada memoria, hace esta declaración para que conste no deber dichos 45 pesos 5 reales y no haber tenido en guarda los 1 100 pesos sino lo que en el recibo consta.
Sans titreEl Bachiller don Miguel José del Castillo de Altra, Presbítero Domiciliario de la Puebla de los Ángeles, Cura interino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan Antonio Gambino, vecino de la ciudad de México, próximo a hacer viaje a los reinos de Castilla en la flota del General don Juan Esteban de Ubilla; y por su muerte, ausencia u otro impedimento al Capitán don Francisco de Eguilaz, vecino de la ciudad de Cádiz, dueño de uno de los navíos de la conserva de dicha flota; para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Rey, en su Real y Supremo Consejo de la Indias y en los demás Reales y Supremos Consejos y demás Tribunales, para que pida y suplique le honren con la merced o mercedes que fuere su real voluntad o las que le comunica a sus poderistas por sus órdenes y cartas misivas, en atención a sus méritos y servicios. Para todo lo antes señalado, haga memoriales, suplicas, autos y demás diligencias que convengan, y conseguida alguna o algunas de las mercedes, las acepte en su nombre y le remita los despachos por duplicado, y para lo dependiente, le delibera éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Sans titrePedro de Irala, vecino de la Puebla de los Ángeles, vende a Esteban Gutiérrez de Peralta, Alcalde Mayor de Jalapa, una esclava negra llamada Victoria, venida de Castilla en la presente flota, en 450 pesos de oro común.
Don José Arias de Losada, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, se obliga a pagar a don Manuel Freire Fonseca, cargador de la presente flota, la cantidad de 4, 365 pesos y 4 reales, por 36 partidas de encajes de Flandes, cuya cantidad pagará en trigo o harina de buena calidad.