Don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de los Ángeles, hijo de don Hipólito del Castillo de Altra y de doña Juana Mejía y Moscoso, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Tercera Orden es hermano, en el convento de San Antonio en esta villa delante del altar de Nuestra Señora de los Dolores. Manda se entreguen 50 pesos a una hija de Francisca Portes, a una que cuando se crio él llamaba hija, pero no se acuerda de su nombre. Declara por sus bienes un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora del Pilar de Saragosa [Zaragoza] que tiene arrendado a don Juan del Castillo de Altra, su hijo, con declaración que en el monto y valor del trapiche no está cargado el valor de las tierras, licencia de trapiche y todo lo demás que así faltare. En dicho trapiche están situados dos capellanías una de 3 000 pesos que sirve el Licenciado don Pablo José Bocarando y Espinosa y otra de 800 pesos que en el ínterin sirve don Juan de Godoy, y 500 pesos a favor de la fiesta que hace a la Virgen del Pilar, con más otros 1 000 pesos que manda a don Gaspar [del Monge y Mendoza] y doña María Altamirano, sus padres, para la fábrica de un [colateral] a la Señora del Pilar en la iglesia de San Antonio. Asimismo, están en el trapiche las legítimas maternas de Hipólito, María Teresa, Antonia María y Nicolás del Castillo de Altra, sus hijos. También son suyos 3 000 pesos que están a censo redimible sobre la hacienda y comedero de [Acatengo] y a su seguridad está hipotecada la del Ojo de Agua. Asimismo, cinco años de réditos desde 1714, además de un esclavo nombrado Jerónimo y su mujer María de la Candelaria, y una mulata nombrada Antonia de Espinosa, 93 pesos que le debe don José de Vera y Escallar, Alcalde Mayor de Tehuacán, por resto de un mulato. Señala le debe el Licenciado don Miguel del Castillo de Altra, su sobrino. Declara que de la herencia paterna y materna que le tocó no está enterado en toda la cantidad de las hijuelas de división que le [roto] y falta para el debido cumplimiento más de 2 000 pesos. Él debe a Francisco Montero y Francisco, indio boyero. Señala que su padre, don Gaspar del Monge y Mendoza, debía a un galleguito de lo cual le hizo cargo para su paga, pero habiendo éste pasado a las islas Filipinas no ha podido localizarlo, por lo que manda se digan misas por su alma y en caso de que estuviere vivo manda se le pague. Debe distintas dependencias que constan de una memoria y cree pasan de 5 000 pesos. Su hijo Juan del Castillo le debe algunas cantidades de pesos por el arrendamiento de la hacienda de Nuestra Señora del Pilar, también le tiene enterado de su legítima materna porción de pesos y sólo le resta debiendo 600 pesos. Declara fue albacea de don Gaspar del Monge y Mendoza, su padre, y de doña Nicolasa del Monge, cuyos testamentos quedaron en su cargo y de lo cual tiene cumplido la mayor parte. Es su voluntad que la mulata Pascuala, mujer de José Congo, por haberle servido se le dé libertad y si ella por el amor de los hijos y de sus amos no quisiere salir de la hacienda, manda a sus hijos la mantengan como a personal que ha servido la casa y la tengan entre los domésticos de ella, y si se vendiere la hacienda que se la lleve el que quisiere de sus hijos con la misma obligación, y manda que para su título de libertad se le dé testimonio de esta cláusula. Manda se liberte a María de la Candelaria, mujer de Jerónimo, su esclavo, con el mismo cargo y condiciones que la anterior y testimonio de la cláusula. Declara es casado con doña Nicolasa del Monge y Mendoza, quien llevó de dote al matrimonio como 6 000 pesos y después por muerte de don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, heredó la cantidad de 13 300 pesos; y él llevó de la misma legítima la cantidad de 13 000 pesos; durante dicho matrimonio procrearon a doña Gertrudis María, Josefa María, don Juan, Hipólito, doña María Teresa, doña Antonia, doña Nicolasa del Castillo de Altra. Tiene entregado a doña Gertrudis María, que se casó con don José de Carvajal y Contreras, más cantidad de dinero de la que le corresponde de legítima materna, por cuya razón renunció la herencia. Señala que doña Josefa María contrajo matrimonio con don Francisco Pibot y Tapia, al cual le tiene enterado la parte materna que le tocó como consta en carta de dote. También declara que don Juan del Castillo contrajo matrimonio con doña Ana Francisca de Carvajal y Contreras, difunta, y se le entregó dinero. Nombra por albaceas a don Diego de Altamirano y a don Francisco Pibot y Tapia y don [roto] del Castillo de Altra. Como tutor de sus menores hijos nombra a Diego de Altamirano, y nombra herederos a sus hijos.
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Don Vicente Leboreiro, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que, en esta villa en 10 del corriente, confesó haber recibido de José Salmerón y Beatriz Márquez, su legítima mujer, ambos de esta vecindad, 1 200 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos durante la vida del citado José y Beatriz; y después del fallecimiento de los nominados el principal pasará a disposición del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Seráfico Reverendo Señor San Francisco de Asis, sita en su convento con la advocación de Señor San Antonio de Padua, para que se imponga en finca segura a censo principal redimible y sus réditos se conviertan en ayuda de sufragar los costos de las festividades que se intentan fundar en la capilla de dicho Venerable Orden Tercero de los Desagravios de Cristo Señor Nuestro, con obligación de veinte misas rezadas por la pitanza ordinaria de cuatro reales cada una por el alma de los referidos José y Beatriz, convirtiéndose la restante cantidad de los réditos en la dicha celebridad, y para la seguridad del principal hipotecó una casa cubierta de madera y teja que por suya propia posee en esta villa.
Sem títuloEl Doctor don Joseph [José] Valero [de] Gragera [Grajeda], Cura Propietario por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, vende a Francisco Hernández Valero, vecino de esta villa, un solar que posee en ella, en la calle del [convento] de Nuestra Señora de la Merced; que por el oriente linda con solares de [esta] villa; por el poniente con la cuadra que de dicho convento [roto] con solar de los herederos de Juan Cid; y por el sur con el de [roto]. El cual declara lo hubo por merced que le hizo el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa el 14 de diciembre de 1689. Lo vende a censo redimible en precio de 100 pesos de oro común, los cuales sitúa y carga el comprador sobre dicho solar y se obliga a pagar 5 pesos de rédito anual al cura que sea de esta villa, para que sumados a [otros] 12 pesos que pagará Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa y dueño de trapiche, se celebre en su día la fiesta del glorioso San Joseph [José] en su altar, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa.
Sem títuloDomingo Antonio Gómez, Escribano de Su Majestad, Teniente del Público y de Registros del partido de Orizaba y San Antonio Huatusco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que compró al Alférez Juan García Valero, su tío, 6 suertes de tierra en esta jurisdicción, incorporadas unas con otras, al pago de la venta Vieja, que lindan por el oriente con tierras de los herederos de Juan Cid; por el norte con el río de Tleapa; y por las otras partes con baldíos de esta villa; en precio de [240] pesos de oro común, que sobre la tierra quedaron impuestos a censo principal redimible a favor de dicho Alférez. Por la presente otorga que reconoce por dueño de dicho censo de 240 pesos, a la memoria y festividad del glorioso patriarca San Joseph [José], y por patrones de ella al Licenciado Juan de Ortega de la Paba [Pava], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, y a los demás curas que adelante sean, obligándose a entregarles el día del glorioso patriarca [roto] de cada un año de hoy en adelante los 12 pesos que importare el rédito del dicho censo, tal como lo estipula el testamento del Alférez Juan García Valero.
Sem títuloEl Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa y su mujer doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, vecinos de esta villa de Córdoba, ella con licencia otorgada por su marido, dijeron que por cuanto ellos y su familia se hayan favorecidos de la gran misericordia de Dios Nuestro Señor, por lo que dan infinitas gracias por los beneficios que les hace y considerando ser muy agradable a los ojos de Su Divina Majestad el que a su Santísima Madre se le venere, además, siendo tan devotos del inefable misterio de la Purísima Concepción de su Purísima Madre; como muestra de agradecimiento han tenido a bien poner en renta a censo principal redimible 1 000 pesos de oro común, sobre una hacienda de hacer azúcar que tienen en esta jurisdicción, nombrada Nuestra Señora de la Concepción de Acatengo, para que con sus réditos se celebre una fiesta todos los años a Nuestra Señora de la Concepción en la iglesia del convento de Señor San Antonio de esta villa y que ésta sea con todo lucimiento, vísperas, procesión, misas y sermón, el segundo domingo después de pasado el día de la Purísima Concepción de Nuestra Señora y quede perpetuada en dicha iglesia. Declaran que dicha hacienda tiene impuesto un censo a favor del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles. Mencionan que para el cuidado y cobro de los réditos y para celebrar dicha fiesta nombran como patrono al síndico que es ahora y en adelante sea de dicho convento de San Antonio. Asimismo, se obligan a mantener dicha hacienda de todo lo necesario y que siempre vaya en aumento, además, a no venderla, trocar ni cambiar.
Sem títuloDon Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Regidor de esta villa de Córdoba por Su Majestad, por él y en nombre de sus herederos y sucesores, otorga que vende a Antonio Martínez Romano, vecino de esta villa de Córdoba, una suerte de tierra que posee en jurisdicción de esta villa, que heredó del Alférez Mayor don Juan García Valero, su padre; la cual se ubica en los lindes de los ejidos de ella, en el paso de Sacatepeque [Zacatepec], que por la parte del oriente linda con 2 suertes de tierra que posee Francisco de Aguilar, por el norte con dichos ejidos, por el sur con suerte de tierra que hubo y compró de Pedro Rodríguez, uno de los fundadores de esta villa, y por el poniente con dichos ejidos. Dichas tierras libres están de empeño, enajenación e hipoteca y las vende en precio de 260 pesos de oro común, y sobre dichas suertes de tierras se han de quedar impuestos y cargados a censo principal, y de la renta que son 13 pesos, se ha de obligar el dicho Antonio Martínez Romano de entregar al señor cura que fuere de esta villa y su jurisdicción para la festividad del Señor San José, mientras tanto no redima el principal. Asimismo, se constituyó y nombró por patrón de esta festividad y por fin y muerte, sucedan en dicho patronato, sus hermanos y a falta de los susodichos lo han de ser perpetuamente sus parientes más cercanos; aceptando el comprador éstas y otras condiciones que se mencionan en el acta.
Sem títuloEl Bachiller don Manuel Gómez Dávila, Presbítero, albacea tenedor de los bienes quedados por el final de doña Florentina Millán, su único heredero, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, en el consta que el día de hoy se obligó a reconocer 1 000 pesos sobre una casa de cal y canto cubierta de madera y teja que quedó en esta villa por bienes de la citada doña Florentina, que confesó haber recibido de don Toribio Rodríguez Cabanzón como Síndico Tesorero del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Padre Señor San Francisco de Asís, sita en su convento de religiosos Franciscos Descalzos con advocación de Señor San Antonio de ésta, y la que se juntó entre diferentes hermanos profesos de dicho Orden Tercero; con el fin de que se impusiese sobre finca segura a censo principal redimible para que sus réditos se conviertan en sufragar los costos de los Desagravios de Cristo Señor Nuestro que se han de celebrar anualmente en su respectivo tiempo en la capilla de dicho Venerable Orden Tercero de Penitencia y por vía de depósito irregular con obligación de réditos, obligándose a satisfacer dicha cantidad en el término de cinco años contados desde hoy día de la fecha, y en el ínterin sus respectivos réditos de 5 por ciento.
Sem títuloDon Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura otorgada en 25 del corriente por el Subteniente don Pedro Arriaga de esta vecindad, por el que se manifiesta habérsele entregado por el Capitán don Francisco Antonio de la Llave, de esta república, y su consorte doña María Gertrudis de Ávila, igual vecina de ésta, 600 pesos para que los reconociera sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 50 varas en cuadro, con otro medio solar que se halla contiguo a ella de 25 varas de frente y 50 de fondo, que posee en esta villa, en favor de la cofradía de la Preciosísima Sangre de Jesucristo Nuestro Señor, sita en la santa iglesia parroquial de ésta, para que de sus réditos que son 30 pesos en cada un año, se distribuyan en la celebración de la fiesta que se ha de celebrar a la dicha Preciosísima Sangre, cuya cantidad la constituyó e hipotecó en favor de la referida cofradía y de los que por ser en su poder se dio por entregado, y se obligó a satisfacer sus réditos de 5 por ciento, y para el mayor seguro del principal hipotecó la referida casa, con el solar de su pertenencia.
Sem títuloDon Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga debe y se obliga a pagar a Manuela de Briones, niña doncella huérfana, que en la fiesta de la Santísima Trinidad, el domingo 26 de mayo pasado, salió ganadora de la rifa en que se sortearon 300 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha otorgado el Señor Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa, y Comisario del Santo Tribunal de la Cruzada. Cuya cantidad se da por entregado, obligándose a tener en depósito como dote de la dicha Manuela de Briones para cuando tome estado, y en el ínterin le acudirá con sus réditos a razón de 5 por ciento cada año.
Sem títuloDoña Catalina de Esparragosa, natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán] y vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima del Regidor José de Leiva, hija legítima de Alonso Miguel de Esparragosa y de doña María Martínez, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena ser sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, en la bóveda en que fue enterrado el Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, su hijo. Manda se den de sus bienes 200 pesos para ayuda a la obra de la Capilla de la Tercer Orden que actualmente se está aderezando en esta villa; asimismo, manda 100 pesos para ayuda al colateral que se pretende hacer en el altar de la iglesia parroquial de esta villa. Es su voluntad se saquen de su bienes 1 000 pesos y se carguen a censo sobre finca segura para que con sus réditos se diga todos los años una misa cantada en el octavo día de la fiesta de San Antonio. Manda se den 40 pesos a Nuestra Señora de Cosamaluapan [Cosamaloapan] y 20 pesos al Santo Cristo que está en la parroquia del pueblo de San Pedro Yshuatlan [Ixhuatlán]. Ordena que se den 500 pesos a María Gómez, su nieta; 4 pesos a María de las Vírgenes, parda libre pobre; 30 pesos a Jerónima, mulata libre, mujer su esclavo negro nombrado José, Mina, persona que le asistió en sus enfermedades. Manda que Juana Medina, su esclava mulata, siga sirviendo a su marido y cuando éste fallezca obtenga dicha esclava su libertad. Declara que hace más de cincuenta años se casó con el Regidor don José de Leiva, con quien procreó a Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, Religiosas Profesas del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles; a María de Leiva Esparragosa, que casaron con el Capitán José Gómez Dávila, ambos difuntos; al Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, que estuvo casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; a José de Leiva Esparragosa, difunto, quien murió sin tomar estado; y por último, a Antonio de Leiva Esparragosa, que vive en esta villa, casado con Margarita de Bistrain Dávila. Nombra por albaceas testamentarios a Antonio de Leiva, hijo y a Juan de los Santos Cubillos; y por tenedor de bienes a Antonio de Leiva, su hijo. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus nietos, Miguel y Rafael, José, Juana y María; y a Antonio de Leiva, su hijo. Y manda que el remanente que quede del quinto de sus bienes, sus albaceas los pongan a censo redimible y sus réditos se entreguen por mitad a sus dos hijas monjas, para ayuda de su vestuario y otras necesidades; con la condición de que cuando hayan fallecido ambas, con el principal se funde una capellanía de misas bajo las condiciones y nombramientos que se mencionan en este su testamento. Para finalizar, dijo que es su voluntad se den 400 pesos en reales a doña María de Olaso y Salgado, vecina de esta villa, mujer que fue del Capitán José Gómez Dávila, por ser pobre y por el mucho amor que le tiene.
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