Avaluó, división y partición de los bienes que quedaron por fin y muerte del Alférez Mayor Juan García Valero y de doña Josepha [Josefa] de Grageda [Grajeda], su mujer, entre sus hijos y herederos: el Bachiller don Juan Valero de Grageda, Clérigo Presbítero; el Alférez Mayor don Miguel Valero [Grajeda]; los Regidores don Francisco Valero [Grajeda] y don Diego Valero [Grajeda]; el Capitán Joseph [José] Blanco y doña María Valero de Grageda [Grajeda], su mujer; hermanos y vecinos de esta villa de Córdoba; y dicho Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda] en nombre de su hermano el Doctor don Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Agustín Tlaxco obispado de la Puebla de los Ángeles. Entre los bienes destaca una casa alta de la morada del dicho alférez, en la calle que va del Colegio de San Luis al Hospital de San Juan de Dios. La hacienda de trapiche de San Juan Bautista y San José, con la capilla, casas, cobres, suertes de caña dulce, ganado, esclavos y aperos. Y 63 caballerías y media de tierra, 56 de ellas que van desde el arroyo de Asesenatl al arroyo Bl[an]co, en que están fundados el trapiche de San Juan Bautista y San José y el de Nuestra Señora de Guadalupe, que fundó el Bachiller Juan Valero [Grajeda]. Y 7 caballerías restantes que pertenecen al rancho de Santiago que en ellas está fundado.
Zonder titelESCLAVOS
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Don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder a don Joseph [José] Hurtado de Mendoza, residente en la ciudad de los Ángeles, para que como su fiador y principal pagador lo obligue a la paga y satisfacción doce piezas de esclavos que pretende comprar don Joseph [José] Hurtado, de la armazón de negros que está en la Nueva ciudad de la Veracruz a cargo del Factor Capitán Juan de la Carra.
Zonder titelJuan Camaño, vecino de esta villa, otorgó que ha recibido de Benito [Rendón], vecino de esta villa, 100 pesos de oro común que el susodicho le estaba debiendo de resto de un esclavo que le vendió por escritura que pasó en esta villa a los 19 días de agosto de 1687, de dicha cantidad se da por entregado y hace cancelación de la mencionada escritura.
Zonder titelLicenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña, con poder de Ana Martín del Canto, mujer legítima del Capitán Juan Bautista Carenzo, vecinos de la Nueva ciudad de Veracruz, otorga que vende un esclavo llamado Manuel de treinta y tres años, en precio de 200 pesos de oro común.
Zonder titelNicolás de Olibera [Olivera], vecino de esta villa de Córdoba y dueño de la hacienda de trapiche de fabricar azúcar en esta jurisdicción, otorga poder general a Domingo Mursio, vecino de esta villa, para que en su nombre cobre a todas las personas de estado, calidad y condición que sean Cajas Reales y de bienes de difuntos, todas las cantidades de pesos de oro común, joyas, esclavos, mercaderías y otros géneros que le deban. Igualmente para que compre y venda esclavos; para que pueda pedir préstamos a su dicta y crédito hasta por 4 000 pesos en reales. Y para que lo represente y defienda en todos sus pleitos.
Zonder titelAlonso Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de fabricar azúcar en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán Diego Salgado, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y representando su persona, solicite, busque, compre y ajuste por los precios que le pareciere, ocho piezas de esclavos, negros y negras, en la dicha ciudad de los Ángeles o fuera de ella, al fiado, obligándolo a la paga en el lugar o parte que se le pida.
Zonder titelDon Joseph de Segura y Sevallos [José de Segura y Cevallos], vecino de esta villa de Córdoba, como uno de los albaceas testamentarios y tenedores de bienes del Capitán Joseph [José] Blanco, difunto, vecino que fue esta villa, dijo que el susodicho dejó una hacienda de trapiche de hacer azúcar en términos de esta jurisdicción hacia la parte del norte, nombrada Acatengo, fundada en un sitio de tierras de ganado menor, con 4 caballerías más de tierra laborea y un pedazo de tierra que llaman el Comedero del Monte. Dicha hacienda fue valuada en 16 421 pesos 7 reales, de los cuales se rebajaron 3 139 pesos por el valor de setecientos cuarenta toros a razón de 4 pesos y 2 reales cada uno que se sacaron de la hacienda para el abasto de las carnicerías de esta villa, de que era obligado el citado difunto; por tanto, el valor de la hacienda quedó en 13 282 pesos y 7 reales, “inclusos” en ellos 1 000 pesos que sobre ella están cargados a censo redimible a razón del 5 por ciento, a favor del convento de religiosas de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles. Por otra parte, dijo que en atención “a que dicha hacienda luego que falleció dicho difunto se la adjudiqué en dicha cantidad y con el cargo de dicho censo a doña María [de] Valero de Grageda [Grajeda], viuda mujer que fue de dicho difunto, por pacto y concierto que hicimos para que de su valor se adjudicase a sí 4 200 pesos que los bienes del citado difundo le debían por razón de las arras que le mandó al tiempo que contrajeron matrimonio”. Además de adjudicarse los 4 200 pesos, debía pagar a [Jerónimo] de Villaseca 9 735 pesos que dicho difunto era deudor; y 1 000 a doña Catalina Valero de Grajeda [Catalina de San Francisco Valero Blanco], Religiosa del convento de San Jerónimo de la ciudad de los Ángeles, mismos que dicho difunto debía pagar como albacea y tenedor de bienes de doña Francisca Jiménez de Encinas, su primera mujer. “Y porque con efecto la dicha doña María Valero de Grajeda ha pagado las cantidades de pesos referidas, de que me ha dado cuenta que tengo ajustadas con la susodicha, y porque hasta ahora no le había otorgado la escritura de adjudicación de dicha hacienda y me ha pedido se la otorgue atento a que estamos ajustados y no deber como no debe cosa alguna a dichos bienes y yo lo he tenido por bien y para que tenga efecto como tal albacea y tenedor de bienes de dicho difunto, otorgo que le entrego la dicha hacienda de hacer azúcar nombrada Acatengo en precio y cantidad de los dichos 13 282 pesos y 7 reales, la cual le entrego y adjudico con las tierras, casas, ganados, esclavos, cañaverales que constan de dichos autos”.
Zonder titelEl Regidor Joseph [José] de Leiva, vecino de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Joseph [José] de Leiva Esparragosa, su hijo mayor de veinticinco años, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José, que tiene y posee en esta jurisdicción en el pago que llaman de Totutla, con 8 caballerías de tierra en que está fundada. La hacienda se compone de las casas, esclavos, ganados, cañaverales y los demás aperos que se mencionan en la escritura; y sobre dicha hacienda están cargados a censo redimible a favor del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, 1 352 y 4 reales. El arrendamiento es por tiempo de diez años en precio de 925 pesos anuales.
Zonder titelDon Thomas Lopes de Sagade [Bugueiro] y doña Juana de Ojeda su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, la susodicha con licencia previa de su marido, ambos de mancomún acuerdo otorgan que dan su poder al Bachiller don Joseph Lopes [José López] de Sagade [Bugueiro], su hermano, Clérigo de menores órdenes, vecino de esta dicha villa, para que en su nombre pida y reciba del Capitán Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa, de sus bienes, herederos y de quien con derecho pueda y deba la cantidad de pesos que consta por cláusula del testamento del Capitán Nicolás Blanco, difunto, así como dos esclavas que el susodicho difunto hizo manda y legado a la otorgante.
Zonder titelEl Bachiller Francisco Fernández de Acevedo, Presbítero Domiciliario de este Obispado, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Francisco Fernández de Acevedo y doña Antonia Rivera, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena que a las mandas forzosas y acostumbradas, y Casa Santa de Jerusalén se le den a cada una 4 reales. Declara por sus bienes una casa de piedra y madera que posee en la ciudad de la Nueva Veracruz frontero del convento de Santo Domingo; un esclavo nombrado Luis; ropa de su vestir; géneros de casa; bestias caballares y mulares que tiene en un rancho. También declara por sus bienes dos esclavas, la primera es mulata, nombrada Ana María; la segunda, negra, nombrada María Antonia de la Rosa, “las cuales se llevó el enemigo al tiempo y cuando invadió la dicha ciudad de la Veracruz y he tenido noticias que están en el Pitiguao”. Señala que luego de su fallecimiento sus albaceas entreguen a Teresa de la Hacha y Torres, morena libre, una casa que posee en la Nueva ciudad de la Veracruz para que viva los últimos días de su vida. Declara que del valor de la casa mencionada se imponga una capellanía de misas rezadas para que a su título se ordene Joseph Marzelino de Contreras [José Marcelino de Contreras], su sobrino, hijo legítimo de doña María Francisca de la Rosa y Acevedo y de Tomás de Contreras. Nombra por segundo capellán para después de los días de José Marcelino de Contreras a los hermanos que el susodicho tuviere. Y para cumplir el presente testamento nombra albaceas testamentarios en esta villa de Córdoba a Juan García de Miranda y a Joseph Gomes de Avila [José Gómez de Ávila]; y para la dicha ciudad de la Nueva Veracruz al Licenciado Juan de la Oliva, Presbítero. Nombra como universal heredera a su alma y a la de sus padres.
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