DEPÓSITOS

Elements area

Taxonomy

Code

Scope note(s)

    Source note(s)

      Display note(s)

        Hierarchical terms

        DEPÓSITOS

          Equivalent terms

          DEPÓSITOS

            Associated terms

            DEPÓSITOS

              1 Archival description results for DEPÓSITOS

              1 results directly related Exclude narrower terms
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0110 · Item · 1720/10/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, dijo que por cuanto el día 3 de octubre de este año, presentó escrito ante el Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, ante quien se siguen los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de don Hipólito del Castillo de Altra, su suegro, en los cuales pidió que como marido de doña Josefa María del Castillo de Altra, una de las hijas y herederas de dicho difunto, por el derecho de reptrato [retrato] y sanguinidad [sic], se le adjudicara el trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, que quedó por bienes de dicho difunto, y que se había rematado en el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, en cuyos autos finalmente se le adjudicó al otorgante dicho trapiche el día 3 de octubre pasado, exhibiendo los 10 000 pesos al contado que había ofrecido don Juan López de Sagade, cantidad que presentó el otorgante en varias libranzas ciertas y seguras. Y por cuanto, el señor alcalde mayor dijo que en atención a ser el otorgante uno de los primeros del comercio de esta villa y dueño de haciendas, de caudal conocido y de la satisfacción de su merced, mando se le devolviesen dichas libranzas y que otorgase escritura de obligación y depósito de que tendrá en su poder dicha cantidad de 10 000 pesos y de que no los entregará a persona alguna hasta que su merced u otro juez otra cosa mandase. Por lo cual, otorga que ha recibido de dicho señor alcalde mayor las dichas libranzas que juntas montan 10 000 pesos, de los cuales se da por entregado y se obliga a tener dicha cantidad en calidad de depósito.

              Untitled