Demanda de Alonso de los Ríos, vecino de la ciudad de México, contra Pedro Gómez Montañés, por 40 pesos que el susodicho le debe por escritura de obligación.\n\n\n
DEMANDAS
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El Regidor don Miguel de Leyva, vecino de esta villa, y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; y el Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa, en nombre y con poder del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijeron que dicho hermano vendió al Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa, un sitio y 9 caballerías de tierra [en términos] de la jurisdicción de esta villa y la de Guatusco [Huatusco], que lindan por la parte del norte y poniente con el corral que llaman de San Lorenzo, donde se encierran las partidas de ganados que vienen de tierra caliente, cortando línea recta hasta dar con Gueguehapa y el cerro, y por la parte de dicho cerro y el río Blanco hasta dar con las tierras que traspasó a don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], que es un sitio que ha de correr su medida desde las piedras que señala la merced, que es su centro, con 33 cordeles y 16 varas y una tercia de 50 varas; y por el oriente dicho Guegueapa con una ceja de monte espeso hasta dar con la laguna de Piedras y línea recta a dar al arroyo de agua, y por dicho monte dicho arroyo hasta donde lo cruza la línea de las medidas, saliendo al arroyo pedregoso que está al fin del barrial en el camino real y dicho camino hasta dar con el corral de las partidas. La enunciada venta se hizo con expresa calidad de que si dentro de los linderos mencionados hubiese más tierras, se le habían de vender a dicho regidor y no a otra persona, en cuya conformidad y reconocido haber más tierras en las referidas, puso demanda la parte de dicho regidor contra la de Francisco de Rivadeneira ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia; y habiendo llegado noticia a Francisco de Rivadeneira, pasó a esta villa de Córdoba a reconocer dichas tierras, hallando que dentro de dichos linderos subsiste un sitio de tierra de ganado menor perteneciente a dicha su parte que es el tercero de cuatro que contiene la merced que de ellos se le hizo a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, el cual llaman Jiquilapan, ubicado en una sabana llana donde está una mata de monte grande y en medio de ella algunos pies de árboles de anonas y otros; y a la parte del norte un arroyo seco montuoso, 100 pasos desviados de dicha mata; y a la parte del sur el río Blanco; y hacia el oriente dos tetelas juntas pequeñas. Cuyo sitio de tierras le pidió el regidor don Miguel de Leiva [Esparragosa], le venda juntamente con otro sitio que es el segundo de dicha merced, a su linde con una sabana que llaman Jilosuchitaan [sic], en donde está una loma pequeña de piedras con árboles de encina, estando hacia el norte una laguna pequeña muy cerca del sitio y otra mayor a orilla del camino que va de Orizaba a Tlalixcoyan, desviada de dicho sito como 150 pasos; y hacia la parte del poniente una mata de monte grande y junto a las dos lagunas una tetela baja. Y para que cese dicha demanda y cumplir con la obligación referida sobre la venta de dichas tierras, don Francisco de Rivadeneira, en nombre de dicho Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vende al Regidor don Miguel de Leyva [Leiva], hijo de Joseph de Leyva [José de Leiva], el primer sitio en 3 000 pesos de oro común y el segundo en 1 750 pesos de oro común.
Sem títuloJuan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa, por la presente se constituye como fiador de Antonio de Guevara, residente en esta villa, en la demanda que éste puso contra Domingo de Noriega, sobre haberle aviado en un tabacal que sembró el susodicho en el paraje que nombran venta de Parada, en esta jurisdicción, habiendo alzado la cosecha de dicho tabaco [y traído] a apilar en la casa de Bernabé de [roto].
Sem títuloGregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa, Regidor Perpetuo en ella, dijo [roto] en poder de Martín de Andraca, [halló una mula de carga] color retinto, con el hierro del margen, la cual le hurtaron con otras dos habrá tiempo de quince meses. En ese sentido pidió a dicho Martín la dicha mula, pero el susodicho se resistió, argumentando que la había comprado de Joseph [José] de Escudero, vecino de la ciudad Antequera valle de Oaxaca. Por tanto, dicho Gregorio Martínez puso demanda judicial contra dicho Martín de Andraca, el cual para evitar litigios devolvió la mula habrá tiempo de diez meses, con la condición de que le otorgara carta de lasto en forma. Por lo que poniéndolo en efecto otorga que recibió de dicho Martín de Andraca, la citada mula, y le da poder y lasto para que reciba y cobre de Joseph [José] de Escudero la cantidad que por dicha mula pagó.
Sem títuloMiguel Merced García, vecino de la hacienda de la Estanzuela, residente en esta villa, otorga poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, también residente en esta villa, para que en su representación, comparezca en este Tribunal Superior de Segunda Instancia, así como, en los demás que convengan, y en ellos continué y termine el artículo que tiene intentado contra el Alcalde de Santiago Macahuatlan, por la tropelía que despóticamente y con fuerza armada cometió contra el otorgante, destruyendo y arruinando su rancho y residencia en el mismo paraje de la Estanzuela.
Sem títuloDon Domingo Manuel Cortés, vecino de esta Villa de Xalapa, dijo que puso demanda en contra de Pedro García, vecino de la Barranca de Tenepanoyan, por la renta de la tierra que ocupa perteneciente a los naturales de Tlacolula, misma que se excusó a pagarla pretextando que son realengas, llegándose a la conclusión de que dicho García debía pagar la cantidad demandada por los naturales. Por lo que le notificó a éste que tenía que pagar 76 pesos: 56 pesos de la renta de 7 años a razón de 8 pesos en cada uno, y 10 pesos de costa erogada por lo naturales, y para que se ejecute lo mandado, los naturales ofrecieron por fiador al otorgante, quien señala que si la sentencia de remate y exhibición hecha por García fuese revocada, devolverán los naturales toda la cantidad mencionada.
Don Pedro Fernández, dueño de recua y vecino del pueblo de Tepetlastoc, residente en Jalapa por motivo de que Juan Lorenzo Cano, mozo sirviente de su recua, ha puesto demanda contra el otorgante por castigar y haber tumbado un brazo de un sablazo a un sirviente, otorga poder especial a don José Manuel Malpica, vecino de Jalapa, para que en su nombre y representación lo defienda en dicha demanda.
Francisco Ignacio de Herrasti, del comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder a Ignacio Muñoz, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación, lo defienda sobre el cargo que solicitan hacerle los Ministros y Jueces de las Reales Alcabalas, sobre la venta hecha de cierta porción de canela o de cualquier otra demanda que exista en su contra y para que cobre las cantidades pesos, joyas, esclavos, etc., que le adeuden.
Don Patricio Santos, vecino del pueblo de Jalapa, con poder general de don Miguel Gómez, dueño de una mina en esta jurisdicción, quien dijo tener demanda con don Francisco Ortiz Zapata por una cantidad de 260 pesos, el cual huyó a los Reinos de Casilla, por lo que declara que don Manuel Bárcena Bezanilla, ha acordado cubrir los adeudos dejados por el citado Zapata, a cambio de la fianza de hipoteca a la mina de don Miguel Gómez
Don Pedro de Ortega, vecino de esta Villa de Xalapa, hijo y albacea de doña María Nicolasa Ortiz de Zárate, viuda, albacea y tenedora de los bienes de su difunto esposo, don Francisco González de Ortega, otorga poder especial al Capitán Francisco Xavier López, de esta misma vecindad, para que en el juicio de inventarios a los bienes del difunto don Miguel Eustaquio Cardeña, prosiga y acabe la demanda puesta por su madre por un adeudo contraído con el difunto Cardeña.