Don Antonio Ladrón de Guevara y doña María Teresa Rodríguez, su consorte, de una parte y de la otra Laureano Fernández de Ulloa y doña Antonia Ferreira, asimismo su consorte, todos vecinos de la jurisdicción de Jalapa, dijeron que han tenido pleito entre sí pretendiendo estos últimos el que repartan las ganancias que le dieron a doña María Teresa por muerte de Antonio Ferreira, su marido, que fue la mitad de lo que importó la dote que le dieron a Antonia Ferreira, su hija, cuando la pusieron en estado de matrimonio con Laureano Fernández, que importó 800 pesos 2 tomines de oro común, sobre que se pronunció sentencia definitiva por la Real Justicia declarando deber reportar la mitad de ganancias a María Teresa y pedido por Laureano se declare desierta la apelación por no haberse hecho las diligencias en los términos ordinarios y en atención a las dilaciones y gastos de los pleitos, han convenido, siendo justos y sabedores de su derecho, guardar, cumplir y ejecutar lo siguiente: que Antonio Ladrón de Guevara y María Teresa Rodríguez han de pagar a Laureano Fernández de Ulloa y doña Antonia Ferreira, 450 pesos de oro común, cuya cantidad es con que se han ajustado por la mitad de la dote que había de reportar las ganancias quedándole el derecho a salvo a Antonia Ferreira.
CONVENIOS
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Ventura de Acosta y Gaspar de Heredia, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, dijeron haber otorgado escritura el 13 de marzo de 1711 para la compra del trapiche de San Diego y la Asunción, con las calidades y condiciones que en ella se expresan, habiendo corrido juntos en la administración hasta el 20 de noviembre de 1722, pero Ventura de Acosta dijo que de continuar la compañía se arruinarían, debido al abandono que le hizo al trapiche de San Diego por la gran mortandad de esclavos y ganados, y ahora no puede lograr fruto de la caña, también por las heladas que se padecen, por lo que han convenido en que Ventura de Acosta se quede con el trapiche en el estado en que se halla separándose y disolviendo la compañía, dando por libre la carga y gravámenes a que estaba obligado.