Don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre y con poder del Capitán don Gaspar Carlos de Ribadeneyra [Rivadeneira], su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, vende al Regidor don Miguel de Leyba, 8 caballerías de tierra que es una sabana que llaman Quatetelco [Cuatetelco], donde hay una cruz de madera y se dividen los caminos que van a Orizaba, Tlaliscoya [Tlalixcoyan] y Guatusco [Huatusco] y a un lado y otro están dos matas grandes de monte, una hacia la parte del oriente y la otra hacia la del poniente, y cerca de estas una lagunilla que se seca; cuyas 8 caballerías lindan por la cabeza de arriba con la línea que se corrió en las medidas de las tierras que hoy posee el Regidor don Miguel de Leyba, hechas en el año de 1687, dicha línea sale al arroyo que llaman Pedregoso, que está al fin del barrial en el camino real que va a los pueblos mencionados; por el oriente y norte linda con un arroyuelo que lloviendo corre; por el poniente y sur con el arroyo que llaman del agua [roto] el lindero de la tierra que posee el dicho don [roto]; y por la cabezada de abajo linda con el sitio [roto] merced que vendió el día de hoy al regidor [roto] [Carbajal] y Capitán don Francisco Cruzado. La venta se hizo por precio de 1 250 pesos de oro común, de los cuales 1 000 pesos se quedan impuestos a censo redimible sobre dichas tierras y los 250 pesos que tiene recibidos de contado.
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Antonia Domínguez, mujer legítima de Joseph de Billegas [José de Villegas], vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto Isabel de los [Reyes], su madre, como albacea y tenedora de bienes de su marido Blas Domínguez, difunto, padre de la otorgante; Diego Domínguez, Joseph [José] Domínguez, Francisca Domínguez, Jerónima Domínguez, Gertrudis Domínguez, sus hermanos y herederos, todos conjuntamente con la otorgante vendieron a Juan [Rodríguez] de Piña, vecino de esta villa, 2 solares que quedaron por bienes de su padre en esta villa por escritura con fecha de primero de noviembre de 1697, y siendo una de las calidades que la otorgante y los demás interesados que no se hallaban presentes en dicha venta, la aprobaran y ratificaran dentro de dos meses, en atención a que de su consentimiento se celebró dicha venta y recibió por esta 7 pesos 4 tomines, la ratifica y aprueba por la presente escritura.
Sem títuloJacinto de Ledos [y Pasos], vecino de esta villa de Córdoba, y doña Gertrudis López [de Guzmán], su mujer, venden al Capitán Gregorio Martínez de Solís, [Alguacil] Mayor y Regidor perpetuo de esta villa, una esclava mulata propiedad de doña Gertrudis, quien la hubo de sus padres [roto], nombrada Tomasa, de veintiocho años de edad, con su pequeño hijo nombrado Faustino, de cuatro meses de edad, la cual está casada con Joseph [José] Antonio, negro esclavo de dicho alguacil mayor. Y la venden junto con el niño en precio de 424 pesos de oro común.
Sem títuloEl General don Carlos Samaniego y Pacheco, Alcalde Mayor de Su Majestad y Teniente de Capitán General en esta villa, su jurisdicción y partido de Huatusco, vende al Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa, un negro su esclavo de nombre Francisco Canchancha, criollo del puerto de la Habana, de treinta años de edad, el mismo que hubo y compró del Sargento Miguel Díaz de Aguilar, vecino de esta villa, y en virtud del poder del Alférez don Juan [de] Arnedo de Escudero, y que fue de la Armada de Barlovento, en dicha villa el 5 de abril de 1698. Lo vende por la cantidad de 400 pesos de oro común.
Sem títuloAntonio de Riberol [Riverol], vecino de la ciudad de Tehuacán y residente de esta villa, en nombre y con poder de su madre doña Josefa de Tovar, vecina de dicha ciudad, viuda de Antonio de Riberol [Riverol], como albacea testamentaria de su marido y tutora y curadora de los menores hijos de ambos, vende a Juan García de Miranda, vecino de esta villa, una esclava negra de nombre María Magdalena, de cuarenta años más o menos, por la cantidad de 250 pesos de oro común en reales.
Sem títuloDon Joseph [José] Navarro de Mendoza, Alguacil Mayor de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], residente de esta villa de Córdoba, vende a Antonio de Malpica, vecino del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], 2 sitios de ganado menor en términos del dicho pueblo, en la loma que llaman Xicuintlan [Xicuintla], que corren sucesivamente en la dicha loma que está entre dos barrancas hondas, la que está al norte se llama Totolapa y la del sur Pecoapan, que corren de oriente a poniente; como consta en la merced, títulos y despachos de dichos sitios, que son los mismos que en virtud de poder, cesión y traspaso obtuvo de doña Isabel de Espinosa, vecina de [Tehuacán] desde el 20 de octubre de 1698. Los vende por la cantidad de 1 000 de pesos de oro común, 500 pesos de contado y los restantes a fin de año.
Sem títuloDon Joseph Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que hallándose favorecido él y su familia con la gran misericordia de Dios por los beneficios que le hace, considerando ser muy agradable a los ojos de su divina Majestad el que a su Santísima Madre se venere, siendo tan de él devoción el inefable misterio de la anunciación de la encarnación a la Santísima María que le celebra la Santa Iglesia el día 25 de marzo, y deseando en memoria de su devoción a tan santo misterio se logre también el consuelo de todos los moradores de esta villa con pública demostración, haciéndole una fiesta todos los años en la parroquia de esta villa; para lo cual tiene conferida esta determinación con el señor Doctor don Joseph [José] Valero, Cura por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico. Y reconocido el gasto que podrá tener la fiesta que se ha de celebrar a dicha señora, se ha considerado costear con 50 pesos en esta manera: por víspera, misa cantada con diácono y procesión 10 pesos; de limosna al predicador que ha de predicar dicho día, 10 pesos; a los cantores que beneficiaren la misa, procesión y víspera, 8 reales; al sacristán por la asistencia de campanas, altar y lo demás de su obligación, 8 reales; para hacer una ramada, luminarias y cohetes, 12 pesos; y para la cera del altar y su adorno, 16 pesos. Y reconocida dicha cantidad, siendo su intención que la fiesta quede perpetuada en la Santa Iglesia, ha tenido por bien de poner en venta a censo 1 000 pesos de principal, los cuales tiene para dicho efecto en poder de Alonso Gómez Dávila, su hermano, vecino de esta villa, dueño de trapiche de hacer azúcar. Dicha cantidad le tocó por razón de la herencia de sus padres, y al presente ha decidido separarla de sus bienes para esta santa obra; y que el dicho su hermano cargue sobre todos sus bienes, especialmente sobre su trapiche, con la obligación que ha de hacer en esta escritura de los 1 000 pesos de principal y por ellos 50 pesos en cada un año de sus réditos, los cuales ha de ser obligado a entregar por cada mes de febrero. Y para el cuidado y cobro de dichos réditos, se nombra por parte legítima como lo es patrono todos los días de su vida, y por su fin y muerte a sus hijos legítimos y por falta de ellos a sus hermanos. Y estando presente dicho don Alonso Gómez Dávila y doña Cathalina [Catalina] de Pedraza, vecinos que son de esta villa, ambos de mancomún, otorgan que venden realmente a dicho Joseph [José] Gómez Dávila, 50 pesos de censo en cada un año, los cuales imponen y cargan a censo redimible sobre todos sus bienes, especialmente sobre una hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada San Joseph [José], sobre la cual están impuesto 400 pesos a censo redimible a favor del Licenciado Diego Xaimes [Jaimes] Ricardo [Villavicencio], Cura que fue del partido de Tlacotepec, que al presente cobra sus réditos Diego López de Luna, como síndico del convento de San Francisco de la ciudad de los Ángeles; igualmente otros 250 pesos que están impuestos a favor del Señor San José de esta villa para la celebración de su día; y otros 176 pesos que están impuestos a favor de una capellanía de misas rezadas que mandó fundar el Bachiller Juan Sánchez Niño [de Guevara]. Por lo que al presente venden a censo los dichos 50 pesos al citado Joseph [José] Gómez Dávila, por precio y cantidad de 1 000 pesos que como va referido pasarán a su poder, y por tal se dan por entregado.
Sem títuloThomas [Tomás] de Contreras, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Xacinto [Jacinto] de Coto y Lira, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, vende al Licenciado don Juan de la Beguellina y Sandobal, Abogado de la Real Audiencia de México y Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, un negro nombrado Joseph [José], casta rayado, de veinticinco años de edad, que es el mismo que dicho su parte compró en la Nueva Veracruz al Factor don Juan de la Carra, que lo fue del asiento de negros del armazón que entró en dicha ciudad el año de 1687. Lo vende en 200 pesos de oro común.
Sem títuloFernando de Mañaz [Mañas] y Soto, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, vende al Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de dicha villa, un negro, su esclavo, nombrado Manuel Salvador, criollo, de la ciudad de Caracas, de edad de treinta y cuatro años, que hubo y compró de doña Juana Sebastiana de Avilés. Lo vende por esclavo cautivo [roto] sin asegurar de ninguna tacha, enfermedad, vicio, al precio de 200 pesos de oro de alcabala que tiene recibos.
Sem títuloEl Alférez Joseph [José] de Padilla, residente en esta villa de Córdoba, y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y en nombre de Francisco Bauptista [Bautista] de Natera, Escribano de Su Majestad Público Propietario del número de dicha ciudad, otorga que vende al Licenciado Juan de Mesa [Meza], Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, un esclavo negro nombrado Antonio, que será de edad de veinte años poco más o menos, de nación Congo, que hubo y compró de Manuel Díaz Ferrera, vecino de la ciudad de la Habana. Lo vende en calidad de esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño, deuda y enajenación, sin asegurarlo de ninguna enfermedad, vicio o defecto, al precio de 200 pesos de oro común que tiene recibidos en reales de contado.
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