El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a don Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad y vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro que tiene en la calle que llaman el Pitiguao, que hubo y heredó entre otros del Regidor José de Leiva y doña Catalina de Esparragosa, sus padres difuntos. Dicho solar linda por una parte con casa de sus padres; por el otro lado, calle en medio, con solar del Bachiller don Juan Estévez de Laguarda; hace frente, calle en medio, con los solares de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos [roto] de Juanes de Betancur; y por el fondo con solares suyos que van por el [río]; lo vende por libre de deuda, empeño y enajenación, al precio de 50 pesos de oro común en reales.
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El Alférez don Nicolás del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el de sus herederos y sucesores, vende a María de la Encarnación, india, mujer de Juan Tomás, vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro que posee por propio, mismo que hubo y compró de Pedro Veneziano, difunto, ubicado hacia el río que llaman el Aguacate, que linda por una parte con solar y paredones de Marcos Zacarías; por el otro con solar de los herederos de Cota, la prieta; y hace frente, calle en medio, con solar de Diego Ventura Márquez. Lo vende por libre de deuda, empeño e hipoteca, al precio de 40 pesos horros de alcabala.
Sem títuloEl Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y en nombre de don Gaspar José de Salas, Escribano Público de Santiago de León de Caracas, y en virtud del poder y carta orden que le otorgó el Capitán don Tomás Rodríguez de Vargas, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz y Familiar del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, vende a Francisco de los Cobos, vecino de la jurisdicción de esta villa, un negro esclavo suyo nombrado Ventura, que será de edad de veinte años poco más o menos, criollo de la ciudad de Caracas. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a servidumbre, libre de deuda, empeño hipoteca y otra enajenación, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio y enfermedad, al precio de 200 pesos de oro común en reales.
Sem títuloJosé Hernández Navarro, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Bachiller don Juan Felipe Manito, Presbítero; y don Manuel de Soto Guerrero, Regidor Perpetuo por Su Majestad de la Nueva ciudad de la Veracruz, ambos vecinos de ella, albaceas y tenedores de bienes de Andrés Manito, su difunto padre, y en virtud de poder que le otorgaron el 23 de abril de 1717 en dicha ciudad, el cual usa para vender al Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, un negro esclavo de los bienes de Andrés Manito, nombrado Luis, que será de treinta y seis años. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetua cautiverio y servidumbre, libre de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurárselo de ninguna tacha, defecto, ni enfermedad, al precio de 220 pesos de oro común.
Sem títuloEl General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde de esta villa y su jurisdicción y Teniente Capitán en ella, otorga poder especial a Juan Hernández, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona venda un negro, su esclavo nombrado Simón, criollo, que será de edad de más de treinta años, que hubo y compró en remate público por bienes del Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria. Lo venda por precio que ajustare y concertare de contado o al fiado, en caso de que no se le haga pago alguno, que ante escribano se dé fe de ello, por lo que se le da éste con libre y general administración y facultad para lo que en derecho fuere necesario.
Sem títuloPascual de Molina, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, un negro su esclavo nombrado Ignacio de Loyola, mismo que hubo y compró del Licenciado don Miguel de Castro, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles. Lo vende por esclavo sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre libre de deuda, enajenación e hipoteca, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad, en precio de 330 pesos horros de alcabala.
Sem títuloEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 18 de enero pasado del presente año otorgó poder general al Licenciado don Pedro Ovando de Ledezma, Abogado de la Real Audiencia, y previendo que pueda sucederle alguna enfermedad o ausencia; por la presente, otorga poder general a don Alejandro Castro y Velasco, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona siga todos sus pleitos causas y negocios civiles y criminales que tenga o tuviere con cualesquier persona, y en caso que se tenga que revocar el poder al Licenciado don Pedro Ovando, que lo haga y lo deje en su honor y buena fama.
Sem títuloJuan Morera de Silva, Escribano del Rey y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Pedro Ignacio Rodríguez, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona venda casas altas de piedra y madera que tiene y posee en la dicha Veracruz. Una de ellas está en la calle que va del convento de Nuestra Señora de las Mercedes al del Señor Santo Domingo, misma que hubo y heredó de Antonio Morera de Silva y Pascuala Díaz, sus padres difuntos, y Manuel Morera de Silva, su hermano difunto; y la otra, en la calle que viene de la que llaman de la Condesa a la marina, que hubo y heredó de Adrián Díaz, su tío. Las venda a las personas y precios que ajustare al contado o fiado, entregando las escrituras de venta y de empeño, declarando los censos que sobre ellas están impuestos a favor del convento de Santo Domingo, de manera que por falta de poder, requisito y solemnidad, no deje de hacer cuanto se ofrezca, por lo que se le da éste con libre y general administración.
Sem títuloDon Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de labor y cría de ganado mayor, vende a don Jerónimo de Olaso y Salgado vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de los Dolores, alías el Ojo de Agua, fundada en 6 caballerías de tierra pertenecientes a los propios y rentas del cabildo de esta villa. Se la vende con casas de vivienda, de purga, de calderas, de trapiche, viviendas de negros, sus cobres, canoas, canaletas, espumaderas, 12 suertes de caña dulce de diferentes nombres y edades, veintiún machos y mulas de tiro, siete mulas de cargada, herramientas de trabajo, esclavos maestros de azúcar, caldereros, purgadores y otros que se mencionan en esta escritura. En precio de 27 000 pesos de oro común en reales, que el comprador se obliga a reconocer de la siguiente manera: 4 000 pesos a favor del Capitán don Lope Antonio de Iribas; y los 23 000 pesos restantes el comprador los tendrá en su poder con sus réditos de cinco por ciento anuales a orden y disposición de los acreedores del Capitán Juan de los Santos Cubillos, difunto, según y como se graduaron en la sentencia que se diere en los autos del concurso, incluyéndose 5 000 pesos a favor del Capitán don Lope Antonio a quien se los debía el difunto. Y de los 23 000 pesos el comprador exhibirá anualmente, a partir de hoy día de la fecha, 1 000 pesos a la Real Justicia de esta villa para hacer pago a los acreedores del Capitán Juan de los Santos, como parece del remate que se le hizo al otorgante del trapiche nombrado la Pura Concepción de Nuestra Señora, alías Acatengo, y tierras de Tlacotengo que se le remató por bienes de dicho difunto en 29 000 pesos. De los 27 000 pesos se da por entregado y en el ínterin que no redimiere el principal y pagare a los acreedores del difunto Capitán Juan de los Santos los 23 000 pesos y sus réditos, y los 4 000 pesos al Capitán don Lope Antonio. Con la condición de que el otorgante podrá entrar al trapiche a reconocerlo si va en aumento o en disminución hasta que esté pagada la mencionada cantidad, además de que los esclavos huidos y presos los ha de solicitar como suyos propios, y ha de afianzar la cantidad de esta venta con persona abonada en caso de faltar a la paga de los créditos, traer un mes de contenta de los acreedores e hipotecar la hacienda a los citados débitos. A todo lo cual don Jerónimo de Olaso y Salgado, aceptó esta escritura y dio por fiador a don José de Olaso y Salgado, su hermano, quien a su vez dijo que otorgaba en voz y en nombre de doña Juana María y doña María Teresa Gómez Dávila, por el poder general que le otorgaron, por lo que hipoteca a éste débito 8 000 pesos, 4 000 de ellos paran en poder de doña Josefa de Pedraza, viuda del Capitán don Juan Gómez Dávila; 2 000 pesos en poder de don Lope Antonio de Iribas; y otros 2 000 en poder de don Diego de Altamirano, e hizo hipoteca de la hacienda nombrada Nuestra Señora de los Dolores, alías el Ojo de Agua.
Sem títuloDoña Teresa Fernández de Torres y Peña, mujer de don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente General en ella, con licencia del susodicho, vende a doña Josefa María del Castillo de Altra, mujer de don Francisco Pibot y Tapia, a saber una negra su esclava nombrada Manuela de los Dolores, soltera, que será de edad de diecinueve años poco más o menos, con un mulatillo su hijo nombrado Bernardino Tadeo, que será de edad de once meses, la misma que hubo y compró de don Francisco Mateo de Luna, Caballero de la Orden de Santiago, y de doña Josefa Dávila Galindo, su legítima mujer, vecinos de la ciudad de los Ángeles. La vende por esclavos cautivos sujetos a servidumbre, libre de deuda, empeño e hipoteca sin asegurarla de ninguna tacha, vicios, defectos ni enfermedades, al precio de 400 pesos de oro común en reales, horros de escrituras y alcabalas.
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