Don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeq [Coscomatepec], jurisdicción de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de don Manuel de Garaita y de doña María Álvarez Ricardo, su mujer, vecinos de esta villa, asimismo, en nombre de doña Ángela y de doña Josefa Ricardo, doncellas mayores de veinticinco años, sus hermanas, hijas y herederas del Capitán don José Álvarez Ricardo y de doña Isabel Noroña y Palacios, de quienes tiene recibido carta y poder; otorga que vende al Señor don Simón Modesto Venegas de Espinosa, Conde de la Mejorada, Vizconde de Santa Barvara [Bárbara], Gentilhombre de la llave dorada de Su Majestad, un sitio de tierra de ganado menor en jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, en un paraje nombrado Sitlatetelco [Sintlatetelco], que linda por la parte del sur con una barranca muy honda que llaman de Tenampacocatl; y por la del norte con otra barranca que llaman Jalatl [roto] con el pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] y en medio de dicho sitio de tierra está un cerrillo pelado que llaman Sintlatetelco, a manera de que fue hecho a mano, de que hizo merced el Excelentísimo Señor don Pedro de Moya de Contreras, Arzobispo de México, del Consejo de Su Majestad, su Virrey, Gobernador y Capitán General que fue de esta Nueva España, a don Antonio Reinoso, de dos sitios de estancia para ganado menor en los términos de dicho pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], de esta jurisdicción, y San Francisco Quitlatepeque, de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que se contienen de bajo del mapa que está con dicha merced, su data a los 20 de diciembre 1592, refrendada de Martín López de Gauna, cuyas tierras los padres de los poderdantes heredaron de sus padres, quienes las compraron a Francisco Bargayanta, vecino que fue del pueblo de Orizaba, cuyos títulos y escrituras entregan al comprador. La venta la hace con sus comederos, aguas, pastos, abrevaderos, cerros, barrancas y todo lo que le pertenece, al precio de 325 pesos.
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Don Manuel de Garaita y doña María Álvarez Ricardo, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan poder especial a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], para que en su nombre venda al contado o fiado un sitio de tierra poco más o menos, que doña María Ricardo heredó del Capitán José Álvarez Ricardo, su padre, las cuales están en la jurisdicción del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] jurisdicción de esta villa o de la Antigua Veracruz, y en caso de no venderlas las arriende por el tiempo y precio que ajuste.
Sem títuloEl Capitán Juan de Piña, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San José de Omealca en la jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, otorga poder general al Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre venda la dicha hacienda con todo lo que le pertenece al Alférez don José Gómez Dávila, vecino de esta villa en precio de 31 000 ciento y más pesos que importa el avalúo que se hizo de dicha hacienda, y están a censo cargados sobre ella por cuenta de mayor cantidad que le debe al Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de dicha ciudad de los Ángeles y Maestrescuela en ella, a quien se ha de obligar el comprador a pagar su principal y réditos, ínterin que no los redima.
Sem títuloEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa y la de Antigua Veracruz, dijo que viviendo su tío, el Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad don Baltazar González de Velilla Blanco, con su familia en el trapiche de San José de Enmedio, hizo donación de una esclava negra nombrada [ilegible], casada con José Hernández, esclavo mulato de su propiedad, a sus primas doña María Gabriela, doña Antonia María y doña Jacinta Micaela de Velilla Blanco, mayores de veinticinco años, hijas legítimas de dicho su tío y de doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, para el uso y servicio de ellas, por hacerles bien y buena obra, “doliéndome de su soledad y necesidad y no tener quien les sirviese”. Asimismo, dijo que estando las susodichas para salirse de su trapiche, después de haberles efectuado el pago de sus legítimas y tutelas, le pidieron que por excusar la inquietud que la dicha esclava negra pudiera tener estando retirada del dicho José Hernández, su marido, y para el mayor seguro del servicio de Dios Nuestro Señor y quietud de sus conciencias, les vendiese el dicho mulato; por lo cual, otorga que vende a doña María Gabriela, a doña Antonia María de Velilla Blanco y por lo que le toca a doña Jacinta Micaela, a dicho Baltazar González, su tío, el dicho esclavo mulato José Hernández, en precio de 350 pesos de oro común, de cuya cantidad se da por pagado con de un legado de 300 pesos que doña Nicolasa de Carvajal y Navarro, difunta, había hecho en su testamento, correspondiendo 100 pesos a cada una de dichas sus primas.
Sem títuloDon Manuel de Garaita, vecino y mercader de esta villa de Córdoba; doña María Álvarez Ricardo, su mujer; doña Ángela Ricardo, mayor de veinticinco años; y dicho don Manuel, en representación de doña Josefa Ricardo, doncella y mayor de veinticinco años; todas hijas del Capitán don José Álvarez Ricardo y de doña Isabel Noroña y Palacios, difuntos, otorgan poder a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepc] de esta jurisdicción, para que en nombre y en representación de sus personas pueda vender al contado o al fiado y por el precio que ajustare, un sitio de tierra de ganado mayor que poseen en jurisdicción de la Antigua Veracruz, propiedad que heredaron de sus padres.
Sem títuloEl Alférez don José Gómez Dávila, vecino de esta villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar, exhibió una escritura de venta a censo de una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Joseph [José] Omealca, en jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, que le vendió al susodicho don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la Puebla de los Ángeles, apoderado del Capitán Juan de Piña, en cantidad de 31 174 pesos que quedaron sobre dicha hacienda a censo redimible a favor del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Presbítero de la santa iglesia catedral de la Puebla, maestro de escuela en ella, y se obligó el dicho Alférez don José Gómez Dávila a pagar en fin de cada año 2 000 por cuenta de dicho principal y sus réditos, para lo cual hipotecó dicha hacienda y juntamente la de los Capitanes don Antonio de Leiva Esparragosa, don Nicolás Rodríguez Dávila y Juan de los Santos Cubillos; y la dicha escritura la exhibió para su registro en este libro del becerro. La escritura fue otorgada en la Puebla de los Ángeles en 13 de octubre de 1711.
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