Don Juan José y doña Mariana de Ledezma, de esta vecindad, otorgan que venden, ceden y traspasan realmente en favor de don Guillermo de Espino, una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, haciendo esquina al confín de la calle que nombran de la Pila de San Cristóbal y la de Cantarranas que atraviesa al arruinado molino de don José María de Goiri, que se compone de 19 y media varas de frente que lo hace a la primera hacia oriente y del otro lado casa arruinada del difunto don Miguel Viveros; y 32 de fondo por el rumbo del poniente, por donde linda con terreno que fue de Ana González; por el costado del norte linda con el de casa y solar de doña Andrea Dorotea Hernández; y por el del sur hace otro frente a la calle de Cantarranas y del otro lado cada de los herederos de don José Francisco Rivera. Cuya deslindada casita es la misma que a expensas fabricaron sus padres don Pascual de Ledezma y doña María Antonia del Castillo, en parte de terreno que ésta adquirió por muerte de los suyos. La venta la hace por el precio de 300 pesos al contado.
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Don José María de Goiri, de esta vecindad, otorga que vende en favor de don Juan Gil Franco, también de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo, ubicado en esta villa, haciendo esquina en la segunda cuadra de la callejuela que nace en la de San Cristóbal, para el costado del arruinado cuartel de Santiago y otra que nace en la plazoleta de las gradas de San Francisco, para la huerta del vendedor y calle de Cantarranas; que se compone de 33 y media varas de frente, hacia el norte en la primera calle y del otro lado casa de don José Cristóbal Capetillo; y 35 varas de fondo hacia el sur, por donde linda con terreno de Pablo Romero, por donde acaba con una cuchilla que hace 4 varas, más ancho que en el frente; por el costado del oriente, linda con terreno del vendedor y por el del poniente a la otra callejuela y terreno y casita del que compra. Cuyo deslindado terreno es una remota parte del que hubo por muerte de su padre don Manuel de Goiri, quién lo compró de los bienes del difunto don Francisco Maniau, en esta villa a 11 de octubre de 1807. Lo vende en precio de 70 pesos, los cuales declara haber recibido en reales de contado.
Sem títuloDon José Antonio Medina, de este comercio y vecindad, otorga que vende, cede y traspasa realmente y con efecto en favor de don José Ignacio Sánchez, vecino del pueblo de Teocelo, de este partido, una casa de paredes de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera y teja que posee en esta villa, formando la primera esquina de las calles de la Amargura y de San Francisco, que sale de esta plaza Principal para el barrio de Santiago, se compone de 35 y 2 tercias varas de frente hacia el oriente y del otro lado el costado y cementerio de la iglesia parroquial en la primera calle; y 36 y tercia de fondo hacia el poniente, por donde linda con el costado de la de don Joaquín de Tajonar, que antes fue de don Tomás Murphy; por el costado del sur hace el otro frente a la otra calle y del otro lado la boca de la calle de la pila de San Cristóbal y cementerio de la iglesia de San Francisco; por el costado del norte linda con el de la casa que fue del cura de esta villa, don Alonso José Gatica; cuya deslindada finca es la misma que hubo y compró de los bienes de la difunta doña Antonia Olmedo en 1820. Y ahora la vende al citado Sánchez, sin otro premio que el de 1 000 pesos que reporta en sí la misma finca al premio corriente de 5 por ciento que pertenecen a la capellanía que fundó don Manuel de Olmedo, por encargo y con dinero de don Francisco Echevestre; y por precio de 8 000 pesos, los 7 000 de ellos que el comprador ha dado y pagado; y los 1 000 restantes, que ha de continuar reconociendo sobre la misma finca, pagando sus premios al capellán que hoy es y adelante lo fuere, sujeto siempre al contenido de su fundación.
Sem títuloJosé de la Encarnación Bello, de esta vecindad, marido que fue de la difunta María Manuela Güette, dijo que su difunta esposa adeudaba al finado don José Francisco Rivera, que fue de esta misma vecindad, la cantidad de 64 pesos por medio de una obligación o fianza a la que se constituyó por su primer marido; y no habiendo dejado aquella heredero alguno ascendente ni descendiente, el compareciente ha deliberado, enajenar la casa que adelante se hará mención, hipotecada a estos créditos, para liberarse de los reclamos que le hacen. Por tanto, ha convenido con los herederos del acreedor la enajenación de dicha casa. Y reduciéndolo a efecto otorga que vende en favor de los herederos de don José Francisco Rivera, una casita que es de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la última cuadra de la calle que nombran de Cantarranas a vuelta a la derecha del confín de la de San Cristóbal, que se compone de 10 y cuarta vara de frente, que lo hace en dicha calle hacia el sur, y del otro lado casitas y terreno que quedó por bienes del mismo Rivera, y 46 de fondo, incluso un pedazo de solar, que lo hace al norte, por donde linda con terreno que fue del finado don Francisco Javier Sáenz de Santa María, por el costado del oriente, linda con el de casa que fue del difunto Pascual de Ledezma y por el del poniente, con casa de madera de Trinidad Rivera y Viveros. Cuya deslindada casita es la misma que la referida su esposa por conducto de don Mariano Cadena, hubo y compró a Francisco Antonio Campos de esta vecindad, su fecha el 4 de octubre de 1811. La venta la hace por el precio de 100 pesos, 64 de ellos, que se adeudaban y los 36 restantes le han dado y pagado a la viuda e hijos de Rivera en reales de efectivo.
Sem títuloEl ciudadano Isidro Alba, de esta vecindad, dijo que posee por suya propia una casita de rajas con cubierta de madera y teja, ubicada en terreno perteneciente a don Miguel del Valle, situada en la calle de San Cristóbal, con su frente al oriente por dicha calle, lindando por norte con casa de Gertrudis Rivera, por sur con casa de Félix Castellanos y por poniente coge el sitio o terreno hasta la otra calle que del convento de San Francisco baja para el barrio del Molino. Y como legítimo dueño de ella otorga que la vende a doña Micaela Reyes en precio de 100 pesos, de cuya suma se da por entregado a su entera satisfacción.
Sem títuloEl Presbítero don José Vicente de Espino, como curador ad bona de don Francisco Ciriaco de Espino y Soria, instituido y nombrado como tal por don Guillermo de Espino, su padre, en la décima cláusula de su testamento; dijo que don Francisco Ciriaco es dueño de una casa y que hallándose ella en inminente peligro de ruina y no teniendo proporciones para repararla, por hallarse su menor escaso de dinero, ha meditado que la única opción que le queda para salvar el caudal del menor, es vender la finca. Por lo cual, otorga que vende a don Jorge de la Serna, para doña Micaela Torres, doncella de esta vecindad, una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta ciudad, haciendo esquina al fin de la calle que nombran de la Pila de San Cristóbal y la de Cantarranas que atraviesa al molino de don José María de Goiri; la cual se compone de 19 y media varas de frente, que lo hace a la primera hacia el oriente y del otro lado casa arruinada del difunto don Miguel Viveros; y 32 varas de fondo por el rumbo del poniente, por donde linda con terreno que fue de Ana González; por el costado del norte linda con casa y solar de doña Andrea Dorotea Hernández; y por el sur hace otro frente a la calle de Cantarranas y del otro lado casa de los herederos de don José Francisco Rivera. Cuya casa deslindada la hubo y compró don Guillermo de Espino, padre de su cliente, de don Juan José y doña Mariana de Ledezma y se la adjudicó al menor don Francisco Ciriaco de Espino y Soria, en parte de su legitima paterna. La cual vende en precio de 700 pesos que declara haber recibido.
Sem títuloLa señora doña María del Rosario Zapata, de esta vecindad, mayor de edad, libre de ajena administración, como apoderada de doña Guadalupe Aravalles y Casanova, vecina de la ciudad de México, otorga que vende a don Manuel Patiño, dos casitas contiguas que están situadas en la esquina de la calle de San Cristóbal y calle de Tecuanapa, de las cuales, la primera tiene por la línea de la calle que llaman de la Pila de San Cristóbal, 14 y tres cuartas varas que se estiman como frente al poniente, y del otro lado la cerca del convento de San Francisco, la cual latitud se va ampliando hasta 22 y tres cuartas varas que se le miden en el extremo de su fondo, haciendo este costado a la casita segunda, y por la calle de Tecuanapa tiene la casita primera desde la esquina de San Cristóbal, hasta el lindero de la casita segunda 35 varas, lindando la primera por el norte con patío de las casas consistoriales, por el sur con la referida calle de Tecuanapa; y por el oriente con la enunciada casita segunda, que ésta linda por oriente con el hospital; por el norte con patio de las casa consistoriales y en una parte muy pequeña con dicho hospital; por poniente con la casita primera; y por el sur con la calle de Tecuanapa, con la cual hace su frente, midiendo éste 14 y media varas y su fondo 22 tres cuartas varas. Las vende en precio de 700 pesos.
Sem títuloDoña Andrea Dorotea Hernández, de esta vecindad, dijo que a los 30 días del mes de marzo de 1805 doña María Antonia del Castillo le vendió a la comparente un solar ubicado en la calle que nombran de San Cristóbal con 21 varas de frente y 32 de fondo, en el cual fabricó la relacionante una casita baja cubierta de madera, ladrillo y teja, siendo su lindero por oriente que es su frente la citada calle de San Cristóbal, y del otro lado solar de Laureano Taboada; por su fondo que es al poniente linda con casa y solar que al presente es de María Dominga Serrano; por el costado del norte linda con solar de don Miguel del Valle, y por el costado del sur con casa que fue de don Guillermo de Espino y hoy le está adjudicada a su hijo don Francisco. Que en la presente fecha tiene pactada la venta del sitio y la casa con el Licenciado don Antonio María de Rivera en precio de 600 pesos al contado, en el concepto que dicha casa se halla libre de todo gravamen, pues el que tenía a favor de la cofradía de la Purísima se ha cancelado. Por lo que en el modo más oportuno otorga que vende al nominado Licenciado Antonio María de Rivera la casa que queda deslindada en precio de 600 pesos de los cuales se da por entregado.
Sem títuloDon Juan Gil Franco, de esta vecindad, vende a favor de don Juan Marcos Sánchez, de esta vecindad, un lote para fabricar con 33 y media varas de frente, que lo hace al norte con las calles que lo hacen de la de San Cristóbal, una que va para el costado del cuartel de Santiago, y la otra de la plazoleta de las gradas de San Francisco, y baja para la huerta que fue de don José María de Goiri a la que hoy llaman de Obrero Mayor, y del otro lado, casa del finado don José Cristóbal Capetillo, y 30 de fondo del sur, por donde linda con terreno de Pablo Romero, y acaba con una cuchilla que le da 4 varas más de ancho que en el frente, por el oriente linda con solar de la viuda Jacinta Vázquez, y por el poniente a otra callejuela, con terreno y casita del vendedor. Cuyo deslindado terreno, lo hubo y compró del mencionado don José María de Goiri, por escritura de 25 de noviembre de 1825, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña, y es el mismo que hoy vende a don Juan Marcos, por el precio de 75 pesos.
Sem títuloEl ciudadano Juan Manuel Ruiz, vecino en el molino de San Roque alias Pedreguera, presente en este suelo, dijo que doña Ana Antonia Gandurini, residente en México, es dueña legítima de una casa de material con cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran de la Pila de San Cristóbal, con la cual hace su frente al poniente y del otro lado casas que pertenecen a don Miguel del Valle, linde por su fondo al oriente con solar de los Viveros; por el costado del norte linde con solar de Juana Baizabal y por el costado del sur con casa y solar de Laureano Taboada. Dicha casa la hubo la Gandurini por compra que de ella hizo a Luis, José María, María Josefa y Ana María Camarillo. Que teniendo necesidad la Gandurini de venderla se valió del comparente para que tratara la venta y de facto la tiene convenida con el ciudadano Isidro Alba. Que no pudiendo venir dicha propietaria a otorgar la escritura le ha dirigido al relacionante un papel en que lo faculta. Y para poder formalizar la presente escritura, el nominado ciudadano Juan Manuel Ruiz a nombre de la repetida doña Ana Antonia Gandurini otorga que le vende y con efecto al supradicho ciudadano Isidro Alba la casa que queda deslindada en precio de 400 pesos.
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