COMPAÑÍA DE JESÚS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0062 · Item · 1718/09/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Tehuacán, hijo de Diego Millán y doña Hipólita Vázquez de Ávila, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en el convento del Señor San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de Los Dolores. Señala habrá tiempo de treinta y seis años poco más o menos que contrajo matrimonio con doña Sebastiana Cid, y él tenía de capital 300 pesos y su mujer no llevó dote alguna, de este matrimonio procrearon 8 hijos. Declara por bienes suyos las casas de su morada, una ubicada en la calle Real con el menaje que hay en ella, otra que compró del Capitán don Nicolás Rodríguez, otra más que está frontero al convento y junto a ésta se encuentra incorporada otra casa chica. Declara le son deudoras algunas personas dentro y fuera de esta villa, de las cantidades de pesos que constan en el libro de cuentas de una tienda que tiene de mercancía con géneros de Castilla y de la tierra en esta villa. Declara que el señor alcalde le debe 550 pesos. También, declara tiene de censo 790 pesos sobre las casas que compró de dicho Nicolas, de aceite de la lámpara de la Tercer Orden. Asimismo, tiene un rancho de tabaco en arrendamiento y declara debe 50 pesos hasta que se discierna a quien pertenecen las tierras en que lo tiene fundado, y en éste tiene cuatro casas, herramientas y una rosa para sembrar tabaco, además, otros bienes, esclavos y animales que se mencionan en esta escritura. Declara tiene veinticinco toros en poder de don Francisco Valero y Alvarado. Nombra por sus albaceas a doña Sebastiana, Bachiller don Pedro Franco de Guzmán y al Capitán don Gaspar Rendón, y solo por tenedora de bienes a doña Sebastiana. Manda que del remanente del quinto de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas para que a su título se ordene del sacro presbiterato Antonio Millán, su hijo, que se halla estudiando en la Compañía de Jesús de la ciudad de los Ángeles. Nombra por sus herederos a sus hijos, señalando que a la difunta su hija Juana Millán Quijada, mujer que fue de Juan Rodríguez Teiseira, le dio lo que constará por sus libros de cuentas. Nombra a Sebastiana por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0104 · Item · 1720/09/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana de Pedraza, natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Antonio de Pedraza y de doña Ana [García] de Meza, difuntos, viuda del Alférez Antonio Muñoz de Anaya; otorga poder al Capitán don Juan de Meza y Ascanio, marido de su hija doña Catalina Muñoz de Pedraza, y a José Muñoz de Anaya, también su hijo, para que en su nombre hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara haber contraído matrimonio con el Alférez Antonio Muñoz de Anaya, difunto, con quien procreó a Catalina Muñoz, de treinta años; al Padre Antonio Muñoz, de la Compañía de Jesús, de veintiocho años; a José Muñoz, de más de veinte años; a doña Polonia, de dieciséis años; y a Alonso, de quince años. Nombra albaceas testamentarios al Capitán don Juan de Meza y Ascanio y a José Muñoz de Anaya, sus hijos. Nombra herederos sus hijos y como tutor y curador ad bona de los menores a dicho don Juan de Meza y Ascanio.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0129 · Item · 1709/11/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa de Córdoba y Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, otorga poder general, en primer lugar, al Muy Reverendo Padre Alonso de Quiroz, de la Compañía de Jesús, Procurador General en la Procuración de las Indias en la villa de Madrid Corte de Su Majestad de las provincias de la Compañía de Jesús de esta Nueva España; y en segundo lugar, al Señor Doctor don Juan de Oliván, Oidor Electo de la Real Audiencia de México, residentes en dicha villa de Madrid, para que en su nombre parezcan ante el Rey Nuestro Señor en su Real y Supremo Consejo de Indias y pidan se sirva de honrarle, atento a sus méritos y servicios, en el empleo que fuere servido según la instrucción y cartas que les remite, y conseguido saquen y ganen los títulos y Reales Cédulas que convengan para su ejercicio. Asimismo, para que lo obliguen por las cantidades correspondientes para dicho empleo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0129 · Item · 1707/09/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don José Rodríguez de la Peña, residente en esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y [María] Rodríguez de Abello, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que manda se den 300 pesos a Isabel de Guzmán, su ahijada, hija legítima de Lorenzo de Guzmán y de Josefa Martínez Calzadilla. Declara que es capellán y patrono de una capellanía que instituyeron por sus almas Pedro Calderón y María de Arrati, vecinos que fueron de Veracruz, sobre unas casas principales que hacen frente con las casas de cabildo, cuya dotación es de 4 000 pesos de principal, con cargo de cincuenta misas rezadas en cada año; y usando la facultad que el derecho le permite, declara que hizo renuncia de la capellanía en el Bachiller Miguel de Guzmán, su ahijado, hijo legítimo de Lorenzo de Guzmán y de Josefa Martínez Calzadilla, vecino de esta villa de Córdoba, y por su fin y muerte, nombra a otras personas que se mencionan en la escritura, y nombra como patrones de dicha capellanía a los padres rectores que son del colegio de la Compañía de Jesús de la ciudad de la Nueva Veracruz. Declara que, en poder de Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa, paran en su poder 400 pesos en reales de la redención de un censo. Nombra albacea a su compadre Lorenzo de Guzmán y al Alférez Pedro Fernández de Ves y Segura, y debido a que no tiene heredero forzoso, nombra su alma como heredera universal.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0043 · Item · 1677/12/4
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de Juan García de Arroyo y de Juana de Vozmediano, vecinos que fueron de la villa de Carrión, valle de Atrisco [Atlixco], de donde es natural el otorgante y vecino de esta villa de Córdoba, hace su testamento donde declara que la legítima paterna que le tocó por fin y muerte de su padre la renunció en sus hermanas Mariana, María y Petrona García de Arroyo. Declara [tuvo en] propiedad una capellanía de misas rezadas [que fundó] Bartolomé García de Coz [Cos], su tío, [en villa de Carrión], la cual dejó en propiedad a Nicolás García, hijo de su tío y de doña Ana Larios Penchi, por haber entrado éste como religioso de la Compañía de Jesús y ser el deudo más cercano a su tío. Declara que don Felipe Ramírez de Arellano, vecino de la villa de Atrisco [Atlixco], le es deudor de 200 pesos del corrido y renta de su capellanía, que esta impuesta sobre su hacienda de labor y casas. Declara por bienes una casa y solar en esta villa de Córdoba; una negra nombrada Catalina, de sesenta años; dos mulatos nombrados Diego de la Cruz, de quince años, y Miguel, de catorce años de edad; cuarenta y ocho libros grandes y chicos de diferentes materias, entre otro bienes. Ordena que después de su fallecimiento quede en libertad su esclava Catalina, por lo bien que le ha servido y por haberlo criado. Manda se le dé medio solar que tiene en esta villa a su ahijada Melchora, hija de Juan López de Villardoy e Isabel de Rojas, vecinos de esta villa, para ayuda a su casamiento. Deja la casa de su vivienda a la Concordia de San Felipe Neri de la ciudad de los Ángeles, para que sus prepósitos y consiliarios manden decir perpetuamente por su alma e intención una misa rezada cada uno de los doce meses del año. Manda que sus esclavos Diego y Miguel sean entregados a la Concordia de San Felipe Neri, para que sirvan en su iglesia por todos los días de su vida. Nombra como albacea testamentaria al principal [roto] que fuera de la dicha Concordia de San Felipe Neri [roto].

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