COLIPA, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0059 · Pièce · 1836/05/23
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Gutiérrez del Pozo, originario de las montañas de Santander en la península española, radicado y con comercio en el pueblo de Misantla, hijo legítimo de don Juan Gutiérrez y de doña Ramona Lloreda y Obregón, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con doña Ana Rafaela Gil de cuya unión tienen dos hijas, que lo son Romana de cinco a seis años y Donaciana de dos años. Declara que cuando contrajo matrimonio tenía de 7 a 8 000 pesos y su nominada esposa no llevó nada. Declara que los bienes que actualmente disfruta son una casa ubicada en el pueblo de Misantla, otra casa que construyó contigua a la anterior, un establecimiento de tienda en una de las casas referida, unas mulas de carga y los demás bienes que les consta a sus albaceas. Declara que habiendo fallecido en la otra América su tío don Ángel Lloreda y Obregón, parece que debe heredarlo. Declara que tiene tratado con los naturales de Colipa la compra de unos terrenos de propiedad particular de ellos en cantidad de 2 000 pesos. Declara que en poder de don Cayetano Nogueira de Veracruz tiene 800 pesos resto de la vainilla que le vendió este mes, que dicha vainilla fue de don José Policarpo Méndez y de don Gabriel Acosta. Declara que llevó compañía con don Bernardo Sayago de este comercio en un empleo de vainilla, de cuya negociación quedan instruidos sus albaceas. Declara que habiéndole comprado a la Hacienda Nacional 114 reses a 7 pesos cada una, tomó la mitad de ellas don Gabriel Acosta quien debe aún su importe. Declara haberle vendido a don Atanasio Orduña una fábrica de elaborar aguardiente, la cual fue de su propiedad, cuyo valor le resta aún Orduña. Declara que sus demás relaciones y créditos constan por sus apuntes y libros de gobierno. Ordena que el quinto libre de sus bienes se aplique a su esposa doña Ana Rafaela. Y en el remanente que quede libre de sus bienes instituye y nombra por sus universales herederos a sus dos hijas Romana y Donaciana Gutiérrez del Pozo y Gil. Y para cumplir su disposición nombra por sus albaceas a su esposa doña Ana y a don Manuel Antonio Ruiz; y nombra por tutor de sus dos hijas al presbítero don Francisco Antonio Gil.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0075 · Pièce · 1837/06/23
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Luna, de esta vecindad, se obliga de pagar a don Pedro Silve la cantidad de 968 pesos que en moneda plata recibió, más 54 pesos 6 y medio reales por réditos de ese capital. Suma que pagará a su acreedor, con vainilla de primera clase de la cosecha del año de 1838, a razón de 50 pesos el millar. Cuya entrega deberá hacer en el pueblo de Colipa, donde Silve la recibirá, y después conducirá por su cuenta y riesgo a Veracruz o donde guste. El otorgante, también se obliga, a que, si por alguna razón no tuviera efecto la entrega de dicho fructo en el tiempo estipulado, además de pagarle los 968 pesos 6 y medio reales, le satisfará los daños y perjuicios, que por esta falta se originen. Para seguridad de esta deuda, el otorgante hace hipoteca de dos casas de su propiedad, una ubicada en esta ciudad, en la calle de las Damas, haciendo esquina con esta calle y con el callejón de Salina, siendo su frente al poniendo, lindando por sur con casa de doña María Cruz, por oriente con otra de la testamentaria de don José Manuel Cruz y Bremont, y por norte con el referido callejón. Y la otra casa, es de zacate, ubicada en el pueblo de Colipa, en la calle del Calvario con su frente al sur, linde por oriente con casa de Antonio García, por norte con tierras del pueblo, y por poniente con casa de señora Florencia. Casas que se obliga a no vender ni acensuar, entre tanto no se cancele esta escritura.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0037 · Pièce · 1838/11/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro Silve y don Juan Luna, con sus hijos don Francisco Bonifacio y don Gabriel A. Luna, el segundo vecino de esta ciudad y los demás del partido de Misantla, de este departamento, mayores de veinticinco años de edad; dijeron que el primero es comerciante de vainilla y los Lunas cosecheros en tierras del pueblo de Colipa del citado partido; asimismo, dijeron que para que levanten la cosecha de vainilla en el año entrante de 1839, han contratado su venta con el mencionado don Pedro Silve, en las condiciones siguientes: 1.ª Los señores Lunas se comprometen a entregar al señor Silve 90 millares de vainilla fina a 50 pesos el millar y el zacate fino a 20 pesos, haciendo la entrega a satisfacción de dicho señor, en el tiempo de primero de abril al 6 de mayo. 2.ª El señor Silve se compromete a entregar la cantidad de 3 978 pesos 6 y medio reales, en la forma que se menciona en el acta. 3.ª Que los señores Lunas se comprometen a no vender ninguna vainilla tanto en el año entrante como en los dos siguientes. 4.ª Que los señores Lunas entregaran la vainilla en Colipa, recibiendo del señor Silve las cajas de madera y lata que necesiten y después conduciéndola los Lunas por su cuenta y riesgo hasta Veracruz.

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