El Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa y mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa, otorga haber recibido del Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, 500 pesos de oro común en reales, por incurrir en la pena convencional que el susodicho se impuso, de no jugar naipes ni dados, como consta en escritura que otorgó en esta villa con fecha de 28 de junio de 1706.
Sem títuloCOFRADÍAS
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El Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Tribunal de la Inquisición de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que por cuanto a tenido diferentes atrasos y pérdidas en su hacienda por ocasión de haberse constituido fiador de diferentes sujetos, gastando de su caudal sin que [roto], y para que en adelante no experimente semejantes [roto] ni atrasos, otorga se obliga a no ser fiador de persona alguna en esta villa ni en su jurisdicción, de ninguna cantidad de pesos ni otras cosas, bajo la pena que se impone de 2 000 pesos de oro común cada vez que lo hiciera, cantidad que aplica a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa.
Sem títuloEl Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero; don Francisco Valero y Espinosa y doña Juana Ramón y Espinosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que les confirió, por la presente otorgan su testamento de la siguiente manera: Declaran que el difunto dejó los siguientes débitos: 1 029 pesos que debía al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, de cuentas de capellán de la capilla por doce años; 9 200 pesos de principal que está sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua, y los debía a los menores hijos del difunto Capitán don Antonio de Brito Lomelín, y un año de sus réditos; debía de una capellanía que esta impuesta sobre dicha hacienda, de 2 000 pesos de principal a favor del Bachiller don Juan de Aranda Gómez, difunto; le debía a don Juan de Godoy, Secretario del Ilustrísimo Señor Obispo de este obispado, 100 pesos de réditos de dicha capellanía; al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, 2 000 pesos de principal que están sobre dicho trapiche, y sus réditos; a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la parroquia de esta villa, 1 000 pesos de principal situados sobre dicho trapiche y un año de réditos; a los herederos del Capitán don Diego Salgado, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, 1 379 pesos 7 reales y medio de resto de cuentas como encomendero que fue de dicho difunto; al Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, 1 240 pesos de avíos para dicha hacienda; al Conde del Valle, don José Hurtado, 1 500 pesos; al Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, del diezmo del tiempo de su administración; al maestro José de Rivera, del arte de barbero, vecino de esta villa 100 pesos de una libranza; a don Miguel García de Monzaval, maestro de boticario, vecino de esta villa, por medicinas de su botica a dicha hacienda y gasto de casa; a Juan de Dios, maestro calderero, vecino de Orizaba, 16 pesos; entre otros débitos que se mencionan. Asimismo, declaran que al difunto le debían las siguientes personas: el Capitán Juan de Piña le debe 2 180 pesos procedidos del valor de la hacienda San José de Omealca, en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que le vendió el difunto; Antonio Riveron, vecino del pueblo de Orizaba, 500 pesos que quedaron debiendo los indios gañanes de la hacienda de Tecamaluca, que fue del dicho difunto; Diego Ventura Márquez, maestro calderero, vecino de esta villa; entre otros que se mencionan. Declaran que dicho difunto contrajo terceras nupcias con doña Juana Ramón y Espinosa, la cual declara haber llevado por dote 1 663 pesos como consta en recibo, más 300 pesos que le entregó el Marqués de Sierra Nevada, vecino del pueblo de Orizaba, albacea y heredero que fue de doña Clara de Mora y Medrano, de la obra pía que fundó la madre del Capitán don Juan González de Olmedo. Declaran que dicho difunto contrajo primeras nupcias con Juana de Gatica Padrón, y durante dicho matrimonio procrearon a doña Estefanía Gómez Dávila, mujer legítima de don Francisco Valero y Espinosa; y que también pasó a segundas nupcias con doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, con quien procreó a don José Gómez, de dieciséis años de edad, y a don Pedro Gómez, de trece años. Declaran que procreó con doña Juana Ramón y Espinosa, su tercera esposa, a Manuel José, de cuatro años de edad; a Juan, de tres años; a doña Mariana Gómez Dávila, de un año; y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declaran que, a dicho difunto, por ante Real Justicia de esta villa, le hizo cesión doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, viuda del Capitán Juan Rodríguez Durán, de la hacienda de trapiche nombrada Señor San Antonio, que quedó por bienes del Capitán don Antonio de Brito Lomelín, difunto, habiendo reconocido las tutelas que sobre dicha hacienda estaban a favor de los hijos y herederos de dicho capitán y las dotes de doña Gertrudis García y acreedores que había sobre dicha hacienda. Declaran por bienes de dicho difunto la hacienda nombrada San Antonio y una casa principal en esta villa. Los otorgantes se nombran como albaceas testamentarios; y por tenedora de bienes a doña Juana Ramón. Nombran como herederos universales a los hijos del difunto, y como tutor y curador ad bona de los menores a don Francisco Valero y Espinosa.
Sem títuloDoña María de Brito Lomelín, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, natural de ella, hija legítima de Salvador de Brito Lomelín y de doña María Andrea Rodríguez de Ortigosa, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 2 pesos de limosna a cada una de las 8 cofradías que están en la parroquia de esta villa, el Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de la Soledad, la Sangre de [roto] Rosario, Jesús Nazareno, Señor San José, la Pura y Limpia Concepción, las Benditas Ánimas del Purgatorio y San Juan Tetitlán de las Casillas. Asimismo, manda se saquen de sus bienes 200 pesos y de ellos se den 100 pesos a María de Brito y los otros 100 a Isabel de Brito Lomelín, hijas de Diego de Brito Lomelín, difunto. De igual forma se saquen de sus bienes otros 200 pesos y se le den 100 a Catalina de Pino y 100 a Antonia Gutiérrez, niña doncella, hija del Alférez Juan Gutiérrez. Dijo que habrá tiempo de cuarenta años que contrajo matrimonio con el Capitán Tomás López de Sagade, difunto, del que fue albacea, durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos al Alférez don José López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero, a don Alonso, don Tomás y don Juan López de Sagade, asimismo Presbíteros. Declara por sus bienes dos casas de cal y canto. Ítem, declara que fundó una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal sobre un trapiche nombrado San José, que al presente posee su hijo el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, y nombró por primer capellán al susodicho, como asimismo se nombró como patrona de ella. Nombra albaceas testamentarios al Bachiller don José López de Sagade, Alonso, don Tomás y a Juan López de Sagade Bugueiro, sus hijos, y sólo por tenedor a Juan López de Sagade. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes instituye y nombra por únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.
Sem títuloAntonio Amaro González, vecino de esta villa de Córdoba, tutor y curador ad bona de María, Josefa y Agustína Martínez Romano, hijas y herederas de Antonio Martínez Romano, dijo que por cuanto habrá tiempo de dos años que ajustó verbalmente de vender a don Luis Martínez de Figueroa, vecino de esta villa, un rancho que quedó por bienes de Antonio Martínez Romano. Dicho rancho se compone de una suerte de tierra, ubicada en la jurisdicción de esta villa, en el pago de Sacatepeque [Zacatepec], que por la parte de oriente linda con 2 suertes de tierra que quedaron de Juan Francisco, por el norte con los ejidos de esta villa, por el sur con otra suerte de tierra que fue de Pedro Rodríguez y al presente posee don Miguel Valero Grajeda, y por el poniente con los ejidos y baldíos de esta villa. Asimismo, dijo que la citada suerte de tierra fue comprada a dicho don Miguel Valero en cantidad de 260 pesos que quedaron sobre la citada suerte a censo, a favor de la cofradía del Patriarca Señor San José para la festividad del tránsito que se le celebra el 20 de julio; y dicha suerte hasta hoy la posee don Luis Martínez de Figueroa pagando sus réditos sin haber tenido título de propiedad. Sin embargo, dijo que al presente ha vendido el citado rancho a don Juan Dávila Barrientos, vecino de esta villa, quien le ha pedido le otorgue la venta como parte legítima. Y poniéndole en efecto, como tal tutor, otorga que vende a don Juan Dávila Barrientos, el citado rancho que se compone de la referida suerte de tierra, en la cual están cuatro pedazos de caña de sembradura y cuatro jacales. Lo vende en precio de 596 pesos de oro común, los 260 pesos que como va dicho están impuestos a censo principal a favor de la cofradía del Patriarca San José, los cuales se ha de obligar el citado comprador a pagar al Alférez Mayor don Miguel Valero como tal fundador y patrón de la obra pía; y los 336 pesos restantes que le ha dado y pagado.
Sem títuloFelipa Martínez Carenzo, viuda, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de Nicolás de Bolaños, su marido, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud del poder para testar que le otorgó, dijo que por cuanto su marido falleció el 19 de febrero del presente año debajo de la disposición de dicho poder para testar, por lo cual en su nombre otorga que hace su testamento en la manera siguiente: Declara que le comunicó el susodicho difunto dar a las ocho cofradías que están fundadas en la iglesia parroquial, las siete de ellas 4 reales y la de Nuestra Señora del Rosario 4 pesos. Ítem, le comunicó su marido dar 4 pesos al convento de San Antonio. Ítem, le comunicó que era su voluntad que del remanente del quinto de sus bienes se dé a Isabel, mujer legítima de Diego Martín Vanegas. Ítem, declara que fueron casados desde hace once años, durante su matrimonio han tenido por hijos legítimos a Bárbara Josefa de Bolaños, niña que será de dos años poco más o menos, y a José Jacinto de Bolaños que será de edad de siete meses. Ítem declara por bienes del dicho difunto una tienda de mercería y los demás bienes que tiene inventariados. Ítem, declara que su marido la nombró por su albacea testamentaria y tenedora de bienes, e instituyó por sus herederos a sus hijos legítimos y en atención a estar en edad pupilar, la nombró por tutora y curadora ad bona de las personas y bienes de los menores.
Sem títuloDon José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Santa Inquisición de esta villa de Córdoba, vecino de ella, dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que vende a doña Felipa Martínez Carenzo, viuda, vecina de esta villa, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, ubicada en la calle Real que sale de la plaza Pública y camino de la Nueva ciudad de la Veracruz, por una parte linda con solar eriazo y por el fondo con casa de Ignacia Díaz, hace frente calle en medio con casa de Domingo Merodio, la cual se compone de 25 varas de frente y 50 de fondo, que hubo y heredó de su padre el Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente. La vende en precio de 2 000 pesos de oro común, los 1 000 que quedan sobre dicha casa de principal a censo a favor de la cofradía del Patriarca San Joseph [José], sita en la iglesia parroquial de esta villa.
Sem títuloDon Nicolás de Nava y Mota, Cura Coadjutor del pueblo de San Pedro Hishuattlan [Ixhuatlán], de esta jurisdicción, registró un testimonio de una escritura, fecha en el pueblo de Orizaba el 17 de marzo de 1722, cuyo testimonio a él parece signado y firmado el susodicho, y de él consta haber impuesto y cargado el Licenciado don Miguel Pérez, Clérigo Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de dicho pueblo de Orizaba, 300 pesos de oro común de censo principal redimible, en favor de las cofradías de Nuestra Señora y las Benditas Ánimas sitas en la iglesia parroquial de San Miguel Tomatlán, doctrina de San Pedro Ixhuatlán, conviene a saber los 195 pesos a favor de la cofradía de Nuestra Señora y los 105 a la cofradía de las Benditas Ánimas; cuyo débito impuso sobre todos sus bienes y especialmente sobre la casa de su morada en la calle que va de la plaza Pública para el convento de San Juan de Dios; y para que conste dicha escritura se registró en este libro de censo.
Sem títuloPedro Canales de la Feria y Medina, vecino [roto] y natural de la ciudad de los Ángeles, hijo de Esteban Alonso de la Feria y de Juana García Canales, difuntos, otorga su testamento en el que señala lo siguiente: A las mandas forzosas y acostumbradas, Casa Santa de Jerusalén manda a cada una un peso; y para la beatificación de Gregorio López manda se den de limosna 4 reales; manda se digan veinticinco misas rezadas por su alma y la de sus padres; manda se den 10 pesos de limosna a la cofradía de la Purísima Concepción de esta villa. Declara estar casado con María de Suñiga [Zúñiga], y durante dicho matrimonio procrearon a Pedro Canales, niño de dos años de edad. Ítem declara que al tiempo y cuando contrajo matrimonio la dicha su mujer trajo por su dote 160 pesos. Ítem declara por sus bienes los muebles y menaje de la casa, [una mulata] nombrada Magdalena que será de veinticinco años y su hija nombrada Theresa [Teresa] de dos años poco más o menos; otro negro nombrado Gerónimo [Jerónimo] de veinte años poco más o menos. Ítem declara le deben diferentes cantidades de pesos Salvador Chacón; el Alguacil Mayor Juan de Soto [Noguera]; Juan Bautista de Ríoseco y Sierra Valle; Simón Trujillo; y el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de ésta villa. Nombra por albacea testamentaria, tutor y curador a la dicha su mujer, y del remanente que quedare de sus bienes nombra por único y universal heredero a su hijo Pedro Canales.
Sem títuloBernardo de Roxas [Rojas], vecino de esta villa de Córdoba, y natural de San Pedro de Quemades [sic] a Raya [Frontera] de Galicia y Portugal, hijo de Agustín Rodríguez y Cathalina [Catalina] Domínguez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que se cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa. Ítem manda que de sus bienes se den 4 pesos para la obra material del convento de San Antonio que está en esta villa. Declara que fue casado con Melchora de los Reyes, quien llevó de dote al matrimonio cuatro machos aparejados, que valían 100 pesos, y él tenía de caudal hasta 500 pesos. Durante el matrimonio procrearon a Isabel de Rojas la cual puso en estado con Juan López de Villardoy. Ítem declara por sus bienes la casa de su morada de piedra y madera, con medio solar en que está edificada, con 25 varas de frente y 50 de fondo; tres esclavos; dos pilas de tabaco; [roto] cargas de harina; una tiendecilla de géneros comestibles; un rancho en el que tiene dos caballos y una mula, jacales de vivienda, herramientas, una troje de maíz mazorca que tendrá 80 o 90 fanegas poco más o menos. También declara por más bienes 400 pesos en reales que tiene en su caja, su ropa de vestir y trajes. Declara como sus deudores a Juan de la Cruz de cargas de tabaco; a Salvador de Urieta de 24 pesos; al Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera de 40 pesos; a Juan de Alcalá de 40 pesos; al Capitán Lope de Yribas [Iribas] de 100 pesos, y a otras personas más, a los que manda se les cobre. Señala que él solamente le debe 8 pesos a la cofradía de Nuestra Señora del Rosario, sita en el convento de Santo Domingo de la ciudad de los Ángeles. Nombra por albacea testamentario, cumplidores y pagadores a Isabel de Roxas [Rojas], su hija, a Juan López de Villardoy y a Francisco Machado, sus nietos, a quienes también les da poder de albaceazgo. Por último nombra por su universal heredera a Isabel de Roxas [Rojas]
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