Don José María Ponce de León, alías Mora, vecino de Jalapa, otorga que vende a don Francisco del Día, Mayordomo de la Cofradía del Carmen, la cantidad de 200 pesos que carga sobre sus casas a censo redimible con réditos del 5 % anuales; la primera casa es de paredes y tejas ubicada en el barrio de arriba de la plazuela, la cual tiene de frente 23 varas y 51 ½ de fondo y la compró al Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier; la otra casa está en solar que compró a Ángela Francisca del Pino, como albacea, tenedora y heredera del difunto don Bartolomé Salvo.
COFRADÍAS
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Dionisia Salazar, junto con sus hermanas María Salazar y Petrona Salazar, vecinos de esta jurisdicción, otorgan que venden a don Miguel Eustaquio Cardeña, Escribano Real, un solar de 50 varas de frente y 100 de fondo; linda al norte, oriente y sur con tierras de la Cofradía de la Concepción de la antigua parroquia, al poniente con otro medio solar; la venta se hace en 50 pesos de oro común, cuya propiedad su difunto bisabuelo heredó a su hija y abuela de los otorgantes doña María Flores y esta heredó igualmente a su hija y madre de los otorgantes doña María del Carmen Reyes
Don Pedro Miguel Martínez, vecino de Jalapa, actual Mayordomo de la Cofradía de la Concepción, y con anuencia del Rector Alonso José Gatica, otorga que vende a don Joaquín Toraño, un solar que por el poniente hace frente con la calle que llaman de San Francisco de Paula y tiene 24 varas, por el sur con la calle que va la tenería con 29 ½ varas, por el oriente con solar de Jerónimo Lozano con 19 varas y al norte con tierras de dicha cofradía. La venta se hace en 100 pesos a censo redimible del 5% anuales.
Don José María Rodríguez Roa, actual mayordomo de la cofradía del Divinísimo Señor Sacramentado de esta parroquia, dijo que desde el año de 1829 se le vendió a don Juan Bautista de Lezama por el mayordomo que a la vez era de dicha cofradía, un solar con los nacimientos de agua que le pertenecen. El cual está ubicado en esta ciudad a la calle que va a salir a los lavaderos de Techacapa, lindando dicho solar por oriente con sitio de don Manuel María Carasa, por sur con calle que de la plazoleta del puente de Lagos guía a salir a la calle principal, por norte con dicha calle del puente de Lagos, y por poniente forma una diagonal en la referida plazoleta, siendo la figura del solar la que manifiesta el diseño que se agrega, con expresión de las dimensiones. Que en la esquina de los linderos de oriente y norte hay una caja o toma de agua perteneciente a la casa del finado don José Ignacio Esteva, cuya caja o toma es servidumbre que tiene el solar, que en éste hay varias casitas pertenecientes a extraños dueños, quienes pagan cierta pensión por el piso. Cuyo mencionado solar, se le vende al dicho señor Lezama, con el agua que le pertenece y bajo la servidumbre a que está sujeto, en precio de 150 pesos, que reconocerá perpetuamente, pagando anualmente el respectivo rédito de 5 por ciento.
UntitledDon Juan Ruiz dijo que, por fallecimiento de su padre, don Diego Ruiz, le quedó por herencia un solar de laborío, ubicado en esta ciudad, en el barrio de los Berros, con 40 varas de frente hacia el oriente, con calle que baja de la de los Mafra [Mafara] para el llano de los Berros; y 65 varas de fondo, lindando por el norte, poniente y sur con tierras de la cofradía de la Purísima Concepción de esta parroquia. Y como dueño legítimo, otorga que vende dicho solar a don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete en precio de 150 pesos.
UntitledEl señor cura de esta feligresía, vicario foráneo, presbítero don José Francisco Campomanes, como rector de la cofradías y obras pías, otorga que acepta la adjudicación de una casa, que hizo don Sebastián Betancourt a favor de la cofradía de Ánimas, por escritura con fecha en esta ciudad a 25 de febrero pasado, como pago que hizo a dicha cofradía por 986 pesos 2 reales 6 granos, cuya casa se ubica en la loma nombrada de los Berros.
UntitledJorge Hernández, residente en esta villa de Córdoba, natural de la villa de los Rosales en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Jorge Hernández y María [González], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que su cuerpo sea sepultado en la [iglesia] de esta villa. Menciona que debe a Juan del Hoyo, Francisco Hernández, a los herederos de Gaspar de Contreras y a un mozo llamado Francisco. Señala por sus bienes 6 000 pesos en reales, que están en poder del labrador Pantaleón Gómez en la Ciénega de Guaxocingo, de los cuales le tiene prestados 1 400 pesos en reales como constará de cédula. Manda se den 20 pesos a la cofradía de las Ánimas del Purgatorio y a la del Santísimo Sacramento; a la niña Juana que está en casa de Sebastián de la Peña se le den 1 000 pesos. Nombra por albacea testamentario al Bachiller Diego Núñez Centeno, Beneficiado de esta villa de Córdoba.
UntitledEl Capitán Juan de Miranda [y Leiva], Alcalde [roto] de Córdoba, uno de los primeros pobladores de esta villa, hijo legítimo de Juan Díaz [roto] y de doña Bernardina de Leyva [Leiva], otorga su testamento en la forma siguiente: Declara que tiene deudas con Miguel Méndez, Diego Núñez Centeno, Toribio [García] y Juan García [de Miranda], sus hijos, y Tomás de Jáuregui. Manda se entreguen 10 pesos a la cofradía de las Ánimas del Purgatorio de esta villa. Declara [roto] tuvo cuentas con el Capitán Manuel Barbosa Cuello, vecino de Alvarado, de pescado que le dio. Menciona que para la obra de la iglesia parroquial de esta villa, [roto] se le encargó la fábrica para cobrar las mandas y gastar lo necesario, de lo cual hizo cuaderno de recibo y gasto. Declara que a él le deben Francisco Ramón Guzmán; Pedro Picaso [Picasso], dueños de carros de Orizaba; Juan Ruiz Durán; el Corregidor Alonso de [Guzmán], y otras personas a las que manda se les cobre. Señala por sus bienes dos solares que se le repartieron en la fundación de esta villa; [veinticinco] bestias mulares de carga; cabezas de ganado. Declara estar casado con Ana de Burgos Durán, dentro del matrimonio procrearon por sus hijos legítimos a María y Ana de Leyva [Leiva], que al presente están casadas con Juan García de Miranda y con Toribio García; a Joseph [José] de Leyva [Leiva] y a Juan de Leyva [Leiva]. Nombra por sus albaceas testamentarios a Juan García de Miranda y a Ana de Burgos; como tutora y curadora de bienes a Ana de Burgos Durán, y como sus universales herederos a Joseph [José] y Juan. Por otra parte menciona que a su hijo Joseph [José] lo deja a cargo de su recua. Finalmente manda se haga inventario de sus bienes.
UntitledMatheo [Mateo] Cano, vecino [de esta] jurisdicción, [como principal] y Francisco Becerra como su [fiador], se obligan a pagar 140 pesos de oro común a Juan Cid, vecino de esta villa y superintendente de la fábrica y obra de la iglesia de esta villa, por otros tantos que el [Reverendo] [roto] Brito, como albacea testamentario de don Bartolomé [Pérez], vecino que fue de esta villa, donó e hizo manda por el dicho [roto] la cantidad de 100 pesos para dicha fábrica; 20 pesos para la cofradía del Santísimo Sacramento; y 20 pesos restantes para la cofradía de las Ánimas, fundadas en esta villa. Cuyos 140 pesos proceden de otros tantos que Mateo Cano compuso de una deuda de 162 pesos que debía Bartolomé Arias, difunto, al dicho Bartolomé Pérez, por los cuales estaba embargada y detenida en esta villa la recua de Bartolomé Arias.
UntitledBachiller Jhoam [Juan] Bermúdez de Escobar, Clérigo Presbítero, hijo legítimo de Luis Felipe Bermúdez y María Blas de Escobar, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad e isla de la Palma una de las Canarias, de donde es natural, Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que después de su fallecimiento sus albaceas celebren misas por su alma; se den 2 pesos de sus bienes a las tres cofradías que están fundadas en la iglesia parroquial, la del Santísimo Sacramento, la Limpia Concepción y de las Benditas Ánimas del Purgatorio. Declara que fue casado con doña Andrea de Paz Monterrey y cuando contrajeron matrimonio doña Juana Ramírez, cacica de Tlaxcala, le dio en dote 3 000 pesos de oro, porque la había criado. Ordena que la herencia de sus padres la hereden sus sobrinos Manuel y María, hijos legítimos de Luis de Brito Bermúdez difunto y de Beatriz Bermúdez [de Escobar] su hermana. Declara que debe y le deben las personas que se mencionan en la escritura. Señala por sus bienes la herencia paterna y materna que le corresponde, un jacal que tiene en un rancho fundado en esta villa, ropa y menajes de casa. Nombra albaceas a sus compadres Diego de Brito Lomelín, Alcalde Ordinario de esta villa, y Salvador de Brito Lomelín; y como heredero universal nombra a su alma.
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