Don José de la Calle, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Pedro de Senande, para que pida, reciba y cobre cualquier cantidad de pesos, joyas, trigo, cebada, y otros productos provenientes de la Nao de China, y lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.
CHINA
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Manuel González, vecino de este pueblo, manifestó [roto] pesos de mercaderías [roto] y China para vender [roto] casa y tienda [roto].
Mateo, mercader viandante, manifestó 200 pesos de mercaderías de ropa de la tierra de Castilla y China para vender en este pueblo, asimismo el Corregidor le notificó acuda a pagar la alcabala de lo que vendiese.
Manuel González, vecino de la ciudad de los Ángeles, mercader viandante, en conformidad con el auto del 9 de febrero de este año, manifestó 800 pesos de mercaderías de China, de la tierra y de Castilla, para vender en esta jurisdicción y de lo que vendiere pagará la Real Alcabala.\n
Benito de Madrid, vecino de este pueblo, manifestó 800 pesos de mercaderías de Castilla, China y de la tierra de Campeche para vender en su tienda, y en esta cantidad entran 500 pesos que le trajo Francisco Benítez, su yerno, de la ciudad de los Ángeles y 6 arrobas de azúcar.\n
\nAgustín Masín, vecino de este pueblo, manifestó 100 pesos de jabón, azúcar y unas piececillas de China, para vender en su tienda y pagar la alcabala.\n
Antonio Bravo, de nación chino, y en lengua castellana dijo que se obligó a servir al capitán Agustín de Sotomayor y de la Mota, Alcalde Mayor de esta provincia, en todo lo que le quisiere ocupar durante un año, ganando un salario de 30 pesos de oro común.
Francisco Escalante y Esteban de Valladares, vecinos de Jalapa, formalizaron la constitución de una compañía sobre una tienda de ropa, mercaderías y otras cosas, durante dos años. En dicha compañía el primero puso 3 321 pesos de oro común en ropa de Castilla, de la tierra de china, otras mercaderías, reales y parte de una casa donde vive; y el segundo puso 700 pesos en alguna ropa, parte de una casa y su oficio de sastre; terminada la sociedad, cada uno sacará su principal y las ganancias se partirán por mitad.
Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, residente en Jalapa, y José Robledano de Cardeña, mercader de esta vecindad, dicen que tiene trabado y pactado con acuerdo y deliberación, el hacer compañía el uno con el otro para tener en el trato y contrato en mercaderías de Castilla, de la tierra de China y de otras partes, por lo que otorgan que hacen la compañía por 2 años que empezaron a correr desde el 16 de junio, con las cláusulas que se señalan.
Juan Ruiz, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Basilio Ruiz y doña Luisa de los Reyes, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural y Tercero Profeso de Hábito Exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Seráfico Padre San Francisco, ordena su testamento de la manera siguiente: Señala que le deja a sus albaceas la forma de su entierro, manda que se digan veinticinco misas rezadas por la pitanza ordinaria, diez por el alma de sus padres difuntos y cuarenta por aquellas personas a quienes puede ser de encargo; dos reales a cada una de las mandas forzosas y acostumbradas. Declara estar casado con doña Margarita de Cuéllar y al tiempo cuando contrajeron matrimonio la susodicha trajo a su poder en dote 500 pesos en reales y él no tenía ningún caudal, y durante dicho matrimonio procrearon como hijo legítimo al Padre Fray Francisco Antonio Ruiz, Religioso Sacerdote de la Orden de Nuestro Padre San Agustín, el cual durante su profesión renunció a los bienes de sus padres y posteriormente el otorgante lo excluye del derecho que pudiera tener en sus bienes. Declara que le resta debiendo 74 pesos a Manuel Francisco, mercader y residente en esta villa, por el valor de dos marquetas de cera de Castilla; a Juan Lanceta Osorio, vecino de esta villa, dos marquetas de cera de Castilla; a Gaspar Rendón, vecino de esta villa, una marqueta de cera de Castilla. Ítem, declara tener en su poder una marqueta de cera de China, manda se le entregue al Regidor don Miguel de Leiva, como Mayordomo que es de la Cofradía de la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María. Declara ser diputado de la Cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa, y de lo que ha sido a su cargo tiene dada la cuenta al mayordomo de ella. Nombra como albaceas a su mujer, doña Margarita de Cuéllar, y al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; como tenedora de sus bienes a dicha su esposa, asimismo, la nombra como su única y universal heredera.
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