Doña Juana y doña Micaela Pensado y Navarrete, hermanas y vecinas de esta ciudad, mayores de edad, libre de tutela y ajena administración, y don Francisco José Villa, mayor de edad, señalan son deudores a don José María Becerra de la cantidad de 9 000 pesos, resto de 13 000 pesos que importaron los efectos de que se habla la escritura de 21 de enero de 1832. Cuya cantidad se obligan de pagar al referido Becerra, o a quien en su lugar hubiere, en el plazo de tres años, contados desde esta fecha en adelante, junto con sus réditos del 5 por ciento anual. Para seguridad de la deuda, ratifican la hipoteca que tienen hecha, y de nuevo hipotecan y graban todos sus bienes en general, sin que una derogue a la otra, el referido rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, distante de esta ciudad, hacia el oriente, compuesto de 6 caballerías de tierra. Las cuales están demarcadas desde el arroyo de la Puentezuela hasta el de la Ciénega de Pajaritos, siguiendo su corriente de sur a norte, mirando frente el cerro de Cimarrontepec, hasta encontrar con el arroyo que baja de Agua Santa a juntarse con el de las Ánimas, uniéndose ambos con el de Pajaritos, lindando por la parte de afuera con tierras que poseyó don Juan Fernández de Becerra y compró el alférez don Bernabé Pérez Chamorro. Comprendiéndose en dicha hipoteca los caseríos ubicados en el terreno del mismo rancho, sus oficinas, aperos, utensilios, aguajes, montes, abrevaderos y cuanto de hecho y de derecho pertenecen. Cuyo fundo, hubo los otorgantes por adjudicación que le hicieron sus hermanos don José Catarino, don José Manuel Florencio y don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, doña María Margarita Barradas como viuda y albacea de don Cipriano Pensado y Navarrte, y los demás coherederos, como consta de escritura de primero de junio de 1829, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña.
UntitledCERRO DE CIMARRONTEPEQUE
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El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo ser legítimo dueño de la hacienda nombrada los Ojuelos está en términos de esta jurisdicción, hacia el rumbo del Encero, la cual se compone de 80 caballerías de tierra, que hacen dos sitios de ganado mayor, las que lindan por el lado del norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Maxtatlán, tierras de los Garcías y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla y es el rumbo por donde tiene más extensión, y de poniente a oriente, por el costado del sur lindan con el cerro que nombran Cimarrontepec, y siguen por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, y viene a cerrar por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta, a quien pertenecieron éstas en un tramo y las vendieron al finado presbítero don Francisco de Campo, quien se las vendió al que comparente y a don José Trabedra, en compañía, el 13 de septiembre de 1825, habiendo este último vendido también al otorgante su parte. Como legítimo dueño, otorga que vende a don Félix Antonio Olvera, el sitio que se ubica de la cuesta del Arco barranca abajo, a donde concluye la Barranca para la loma del Paxtle y de ahí río de los Otates para arriba hasta llegar a ponerse en paralelo con dicha cuesta del Arco, siguiendo de aquí a cerrar hasta el punto donde se comenzó; lindando dichas tierras demarcadas, por el oriente con las de don José Barradas, por el norte con las de Maxtatlán, por donde está el salto nombrado de la Mesa, por el sur con la barranca del Arco y del otro lado tierras de dichos Ojuelos, y por poniente que se halla una angostura con tierras de los mismos Ojuelos, no pudiéndose fijar el área plana que comprende por estar entre barrancas el terreno que queda dentro de dichos linderos. Lo vende en precio de 1 400 pesos. Asimismo, dijo que hace tiempo hizo trato de vender la hacienda a don Pablo Domínguez, quien prometió vender una parte del terreno de dicha hacienda a don Félix Antonio Olvera, ya por sí, si la compraba, o ya por el compareciente como legítimo dueño. Siendo estas tierras en cuestión las mismas que se trataron en dicha promesa.
UntitledDon Mariano de Campo, de esta vecindad, apoderado de doña Inés de Acosta, doña Petra Antonia Rodríguez, de esta vecindad, el Presbítero don Francisco de Campo, albacea de su difunta madre doña María Josefa de Acosta, y por doña Ana Petrona Borja, ausente, otorgan que venden al citado Presbítero las tierras que nombran de los Ojuelos, ubicadas en esta jurisdicción, inmediatas al Lencero, las cuales se componen de 80 caballerías. Lindan al norte con el paraje nombrado el Dominico, el Rosario, Mazatlán [Maxtatlán], tierras de los García y del Castillo, al sur con el cerro que llaman Cimarróntepeque y viene a cerrar con tierras de los Acosta. Las venden por precio de 3 000 pesos.
El Presbítero don Francisco de Campo, Clérigo Domiciliado del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, dijo que por cuanto don Miguel de Campo, su hermano, le debe a don Francisco de Paula Cortés la cantidad de 227 pesos, por la presente se obliga a que si el citado su hermano no satisface dicha cantidad con sus réditos de 5% anual en el término de 3 años, lo pagará el otorgante de su propio peculio y para seguridad del pago, hipoteca las tierras que tiene en términos de esta jurisdicción, nombradas los Ojuelos, las cuales lindan por el oriente con tierras nombradas el Dominico, las de los Acosta y Atexca; por el poniente con las del Castillo, las de los Garcías y Cimarrontepec; por el costado del norte con las de Maxtatlán y del Rosario; y por el sur con el Río del Castillo y el del Lencero.
El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, otorga que debe y se obliga a pagar al Presbítero don Cristóbal de Pitalua y Costa, ex cura de Tuxpan, residente en esta ciudad, la cantidad de 2 000 pesos que por vía de empréstito depósito irregular y causa de réditos de un 5 por ciento, que le ha dado en pesos fuertes a su entera satisfacción, cuyo pago hará dentro de cinco años contados desde hoy y en el ínterin sus correspondientes réditos del 5 por ciento anual. Y para seguridad hipoteca las tierras de labor que nombran los Ojuelos, ubicadas en este cantón, en las inmediaciones del Encero, compuestas de 80 caballerías que hacen dos sitios escasos de ganado mayor, y lindan por el norte con el paraje que nombran el Dominico, los trapiches del Rosario y Mastatlán, tierras de los Garcías y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla y es el rumbo por donde tienen mayor extensión; y por el costado del sur lindan con el cerro que nombran de Simarrontepec y sigue por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, cerrando por el oriente con las pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta. Cuyas tierras ya deslindadas las hubo y compró el otorgante y don José Iravedra del Presbítero don Francisco de Campo, por escritura que les otorgó en esta ciudad el 13 de septiembre de 1825 y, posteriormente, el comunero don José Iravedra vendió su parte al otorgante por escritura con fecha en esta ciudad a 4 de noviembre de 1827.
UntitledEl presbítero don Francisco de Campo, de esta vecindad, otorga que vende al presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, también de esta vecindad, las tierras de labor que nombran los Ojuelos, ubicadas en jurisdicción de esta villa, por el rumbo e inmediaciones al Encero [Lencero], que se componen de 80 caballerías que hacen escasos dos sitios de ganado mayor, las que lindan por el rumbo del norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Mastatlan, tierras de los Garcias y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla, y es el rumbo por donde tienen más extensiones; y de poniente a oriente por el costado del sur, lindan con el cerro que nombran Simarrontepeque [Cimarrontepeque]y siguen por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, y cierran por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta, a quién pertenecieron éstas en un tronco, y de quién las hubo y compró por escritura otorgada en esta villa el 13 de octubre de 1809. Las que ahora las vende al citado Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa en compañía con don José Iravedra, por precio de 2 000 pesos en reales de contado.
UntitledEl Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que según consta de escritura otorgada en 19 de octubre de 1816, doña Rita Méndez, doña María Dolores y doña María Vicenta Márquez, viuda la primera e hijas y herederas las otras dos de don José Antonio Márquez, recibieron de don Juan de la Cruz Sánchez como mayordomo hermano mayor de la cofradía del Santo Ecce Homo de esta parroquia, la cantidad de 200 pesos a depósito irregular con premio de un 5 por ciento anual, bajo la hipoteca de una casa propia que fue de dicho finado Márquez, ubicada en esta ciudad a la calle de Santiago, y que necesitando las Márquez dejar libre de gravamen dicha casa, han convenido de consentimiento del señor Cura Párroco de esta feligresía Presbítero don José Francisco Campomanes como Rector de cofradías y obras pías, trasladar dicha hipoteca por vía de subrogación sobre la hacienda de los Ojuelos propia del señor Ulloa, debiendo formalizar el correspondiente instrumento público. Y reduciéndolo a efecto el nominado señor Presbítero don Juan Nepomuceno otorga que se constituye responsable por los indicados 200 pesos de que se hace cargo como si de presente los recibiese en numerario efectivo, y se obliga a reconocer ese capital a favor de la enunciada cofradía del señor Ecce Homo en calidad de depósito irregular por el tiempo de siete años y a satisfacer el premio de 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad del pago hipoteca su hacienda nombrada de los Ojuelos, la cual solo tiene de gravamen 2 000 pesos en favor del Presbítero don Cristóbal de Pitalua y Costa y 400 al de la obra pía llamada de Santa Teresa de esta parroquia, cuya finca está ubicada en términos de esta cantón, feligresía del Chico, lindando por el rumbo del norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Mastatlán, tierras de los García y las del Castillo; y de poniente a oriente por el costado del sur lindan con el cerro nombrado Simarrontepec [Cimarrontepeque] y siguen por el cantil del Castillo los linderos hasta las tierras del Encero, y cierran por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta.
UntitledEl Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, dijo que es dueño del rancho nombrado los Ojuelos, ubicado en jurisdicción de esta ciudad, por mediaciones del Encero [Lencero], que se compone de 80 caballerías, que hacen dos sitios escasos de ganado mayor y linda por el norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Maxtatlán; tierras de los Garcias y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla; y es el rumbo por donde tienen más extensión; y de poniente a oriente por el costado del sur lindan con el cerro que nombran Cimarrontepeque y sigue por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero [Lencero]; y cierra por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta. Por la presente otorga que lo da en arrendamiento el rancho deslindado a don Pablo Domínguez, vecino de los Ojuelos, bajo las siguientes condiciones: 1.ª Que dicho arredramiento será por 7 años, los que empezaron a contarse desde el primero de noviembre de 1832, fecha en la que esta Domínguez en posesión de la finca. 2.ª Que por dicho arrendamiento pagará 800 pesos anuales pagados por medios años con puntualidad. Así mismo, expone que dicho precio no le incrementará ni lo removerá de la finca. 3.ª Que dicho arrendamiento comprende: las tierras, casa principal, casa de madera, dos platanares, 300 cabezas de ganado de fierro, 10 yuntas de bueyes, yeguas, caballos, potros, burros, ovejas, carneros, pollos y gallinas. 4.ª En caso de alguna seca en que peligre el ganado de la finca, el arrendador dará pastos con justo precio en la finca de la Yerbabuena. 5.ª Los inventarios de todo firmados por peritos valuadores y ambos contratantes se agregarán en hoja separada a la copia que le diese de esta escritura y se les dará la validez que si estuvieran insertados en ella; entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Y para mayor seguridad del contrato, el arrendador ofrece por sus fiadores a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad y a don Juan de Quero, de Dos Ríos, ambos presentes otorgan que se constituyen como tales fiadores.
UntitledDon Antonio Ribot, vecino de Jalapa, vende a don Juan Pérez Pensado, vecino de Jalapa, un rancho de nombre Ingenio Viejo, compuesto de 6 caballerías, las cuales comienzan desde el arroyo de las Puentezuelas hasta el arroyo de la ciénega de Pajaritos, frente a Cimarrontepeque que va a dar al arroyo que baja de Agua Santa, y llega a juntarse con el de las Ánimas, por la parte de afuera linda con tierras de don Juan Fernández Becerra. Cuyas tierras compró al Alférez don Bernabé Pérez Chamorro. La venta la hace en 4, 600 pesos.
Doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, de esta vecindad, mayores de edad y libres de matrimonio, de tutela y potestad; otorgan que deben y se obligan a pagar a don José María Becerra, de esta misma vecindad, la cantidad de 13 000 pesos valor de los efectos existentes en la tienda de comercio y almacén que en la calle principal de esta ciudad tenía el expresado don José María y que ha traspasado a las otorgantes, previo el conveniente avalúo y balance hecho por peritos a satisfacción de las comparecientes, cuya tienda las susodichas han entregado para su giro y manejo de cuenta de las tres a don Francisco José Villa, hijo de doña Juana. De los 13 000 pesos pagarán al señor Becerra 4 000 pesos en efectivo dentro de ocho meses; y los 9 000 pesos restantes en dinero en efectivo dentro de cinco años con sus correspondientes réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad hipotecan un rancho nombrado Ingenio Viejo a una legua distante de esta ciudad, compuesto de 6 caballerías de tierra, las cuales comienzan desde el arroyo de las Puentezuelas hasta llegar al arroyo de la Ciénega de Pajaritos, siguiendo su corriente de sur a norte, mirando frente el cerro del Cimarróntepeque hasta encontrar con el arroyo que baja de Agua Santa a juntarse con el de la Ánimas, uniéndose ambos con el de Pajaritos, lindando por la parte de afuera con tierras que poseyó don Juan Fernández de Becerra y compró al Alférez don Bernabé Pérez Chamorro; cuyo rancho solo está sujeto y gravado a 2 000 pesos de principal que reporta desde inmemoriales tiempos a favor del convento de San Francisco y otros 2 000 pesos a favor de doña María Margarita Barradas.
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