El Capitán Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval, su legítima mujer, vecinos de la villa de Córdoba, instituyen y fundan una capellanía de misas rezadas por sus almas, las de sus padres, hermanos y demás personas de su intención, con la dote de 4 000 pesos de oro común que aplican a censo redimible sobre una hacienda de hacer azúcar, nombrada San Miguel Azezenatl, jurisdicción de esta villa de Córdoba, compuesta de 14 caballerías de tierra, compradas por los otorgantes a los herederos de los fundadores de esta villa, la cual linda por el oriente y sur con tierras de los herederos del Alférez Mayor Juan García Valero; por el norte con tierras del pueblo de Amatlán, Joseph [José] de Olivera, Gaspar González y del Regidor Joseph [José] de Leiva; y por el poniente con baldíos de esta villa. Nombran por capellán propietario a Baltazar González de Velilla [Blanco], [su sobrino], [hijo de Francisco González de Velilla y de Melchora de los Reyes Blanco], Clérigo de menores ordenes, que actualmente está oyendo teología en los Reales Colegios de San Pedro y San Juan de la ciudad de los Ángeles, para que a su título se ordene de orden sacro hasta el presbiterato y la sirva por el resto de su vida. Como capellán propietario nombran a don Joseph [José] Sentís, hijo legítimo de don Antonio Sentís [de Ojeda] y de doña Ana González de Velilla, sobrina de los otorgantes, vecinos de la villa de Córdoba. Cuyos capellanes han de decir 80 misas rezadas cada año por las almas de los otorgantes y demás personas de su intención, percibiendo 200 pesos anuales por los réditos de dicho censo. Por otro lado, el Capitán Nicolás Blanco se nombra como primer patrón de la capellanía y en segundo lugar a Ana de Sandoval, su esposa, y por falta de ésta al Capitán Joseph [José] Blanco.
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El Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba y Teniente de Capitán General en ella, su partido y jurisdicción, otorga que vende al Gobernador, Alcaldes, Regidores y demás Oficiales de República, Común y naturales del pueblo de Amatlán de los Reyes de esta jurisdicción y a los que en adelante fueren, un corateral [colateral] de cedro labrado de escultoría de más de dos varas de alto en el cual está colocado el Dulcísimo Nombre de Jesús [roto] granadillo torneada con su colgadura de damasco encarnado [roto] sus colchoncitos, dos sabanas y almohadas, y en el remate de dicho colateral una hechura de bulto del Señor San Antonio de tres cuarta de […] con su peana dorada. Lo vende por libre de deuda, empeño e hipoteca, en precio de 150 pesos de oro común los cuales deben quedar a censo sobre dicho colateral. Dicho colateral se está colocado en el barrio nuevo que han fundado los naturales del citado pueblo de Amatlán con licencia del Virrey de esta Nueva España, en el puesto que llaman de Amayuca con el título del Dulcísimo Nombre de Jesús, con la obligación de que se han de mandar decir por su intención, por dicho gobernador, alguaciles, regidores y demás oficiales de república, común y naturales del pueblo de Amatlán, en cada un año dos misas cantadas por memoria y censo perpetuo, una el día de la circuncisión del Señor, primero de enero de cada año y la otra el día 13 de junio del Señor San Antonio de Padua. Es calidad y condición de esta escritura que cada y cuando que los naturales quisieren e intentaren sacar del dicho colateral las hechuras del Dulcísimo Nombre de Jesús y Señor San Antonio para ponerlos en otra parte fuera del dicho barrio, la presente escritura quedará sin ningún valor. Finalmente, estando presente don Miguel García Gobernador del citado pueblo, Marcos Flores, Baltazar [Alcalde Ordinario], Alcaldes, Juan Antonio, Miguel Hernández, Esteban de la Cruz, Francisco Antonio, Juan García [roto], Juan Francisco, Pascual Vázquez, Juan Gaspar, Andrés Lorenzo, Salvador de la Cruz, Alguaciles Mayores; don Diego Pablo Gobernador pasado; Gaspar Gregorio, Juan Mateo, Regidores pasados, por ellos y por los demás que los sucedan, otorgan que aceptan la escritura como en ella se contiene.
UntitledAntonio [de] Mayorga y Felipa de la Cruz, vecinos de esta villa de Córdoba, venden a Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, una hacienda de trapiche de hacer panelas nombrada San Francisco de Paula, en esta jurisdicción, al pago de la [Peñuela] compuesto por 3 y media caballerías de tierra, que linda por [roto] con una barranca que divide dichas tierras de las del pueblo de Amatlán y por las otras partes con tierras de los baldíos de esta villa, con todos sus efectos. Los otorgantes declararon que el trapiche les pertenece por compra que hicieron al convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México y sobre el cual está impuesto a censo principal redimible 900 pesos de oro común a favor de dicho convento, y ahora lo venden por precio de 2 400 pesos de oro común.
UntitledDon Hipólito del Castillo de Altra y doña Nicolasa del Monge y Mendoza, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, ella con licencia expresa de su marido para el otorgamiento de esta escritura, juntos de mancomún otorgan que venden a don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada San Francisco, en esta jurisdicción, que linda por el oriente con tierras del pueblo de Amatlán de los Reyes; por el norte con las del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda; por el poniente con tierras del trapiche del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza; por el sur con las del trapiche que fue de don Francisco de Santa Ana. Dicha hacienda es la misma que el Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y doña María Altamirano, padres doña Nicolasa del Monge, le dieron por dote al tiempo cuando contrajeron matrimonio. La venden con todas sus tierras, esclavos, aperos y demás bienes que se mencionan en esta escritura, en precio de 6 400 pesos de oro común, de los cuales 400 pesos que han de quedar cargados sobre sus tierras a censo redimible a favor de una capellanía que fundó Hernando Esteban Abad, difunto, y los 6 000 pesos restantes han de quedar cargados a censo sobre una hacienda hacer azúcar, propiedad de don Antonio de Leiva, en esta jurisdicción en el paraje que llaman Acatengo, nombrada Nuestra Señora de la Concepción, la cual tiene arrendada a Juan de los Santos Cubillos.
UntitledHernando Esteban Abad dijo que tiene y posee en esta jurisdicción caballería y media de tierra en el camino que va de esta villa al pueblo de Amatlán, las cuales lindan por el oriente con las tierras de Amatlán; por el poniente con tierras de Gaspar González; por el norte con tierra del Alférez Mayor Juan García Valero; y por el sur con tierras de Nicolás Blanco. Dicha caballería y media la vende a Francisco Díaz a censo redimible, junto con un apero de nueve bueyes mansos de reata y 42 pesos en reales, que con el precio de las tierras, apero y dinero se ajusta a 400 pesos, cantidad que ha de quedar situada a censo redimible a favor de Hernando Esteban Abad, para que cada año Francisco Díaz le pague 20 pesos de réditos, que es lo que corresponde a los 400 pesos a razón de veinte mil el millar.
UntitledFrancisco Díaz, vecino de esta jurisdicción, declara haber recibido de Hernando Esteban de Adab, vecino de esta jurisdicción, los títulos, escrituras, cartas de pago y demás recaudos de caballería y media de tierras que dicho Hernando Esteban le vendió al otorgante a censo por escritura hecha el 26 de abril de 1659, para que estén en su poder como titular de dichas tierras. Asimismo, menciona que las tierras están en esta jurisdicción, en la loma del pueblo de Amatlán, en el camino que viene a esta villa, las cuales Hernando hubo y compró a Juan Moreno Armario y María de Caizedo [Caicedo], su mujer, como pertenecientes a la susodicha y a Juan García [de Lara], su primer marido, en cuya mitad sucedió Francisco, hijo de los susodichos, a quien como heredero se le satisfizo por dicho Hernando Esteban Abad.
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