El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero [de] Grageda, Regidor Perpetuo y don Francisco Valero [y] Espinosa, otorgan que venden a don Francisco Pibot y Tapia, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Señor San José y San Juan, y las tierras en que estuvo fundado el trapiche de Santa Teresa ubicadas en términos de esta villa. Dicho regidor declara que la hacienda y trapiche la heredó de su padre don Francisco Valero y después la vendió a su hermano don Francisco Valero [Grajeda]; pero dicho Francisco Valero no pudo tomar posesión porque la hacienda y trapiche debía los réditos de 14 000 pesos de principal al Santo Tribunal de la Inquisición, en este sentido ambos decidieron venderla a dicho Francisco Pibot y Tapia, con aprobación del Santo Oficio. La venta incluye: las tierras de dicho trapiche en las que estuvo fundada la hacienda de Santa Teresa; unas licencias de trapiche y capilla; siete piezas de esclavos; veinticuatro machos, tres yeguas, ocho machos de carga; una carreta aperada con diez bueyes; la casa de calderas de cal y canto; dos calderas, una tacha, una refriadera, tres espumaderas, dos bombas, una repartidera, un remillón, una canoa de melar, canaletas y canos de recibir el caldo, la casa de trapiche, un asoleadero de cal y canto cubierto de tejamanil, la casa de purga, quinientas formas y porrones, una casa de vivienda, diez suertes de caña, un barbecho dispuesto para sembrar caña, entre otros géneros que se mencionan en la escritura. Lo venden todo por precio de 25 250 pesos de oro común en reales de contado, en la manera siguiente: 14 000 pesos de principal a favor del Santo Oficio; 2 540 pesos de principal de capellanía a favor del Licenciado don José Gutiérrez de Aguilar; 2 000 pesos para otra capellanía a favor de don Cristóbal Ladrón de Guevara; otros 2 000 pesos a favor de la madre Sor Isabel de la Encarnación, Monja del convento de San Inés de la ciudad de los Ángeles, su tía; 800 pesos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas de esta villa; 1 000 pesos a favor del Licenciado don José López de Sagade Bugueyro [Bugueiro]. Dichas cantidades quedan sobre dicha hacienda de principal a censo redimible de que hacen reconocimiento. Y 2 910 pesos que les ha dado y pagado en reales de contado.
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Don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba, y doña Josefa María del Castillo de Altra, su esposa, con licencia del susodicho, ambos en mancomún; dijeron que el Bachiller don José Valero Grajeda, Presbítero de este obispado y vecino de la ciudad de los Ángeles, en nombre de don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa y en el suyo, y el Doctor don José Valero Grajeda, Cura Beneficiado que fue de esta villa, en nombre del Alférez don Miguel Valero Grajeda; y en virtud de sus poderes comparecieron ante los señores inquisidores e impetraron el que de las cajas del Real Fisco se les diesen a sus partes la cantidad de 10 000 pesos sobre las haciendas y trapiches del beneficio de hacer azúcar que tienen en esta jurisdicción, que estaban avaluadas en grandes cantidades y solo con gravamen de 6 000 pesos; de cuya cantidad solicitada los señores inquisidores determinaron dar 14 000 pesos a censo redimible. Por lo cual, don Francisco Pibot y doña Josefa del Castillo, como principales, reconocen sobre la hacienda nombrada San Juan, San Joseph [José] y tierras de Santa Theresa [Teresa], que les vendió don Juan Valero, con todo lo que le pertenece; y sus fiadores don Diego de Altamirano, Juan Álvarez de Rivera y don Amaro José Bocarando sobre sus haciendas y rentas y las de don Hipólito del Castillo de Altra y sobre las casas de cal, canto y arena que tiene los principales en esta villa, la cantidad de 14 000 pesos de principal, reconociendo como dueño de dicha cantidad al Real Fisco del Santo Oficio de la Inquisición de esta Nueva España. Cuya paga harán los principales y por su defecto los fiadores, obligándose a que, dentro de cuatro años, que corren desde el día primero de enero del presente año, han de redimir de principal de 14 000 pesos. Para seguridad de esta paga, los principales y fiadores hacen hipoteca especial de la hacienda nombrada San Juan y San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] y territorio de Santa Theresa [Teresa] que se les fue vendida por don Juan Valero; la casa de cal y canto de doña Josefa María del Castillo de Altra, que tienen en esta villa de Córdoba; la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Saragosa [Zaragoza] en esta jurisdicción, perteneciente a don Hipólito del Castillo de Altra; y otra perteneciente a don Diego de Altamirano, nombrada Señor San Joseph [José]; y doña Josefa María del Catillo, señala su casa principal, baja, de piedra y madera, en la plaza Pública dicha villa, hipotecadas al principal y réditos, ínterin y hasta tanto que esté cubierto y pagado, no han de poder vender, donar, trocar, cambiar ni en manera alguna enajenar
Sans titreEl Capitán don Francisco Pibot y Tapia y doña Josefa María del Castillo de Altra, su mujer, con licencia del susodicho, ambos en mancomún, dijeron que hoy día de la fecha otorgaron escritura de reconocimiento de censo a favor del Santo Tribunal de la Inquisición de este reino y de su Real Fisco, de cantidad de 14 000 pesos, 7 000 de ellos a plazos por el tiempo de cuatro años y los otros 7 000 a censo redimible que están impuestos sobre el trapiche de hacer azúcar de San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] en esta jurisdicción, mismo que hubieron y compraron del Capitán don Juan Valero Grajeda. Trapiche que junto con el de don Hipólito del Castillo de Altra y el de don Diego de Altamirano, en esta jurisdicción, hicieron hipoteca especial a favor del Real Fisco y dieron por sus fiadores a los Capitanes Juan Álvarez de Rivera y Juan de los Santos Cubillos, y habiendo fallecido este último, los señores inquisidores mandaron a subrogar otro en su lugar, por lo que nombraron al Capitán don Amaro José Bocarando, vecino del pueblo de Orizaba. Por lo que, reduciendo a escritura, por la presente otorgan que si por razón de dicha fianza en algún tiempo el Capitán don Amaro José Bocarando pague o laste, ha de ser visto por el mismo haberle otorgado escritura de venta de una casa de cal y canto que tienen los otorgantes en esta villa, en la plaza Pública, la cual doña Josefa llevó de dote; y es voluntad de ambos, que en caso referido la halla y la tenga por suya o por los avalúos o vendiéndola en pública almoneda y si sucediere ser más cantidad la que lastare, en este caso obligan para su paga todos los bienes que posean al tiempo de ella y de no llegar a la cantidad de su valor pueda como dicho es, venderla o dejarla a censo redimible sobre ella o como mejor le pareciere, todo diferido lo que así pagare o lastare en el testimonio de lasto, su juramento y esta escritura, sin otra prueba de que le relevan.
Sans titreEl Capitán don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, otorga poder general a don Francisco Jerónimo Fernández de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de la ciudad de México, para que en nombre y representación de su persona siga y acabe cualesquier pleitos, causas negocios civiles y criminales que al presente tenga y en adelante tuviere. Asimismo, para que comparezca ante los señores inquisidores de esta Nueva España y pida se le apruebe el remate que se le hizo del rancho y tierras del Piñal, que quedó por bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, que se le adjudicó en pública subasta. También, pida se le dé aprobación y traspaso de la hacienda hacer azúcar nombrada San Joseph y San Juan [Hacienda San José y San Juan Bautista] y tierras de Santa Theresa [Teresa], que posee don Juan Valero Grajeda, Regidor perpetuo de esta villa, obligándolo a los 14 000 pesos de principal que tiene a censo dicho tribunal sobre la citada hacienda y tierras, y la de San Miguel y Santiago [hacienda Santiago y San Miguel] que fueron del difunto alférez mayor, quedando ésta y los demás bienes del Regidor don Juan Valero libres de dicho gravamen; y el otorgante obligado a afianzar al tribunal, como lo ofreció en escrito presentado ante el comisario de esta villa el nueve del corriente.
Sans titreDon Francisco Pibot y Tapia y doña Josefa María del Castillo de Altra, marido y mujer, como principales; don Diego de Altamirano, Juan Álvarez de Rivera, Juan de los Santos Cubillos y el dicho Francisco Pibot y Tapia, en nombre de don Hipólito del Castillo de Altra, su suegro, vecino de la ciudad de Tehuacán, en virtud de su poder, como fiadores; se obligan de pagar a los señores inquisidores del Santo Oficio de la Inquisición de esta reino y a quien en su derecho representare, a saber 14 000 pesos de oro común en reales, 7 000 de ellos estaban sobre la hacienda de trapiche de la hacienda de azúcar que quedó por bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, y los otros 7 000 pesos que tenía sobre su hacienda el Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa, que se mandan a entregar a don Francisco Pibot en el valor de la hacienda nombrada San Juan y San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] y territorio de Santa Theresa [Teresa], pertenecientes al Regidor don Juan Valero, en virtud de despacho de los señores inquisidores. De los 14 000 pesos, los principales se dieron por recibidos y junto con los fiadores se obligan de pagar en la forma siguiente: 7 000 pesos dentro de cuatro años que corren desde el primero de enero del presente año, pagando 3 500 pesos a finales del tercer año y los otros 3 500 pesos a fin del cuarto año con sus costas de cobranza; y los otros 7 000 pesos que los principales tendrán a censo redimible sobre sus bienes, especial y señaladamente sobre la hacienda nombrada San Juan y San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] y tierras de Santa Theresa [Teresa], que con licencia de los señores inquisidores les ha de vender el Regidor don Juan Valero a razón de 5 por ciento anuales de réditos, ínterin que no se rediman pena de costas y cobranza por lo que el principal y fiadores obligan sus personas y bienes habidos y por haber. Dichos principales obligan sus haciendas de beneficio de hacer azúcar, la de su suegro nombrada Nuestras Señora del Pilar de Saragosa [Zaragoza], y la de don Diego de Altamirano nombrada Señor San Joseph [José], y la de don Francisco Pibot nombrada San Joseph [José] y San Juan y tierras de Santa Theresa [Teresa], con todo lo que le pertenece, y doña Josefa del Castillo hipotecó su casa principal.
Sans titreEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, y don Francisco Valero y Espinosa, venden a don Francisco Pibot y Tapia una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [José] y San Juan y las tierras en que estuvo fundado el trapiche de Santa Theresa [Teresa], ubicados en términos de esta villa. Dicha hacienda la heredó de don Francisco Valero, su padre, y habiéndose llegado el caso de tomar posesión y trabado ejecución sobre ella por cantidad de pesos de réditos de 14 000 de principal, que se estaban debiendo al Santo Tribunal de la Inquisición, y don Juan Valero habiendo hecho contrato de venderla a don Francisco Pibot, con mutuo acuerdo del tribunal, hace la venta de la hacienda y tierras que se compone de los siguientes y demás aperos y esclavos: Primeramente, las tierras de que se compone el trapiche y en las que estuvo fundada la hacienda de Santa Theresa [Teresa] de las cuales se han de desmembrar 5 caballerías que se aplican a don Francisco Valero, para agregarla a la hacienda que éste compró de Sacatepeq [Zacatepec] y todas las demás que parecieren por los títulos de las haciendas que se le entregarán con todo lo demás que le pertenezca. Asimismo, sus licencias de trapiche y capilla; siete piezas de esclavos, veinticuatro machos de tiro, tres yeguas, ocho mulas de carga, una carreta aperada con diez bueyes; la casa de caldera de cal y canto con su colgadizo de hornallas; casa de trapiche sobre horcones, cubierta de paja, con cureñas y lo anexo a ella; asoleadero de cal y piedra, cubierto de tajamanil; la casa de purga sobre horcones, cubierta de paja y embarrada, con sus tendales y canaletas; una casa de vivienda; diez suertes de caña de todas edades; ornamentos de decir misa y demás bienes que se mencionan en esta escritura. La venta se hace con todo lo referido, sus entradas, salidas, usos y costumbres por libre de deuda, empeño, hipoteca, capellanía, censo y de otra enajenación, al precio de 25 250 pesos de oro común, en la forma siguiente: 14 000 pesos de principal a favor del Santo Oficio de la Inquisición de éste reino, los 7 000 pesos de ellos que tenía sobre sí la hacienda y los otros 7 000 pesos que estaban a cargo del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto; 2 540 de principal de la capellanía a favor del Licenciado José Gutiérrez de Aguilar; 2 000 de otra capellanía a favor de don Cristóbal Ladrón de Guevara; otros 2 000 pesos a favor de la Madre Sor Isabel de la Encarnación, monja del convento de Santa Inés de la ciudad de los Ángeles, y porque esta última cantidad los traspasó don Juan Valero sobre su hacienda, se han de subrogar 2 000 pesos de una capellanía de misa que impuso Benito Rendón, difunto, sobre casas que fueron de dicho alférez mayor y hoy posee don Juan Valero; 800 pesos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas de esta villa; 1 000 pesos a favor del Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero; cuyas cantidades están y quedan sobre la hacienda de principal a censo redimible y reconocerá el comprador a favor de los susodichos y pagando sus réditos desde el 22 de octubre de 1714, en que le entregó la hacienda, estando presente el comprador dio que esta escritura y lo estipulado en ella.
Sans titreDon Francisco Pibot y Tapia vecino de esta villa, dijo que en febrero pasado del presente año, se le otorgó escritura de venta de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph y San Juan [San José y San Juan Bautista] por el Capitán don Juan Valero Grajeda, en virtud de despacho de los señores del Santo Tribunal de la Inquisición de este reino. Asimismo, dijo que sobre dichas tierras y haciendas estaban cargados 2 000 pesos de principal y por ellos 100 pesos de réditos anuales a favor de la Madre Isabel de Jesús de Nazareno, Religiosa Profesa del convento de San Jerónimo de la ciudad de los Ángeles; y aunque en la escritura de venta que otorgó don Juan Valero Grajeda, éste subrogaba en su lugar 2 000 pesos que tiene a censo sobre una casa suya a favor de la capellanía de misa de once sita en la parroquia de esta villa; sin embargo, la madre Isabel de Jesús de Nazareno no prestó su consentimiento para el traspaso, prefiriendo que se mantenga el censo sobre la hacienda de San Juan y San Joseph [José] como ha estado siempre; y poniéndolo en efecto, otorga que reconoce por dueña y señora del principal de los 2 000 pesos a la Madre Isabel de Jesús y se obliga a pagar sus réditos a razón del 5 por ciento anuales desde principios del presente año y cumplirá sus condiciones de dicha escritura.
Sans titreDon Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, reconoce por dueño de 2 540 pesos de principal que están cargados a censo sobre su hacienda, nombrada Señor San Joseph y Señor San Juan [San José y San Juan Bautista], al Licenciado don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero, y a quien su poder y causa hubiere. Cuyos réditos de 5 por ciento anuales tiene pagados desde el 20 de octubre de 1714, fecha en que se obligó a pagar los réditos y lo hará en adelante hasta la redención del principal, pagará sin pleito alguno con las costas de las cobranzas.
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