CAPITANES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0006 · Unidad documental simple · 1700/03/22
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Andrea Pérez, vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima de Juan Pérez y de María Cid, difuntos, dijo ser mujer legítima de Nicolás Rosel, ausente desde hace dieciocho años, cuya ausencia aunada a su pobreza y pública necesidades que padece con sus hijas, y hallándose con un solar en esta villa, sin poder construir, solicitó licencia para vender y con su procedido remediar sus necesidades. Para lo cual, presentó escrito ante el Capitán don José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa, con información de la usencia de dicho su marido, su pobreza y utilidad de la venta que pretendía hacer, habiéndole éste concedido licencia para su venta. Y usando dicha licencia, por la presente otorga que vende a Francisco de la Cruz, vecino de esta villa, un cuarterón de solar que es la mitad del medio solar que contiene la relación del escrito que presentó. Dicho solar se compone de 12 varas y media de frente y 25 de fondo. Lo vende en precio de 50 pesos de oro común en reales de contado.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0007 · Unidad documental simple · 1700/03/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba, dijo que el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino labrador que fue [San Andrés] de Chalchicomula, Provincia de Tepeaca, vendió a Francisco de Barrios, vecino de esta dicha villa, 10 caballerías de tierras, en los asientos de Tlacomulco debajo de los linderos en que entran llanos, montes, lomas y cerros, por la cantidad de 1 250 pesos de oro común y en los términos que expresan en dicha escritura de venta y de obligación. Asimismo, dijo que al fallecer Pedro de Trujillo, éste se hallaba con poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, de modo que antes de morir sustituyó dicho poder en el otorgante, siendo ratificado por doña Josefa de Atienza Palacios. De tal modo, que el otorgante haciendo uso de dicho poder, recibe la petición de Francisco de Barrios de vender y traspasar las 10 caballerías de tierras a persona segura, como lo tiene ajustado con el Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, por la razón de que se encuentra atrasado y sin poder dar cumplimiento a la paga por hallarse en notoria pobreza, y el otorgante mirando a la mayor seguridad de la cobranza aprueba dicho traspaso de venta.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0015 · Unidad documental simple · 1700/05/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre de Juan de Espinosa, Escribano Real y Público y de Registros del pueblo de Orizaba y su jurisdicción y de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] por Su Majestad y en virtud del poder que le otorgó en dicho pueblo, otorga que renuncia a dicho oficio de Escribano Público y de Registros en primer lugar en Juan de Espinosa, hijo; en segundo en Diego de Espinosa; y en tercer lugar en Clemente García, hermano de Juan Espinosa, vecinos de dicho pueblo, en el lugar y grado que van nominados.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0016 · Unidad documental simple · 1700/05/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor perpetuo de ella por Su Majestad, otorga poder general al Secretario José de Ledezma, Procurador de los del Número de la Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre demande, reciba y cobre de cualesquier persona las cantidades de pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías y otros géneros que le deban y pertenezcan por escrituras, vales, cuentas de libros y por otros instrumentos; dando de lo que recibiere y cobrare recibos, cartas de pago y finiquitos. Asimismo, para que haga presentación de las mercedes, títulos, ventas y posesiones que tiene en esta jurisdicción ante el Licenciado don Baltazar de Tovar, del Consejo de Su Majestad, para que se sirva su señoría darlos por buenos. Por otra parte, declara que es albacea testamentario y tenedor de bienes del Capitán José de Leiva Esparragosa, su difunto hermano, y usando del citado cargo también le otorga poder para que ante los señores de la Real Audiencia pida y gane el desembargo del rancho nombrado San Diego, propiedad del citado su hermano, y se le entregue libremente como tal albacea, para que se agregue a los demás bienes de dicho difunto.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0019 · Unidad documental simple · 1700/05/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, Manuel y Juan Gómez Dávila, todos hermanos y vecinos de esta villa; dijeron que se promulgó un despacho del Señor Licenciado don Baltazar Escobar, del Consejo de Su Majestad, su Oidor en la Real Audiencia de la ciudad de México y Juez para la Composición de Tierras de su distrito y jurisdicción, el cuál manda que comparezcan todas las personas que tuvieran sitios de tierras con sus títulos y demás instrumentos de su propiedad y con respecto de que se hallan con diferentes tierras, con títulos, composiciones y aprobaciones que les han hecho en esta jurisdicción y para dar cumplimiento a lo ordenado por el señor juez, otorgan poder general a don José de Ledezma, Procurador del Número de dicha Real Audiencia, para que en sus nombres pueda parecer y comparezca ante dicho señor oidor, juez de la composición de tierras o ante quien haga demostración o presente los títulos para que se sirva de darlos por buenos y legítimos y les brinde continuar la posesión de sus tierras, que gozan en virtud de ellos, dándoselas por libres de composición.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0038 · Unidad documental simple · 1700/06/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, a saber don Carlos Samaniego y Pacheco, Alcalde Mayor; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Miguel de Leiva Esparragosa, don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y don Juan Valero Grajeda, Regidores perpetuos por Su Majestad en esta villa de Córdoba, por ellos y en nombre de los demás capitulares y vecinos de ella, por quienes prestan voz y caución; otorgan poder general a don Diego Valero Grajeda, vecino y Regidor en esta villa por Su Majestad, residente en la ciudad de México, para que lleve todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales que este cabildo tiene y tuviere en adelante con cualesquier cabildos, conventos, hospitales, comunidades o personas, demandando como defendiendo hasta que los fenezca. Y especialmente otorgan dicho poder para el pendiente que tiene con el Capitán don Juan Mellado de Rivadeneira, sobre las tierras que pretende ser suyas y que pertenecen a esta dicha villa, cuyo litigio se está siguiendo ante el Licenciado don Baltazar de Tovar, del Consejo de Su Majestad, su Oidor de la Real Audiencia de la ciudad de México y como Juez de Composiciones y Medidas de Tierras de este reino, para que presente el artículo de la propiedad de la tierras que legítimamente goza esta villa por mercedes y confirmaciones que le otorgó Su Majestad.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0041 · Unidad documental simple · 1700/06/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda buscar y busque crédito en dicha ciudad o fuera de ella, hasta la cantidad de 5 000 pesos en reales con los intereses que ajustare, tiempo y plazos que fueren convenientes, otorgando en su nombre la escritura de obligación para su mayor validación.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0050 · Unidad documental simple · 1700/07/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder al Alférez Manuel Serrano, vecino del pueblo de Albarado [Alvarado], y a Esteban López Mellado, residente en dicho pueblo; para que en su nombre pueda pedir, haber y cobrar a Isidro Romero, vecino de la ciudad de México y dueño de pescaderías en el dicho pueblo de Alvarado, la cantidad de 312 pesos y 2 reales que son los mismos que le dieron y le adjuntaron al otorgante como uno de los cuatro herederos de doña Francisca de la Torre Mercado, su difunta madre, en la cantidad que está debiendo dicho Isidro de resto de la pescadería que le vendió dicha doña Francisca de la Torre, el 28 de octubre de 1697, ante don Pedro Bernardes de Rivera, Escribano Real. Asimismo, les otorga dicho poder para que cobren todo lo que le deban y si fuese necesario contienda de juicio, lo representen y defiendan.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0056 · Unidad documental simple · 1700/07/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Doctor don Gregorio Ballesteros [y Picaso], Médico, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre pueda pedir, demandar, haber, recibir y cobrar de los bienes y herederos del Capitán don Lope de Iribas, difunto, la cantidad de 912 pesos y 4 reales, los mismos que se comprometió a pagarle por resto y ajuste de cuentas como consta el vale que le hizo, el cual presentó para su justificación ante la Real Justicia de esta villa, junto con información de testigos que declararon y reconocieron la firma que tiene dicho vale. Y respecto a que los autos del juicio divisorio que se formaron en esta villa se hallan en la ciudad de México, donde tiene entendido se sigue en concurso de acreedores, en los cuales debe oponerse en atención a ser uno de los de mejor derecho, por ser dicho debito causado de su trabajo personal; le otorga poder para que como tal acreedor a los bienes de dicho difunto, menos 114 peso que le pagó, recoja la cantidad restante y la pase a su poder y se dé por entregado, asimismo, para que, si se ofreciere, parezca ante los señores de la Real Audiencia o ante cualquier otro juez oponiéndose a la cantidad que le está debiendo. Y con respecto a una mulata nombrada María, con una cría pequeña y un negro nombrado Pascual, que paran en su poder, y que el dicho difunto declaró en una de una de las cláusulas de su testamento habérselos prestados, pide se le apliquen por su justo valor en cuenta y pago de la referida deuda y que el albacea de dicho difunto le otorgue escritura de venta y que se le pague la cantidad restante en reales o en bienes de dicho difunto.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0060 · Unidad documental simple · 1700/08/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán don Antonio Rivero de Saa, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre busque en dicha ciudad, a su dita y crédito de cualesquier personas que los quiera prestar, hasta la cantidad de 2 000 pesos en reales, los cuales lo obliguen a pagar con los intereses que ajustare, tiempo y plazos que fueren conveniente.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO