CAPELLANÍAS

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              680 Description archivistique résultats pour CAPELLANÍAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0034-PX_0034_0130 · Pièce · 02/04/1757
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Alférez don Bartolomé Salvo, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo compró unas casas con la condición que reconocería a censo redimible 1, 500 pesos de la capellanía que fundo don Sebastián Flores Moreno y doña Gertrudis Thormes, su mujer, y que sirve actualmente el Licenciado don Juan de Lucena, domiciliario del Obispado de la Puebla, y siendo condición para la compra de dichas casas, reconoce por la presente dicho censo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0034-PX_0034_0200 · Pièce · 29/10/1757
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Licenciado Miguel Bazán de Otero, Clérigo Presbítero domiciliario de este obispado de la Puebla, otorga poder al Licenciado don Anastasio Márquez, Clérigo Presbítero vecino de la Puebla, para que en su nombre cobre los réditos de su capellanía que le deban y otras cantidades que le deban por préstamos o cosas semejantes.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0069-PX_0069_0038 · Pièce · 21/03/1805
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Andrea Dorotea Hernández y doña Gertrudis López, viuda y sobrina respectivamente del Capitán de la Compañía de Pardos Francisco Javier López, sus albaceas testamentarias según cláusula del poder para testar que confirió en esta Villa, y en uso de dicho poder venden a don José Ignacio Pavón y Muñoz, del comercio de la Nueva Veracruz, una casa situada en la Calle Nueva con 14 varas 2/3 de frente, que lo hace hacia el sur con la boca del callejón que baja al del Diamante y casa esquina de doña Rita Morales; y 88 varas de fondo que lo hace al norte con el pasadizo o camino que va para el aguaje de Xallitic, por donde cruza el desperdicio de aquéllas y otros manantialitos a su frente. Por el costado del oriente linda con solar de las señoras Acosta o Rodríguez y al poniente con casa nueva de don Juan Antonio Figueiras. La vende en 3 300 pesos, 1 900 de contado y 1 400 que reconoce en parte de una capellanía que mandó fundar doña Paula Barradas [Meléndez].

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              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0010 · Pièce · 15/01/1806
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Bachiller don José María Suárez, Clérigo Subdiácono del Obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta Villa, otorga poder especial al Presbítero don Joaquín Enciso, residente en la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación tome colación de la capellanía que fundó el Presbítero don Manuel Carrillo, vacante por fallecimiento del Presbítero don Francisco Antonio Hernández Reynal y Carrillo, en virtud de haber sido nombrado por capellán propietario de ella por la Reverenda Madre Sor María Antonia de Guadalupe, Priora del convento de Religiosas Agustinas Recoletas de Santa Mónica, en uso del Patronato que le compete, conseguida la colación haga las diligencias necesarias.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0144 · Pièce · 19/08/1806
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Cristóbal Sánchez y Alcántara, Granadero de la Primera Compañía del Regimiento de Infantería de la Nueva España, dijo que ha recaudado en el Patronato y Capellanía que con cargo de 12 misas rezadas anualmente, y principal de 3 000 pesos, mandó fundar el difunto don José Sánchez, cuyo principal está impuesto por vía de depósito irregular en una hacienda nombrada San Ignacio y Santa María, de la propiedad de dicho difunto, en la jurisdicción de Tepeji del Río; capellanía a la que el otorgante señala que renuncia en don José Tiburcio Sánchez, para que la use en el modo y forma de su fundación, se le dé colación canónica, y de los 2 años y 4 meses que hay de caídos se han de reintegrar previamente al otorgante.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0061-PX_0061_0125 · Pièce · 03/10/1796
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Josefa y doña Mariana Díaz Mier, doncellas mayores de 25 años, vecinas de la Villa de Xalapa, en quienes recayó el patronato de la Capellanía que su difunto padre, don Domingo Díaz Mier, fundó como albacea de doña Ana Jiménez, por lo que venden a don Genaro Garza, vecino de la ciudad de la Veracruz, una casa de cal y canto de dicha capellanía, cubierta de madera y tejas, la cual linda al poniente con la casa del correo y solar con paredes de la testamentaria de don Luis Antonio de Zárate, al norte con casa y solar de Marcela Baizabal, al sur con casa de uno de los herederos de don Manuel de Olmedo y al oriente con solar y casa del difunto don Pedro Gorrindo. La venta la hacen en 1, 469 pesos 6 y medio reales.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0071-PX_0071_0077 · Pièce · 13/05/1807
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don José María Tavera, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, Teniente de Cura de la Ayuda de la Parroquia del Señor San José, de esta Villa, otorga poder especial a don Juan José del Corral Faria, Cura del pueblo de Huaniqueo, para que a nombre de él, lo represente en los derechos que le asisten de una capellanía que le pertenece en el Obispado de Valladolid, para que con arreglo a las instrucciones que por su parte se le franquean pida y promueva cualquier juicio, artículo que sea conducente a la seguridad del principal; y haciendo en virtud de ello todo los actos, agencias y diligencias, judiciales y extrajudiciales que al indicado particular importen.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0071-PX_0071_0126 · Pièce · 18/07/1807
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Villa y Gibaja, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder general a don Francisco de Acha y Gorostizaga, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante. Asimismo, se lo confiere especial para la cobranza de los réditos que vayan devengando los 3 000 pesos que el año pasado enteró en la Real Caja de Consolidación, correspondiente a la Capellanía que fundó en consorcio con su esposa doña Ana María de Cosío, y disfruta en el día su hijo mayor, residente en los reinos de Castilla.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0072-PX_0072_0025 · Pièce · 27/02/1808
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Blas Nicolás Cortés, Clérigo Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta Villa de Xalapa, otorga poder especial a don Juan Evaristo de Azcárate, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que a nombre de él, demande, perciba y cobre de la Junta Subalterna de Consolidación, los réditos devengados y los que se devengaron en lo sucesivo de la capellanía que sirve, fundada por el Doctor don Gonzalo García de la Acha; haciendo en el indicado particular todas las agencias y diligencias que conduzcan a dicha cobranza.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0072-PX_0072_0095 · Pièce · 16/08/1808
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Pérez de Llera, vecino y del comercio de esta Villa, padre político de don José Manuel Cardel y Fentanes, mayor de 17 años de edad, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Puebla de los Ángeles, para que a nombre de él, se presente en el juicio ante el Juez Ordinario de Capellanía y Obras Pías de dicha ciudad, a deducir los derechos que al mencionado su hijo político le correspondan a las capellanías, que con el principal de 8 000 pesos fundaron don Alonso Pérez de Bocanegra y el padre Fray Alonso de Villaseca; lo que habiendo hecho constar con los documentos necesarios y declarado que sea el derecho que a ellas le asiste, pida se fijen los edictos acostumbrados, y pasado el término prevenido por derecho, no comparecido otro interesado con mayor piedad, se le declare por tal capellán propietario de ambas capellanías, y en tal virtud se le dé colación de ello.