Don Andrés Pérez de la Higuera y don Francisco Hernández de la Higuera, como albaceas de su suegro don Juan Díaz Matamoros y en cumplimiento de una cláusula de su testamento, fundaron una capellanía de misas por el sufragio de su alma y la su esposa doña Magdalena Díaz, en la capilla del Convento de San Francisco, con 2 130 pesos de principal y 106 pesos y 4 tomines anuales de renta que se impusieron en el ingenio de azúcar Nuestra Señora de la Concepción, y los religiosos fray Bartolomé de Guzmán, guardián predicador del convento, fray Miguel Postigo, fray Jerónimo de Rueda, y fray Pedro Ramírez, moradores conventuales, por lo que les toca, aceptaron esta escritura y se obligaron a decir 36 misas cantadas en cada año, a razón de 3 pesos de limosna por cada misa.
CAPELLANÍAS
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El Lic. Pedro de Irala, presbítero beneficiado del partido eclesiástico de Jalapa, residente en este de Coatepec, como capellán perpetuo de la capellanía de misas que fundaron Melchor Pérez y María Pérez de Cárdenas, su mujer, vecinos de la ciudad de Los Angeles, y la diputaron en el convento de monjas de Santa Clara de la ciudad de México, dio su poder cumplido a Diego del Villar, vecino de Coatepec, para que en su nombre cobre de Hernando de Porras Aparicio, vecino de la ciudad de México, inquilino censuatorio de la dote de la dicha capellanía que está impuesta sobre sus haciendas de ganado mayor que tiene en términos de Tlacotalpan, los réditos de la dicha capellanía desde el 28 de noviembre de 1647, cuya cobranza haga a razón de 423 pesos anuales, según lo tiene dispuesto la dicha María Pérez de Cardenas en cláusula de su testamento.
El Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, beneficiado del partido de Jalapa, como albacea testamentario de Doña Sebastiana del Moral, vecina que fue de este pueblo, fundó una capellanía de misas por su alma y las demás de su intención en la cantidad de 2 516 pesos y 8 granos de oro común, los cuales caben en el quinto de sus bienes, y rentan 125 pesos de oro común anules, y fueron impuestos en el ingenio de San Sebastián Matlatlán que hoy posee Don Fernando Ruiz de Córdava y Arellano, quien cuando adquirió esta fábrica se obligó a recocer dicho censo.
Don Andrés Calzadilla, Clérigo Presbítero, domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan Ignacio Cruzado, vecino de este pueblo, para que cobre dos capellanías; la primera de 2, 090 de principal impuestos en la hacienda de Santa Fe, jurisdicción de la Ciudad de la Nueva Veracruz, de la que es dueña doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, vecina de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y patrona de dicha capellanía, la segunda fundada en la hacienda de Jultepec, jurisdicción de San Agustín Tlaxco, de la que es dueño don Blas Yáñez Remusgo de Vera, Presbítero, que es de 2, 000 pesos de principal.
Don Pedro de Parraga Robledano, vecino y del comercio de este pueblo de Jalapa, como primer albacea y heredero de su tío el Capitán don José Robledano, dijo que entre los encargos que le dejo el difunto esta el de darle a doña Juana Antonia, niña que el difunto crío en su casa, 2,132 pesos en reales efectivos y dos casas contiguas, las cuales tienen 1,500 pesos sobre si con réditos a favor de la capellanía que sirve el Clérigo don Juan de Lucena, y en atención a haberse casado la susodicha con don Bernardo de la Fuente hace donación de dichos bienes.
Doña Juana Antonia, mujer legítima de don Bernardo de la Fuente, dijo tiene dos casas contiguas en este pueblo sobre las cuales están situados 1,500 pesos a favor de la capellanía que fundaron don Sebastian de Flores Moreno y doña Gertrudis de la Gala y Thormes, la que sirve el Lic. Don Juan de Lucena, Clérigo, por lo que se obliga a pagar cada año 75 pesos de réditos.
Don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don José María de Goiri, también de este comercio y vecindad, la cantidad de 1 541 y medio pesos, de los que entrega recibo en forma. Cuyo principal es el mismo que su padre don Manuel de Goiri, situó y cargó sobre su casa alta, en la esquina de la Plaza de esta villa, por escritura fecha a 2 de octubre de 1794, correspondientes a una memoria de misas que fundó en el convento de San Francisco de esta villa, el presbítero don Antonio Ortiz de Zárate en honor a Nuestra Señora de Guadalupe y al Apóstol San Mateo. Y por cuanto al venderle esta casa don José María de Goiri, único hijo y heredero de don Manuel, no hizo mención de este capital impuesto sobre ella, ya fuese por olvido o mala inteligencia; resultando que recientemente el convento le cobrara Elías unos réditos a los que no estaba obligado ni el capital. Y aclarado el origen y circunstancias de la imposición, don José María le entregó el indicado capital. Por consiguiente, declara por firma, subsistente y valedera la indicada escritura de obligación, reconocimiento e hipoteca que da por inserta y ratificada y se obliga a cumplir los pactos que incluye anual y perpetuamente al convento, en ínterin no redima el principal con el permitido rédito de 5 por ciento para el subvenir a los objetos de su fundación.
UntitledEl presbítero don José Ignacio Ibáñez, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, otorga poder especial al presbítero don Antonio Caro, sacristán del convento de Jerónimas de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y representación, solicite y tome colación canónica de la capellanía de agonizantes, que con el principal de 4 000 pesos fue fundada por don José Robledano de Cardeña, a la que ha sido nombrado patrono de ella por la Venerable Orden Tercero de San Francisco de esta villa.
UntitledDon José de Sarabia y Pastor, teniente coronel retirado de Ejército, marido y conjunta persona de doña Dolores del Campo, legítimos padres de don Francisco de Paula Sarabia del Campo, impúbero, menor de cuatro o cinco años de edad, otorga poder especial a doña Manuela María Gil, vecina de la ciudad de la Habana, para que en su nombre se presente en aquel uzgado eclesiástico de capellanías y obras pías o en donde corresponda para solicitar, reclamar y descubrir la capellanía que por línea recta le corresponde al citado su hijo, Francisco de Paula, que con el principal de 5 000 pesos y carga de cuarenta misas rezadas anuales fundaron don Manuel de Santa Cruz y Ana Josefa Cotilla, morenos libres, vecinos de la Habana, su fecha en ella a 30 uno de marzo de 1795.
UntitledEl señor cura párroco y vicario foráneo de esta feligresía, doctor don Luis de Mendizábal y Zubialdea, y don Antonio Velasco Quiroz, actual hermano mayor de la Orden Tercera de San Francisco, dijeron que están pendientes ante el Alcalde Primero de Veracruz, autos y concurso a bienes del difunto don Miguel Ignacio de Miranda. Teniendo el primero que deducir sus acciones y derechos en ellos como rector de obras pías, por el principal de 8 000 pesos de una capellanía penitenciaria, que fundó don Antonio Sáenz de Santa María conforme a la voluntad de doña María Josefa Gil Sáenz, sobre una casa en Veracruz; y el segundo, por el capital piadoso de 600 pesos, que para un aniversario por el alma de su difunto padre fundó don Miguel Ignacio de Miranda como albacea de su hermana doña Martina Miranda, sobre una casa en esta villa en el callejón de Alba, como hermano mayor que es de la Orden Tercera de San Francisco de esta misma villa. Por lo antes mencionado, ambos otorgantes dan poder al presbítero don José María Esteva, para que en representación de sus personas, derechos y acciones, se presente ante juez donde se hayan radicados los autos y concurso del difunto Miguel Ignacio y haga cuantas gestiones convengan para la conclusión del concurso y percepción de dichos capitales, y sus premios. Asimismo, se le da éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
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