Doña Micaela de Gamboa, viuda del Capitán Pedro Perdomo, tutora y curadora de sus hijos los Bachilleres Diego Perdomo, Pedro Perdomo y Micaela Perdomo, otorga poder a José Ramos, vecino de Jalapa, para que en caso de que se ponga en ejecución el avalúo del Ingenio San Sebastián Maxtatlán por la capellanía de misas rezadas que instituyó doña Sebastiana del Moral, parezca ante las justicias eclesiásticas y haga los autos necesarios hasta que tenga efecto la parte y porciones que tiene sobre dichas tierras.
CAPELLANÍAS
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El Capitán Don José de Ceballlos y Burgos, dueño del ingenio y trapiches de fabricar azúcar nombrados Nuestra Señora del Rosario, Nuestra Señora de la Concepción y del molino de pan moler de Río Frío, en esta jurisdicción, como albacea testamentario de su hermano Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, funda una capellanía de misas con 500 pesos de principal y 25 pesos de renta en cada un año, en favor del monasterio de San Francisco de Jalapa, los cuales fueron impuestos en los trapiches nombrados Nuestra Señora de la Concepción, ubicados en términos de los pueblos de Xilotepec y Chiltoyac, y un molino de pan moler que nombran de Río Frío, situado entre las ventas de Las Vigas y del Alférez Lovillo, en el camino real, que poseyó el dicho Alonso Gutiérrez de Ceballos y heredó el otorgante.
Doña Tomasina López Matamoros, vecina de Jalapa, viuda de Andrés de Bustillo Castañeda, y su hijo Andrés de Bustillos, y en nombre de Cristóbal de Bustillos, ausente, otro de sus hijos, dieron su poder cumplido al Lic. Pedro Castellanos, presbítero, y al Lic. Juan Ortiz de Castro, clérigo diácono, para que en sus nombres vendan 10 caballerías de tierra, un sitio de venta y un molino de pan moler, en términos de Jalapa, una legua de él, en la cantidad de 2400 pesos de censo en favor de una capellanía de misas que fundó Rodrigo Fernández de la Calleja, cuya escritura se otorgó en Jalapa el 31 de agosto de 1626, y que ha de reconocer el comprador para pagar sus réditos en el ínterin que lo redime.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, poseedor del mayorazgo que tenía su padre Don Sebastián de la Higuera Matamoros, como patrón de una capellanía de misas fundada en la iglesia del Ingenio Chico por Doña Inés Díaz Matamoros, dotada con 2000 pesos de principal y 100 pesos de renta en cada un año, cargados a censo redimible sobre una estancia de labor nombrada Cuetzoltepeque, en la jurisdicción de San Juan de los Llanos, y usando una cláusula de la escritura de fundación, por ser el pariente más cercano y estar el Ingenio Chico perdido, sin esclavos, y haber muchos años que no produce azúcar, nombró al Lic. José Maneo de la Higuera, vecino de los Ángeles para que sirva dicha capellanía.
Diego López del Monasterio, vecino de Teziutlán, albacea y tenedor de los bienes de su tía Lucía Hernández, vecina que fue de dicho pueblo, y por cláusula de su testamento, funda una capellanía de misas por el alma de Lucía Hernández, con 2000 pesos de oro común de principal que se impusieron sobre una hacienda de labor nombrada San Bernardino, en la jurisdicción de San Juan de los Llanos.
Simón de Franqui Giovo, vecino y labrador de la provincia de Tepeaca, como patrón de una capellanía de misas rezadas que instituyeron Vicencio de Franqui Giovo[Vicencio Franqui Giovo] y Ana Rodríguez Negrete, sus padres, vecinos que fueron de los llanos de Ozumba, jurisdicción del pueblo de Nopaluca, provincia de Tepeaca, de 200 pesos de principal, nombró por capellán propietario a su sobrino Pedro García Mongai.
Alonso de Neira Claver, escribano público de Jalapa, persona en quien se remató una casa en donde al presente vive, ubicada en la Calle Real junto a la plaza de este pueblo; y un rancho de labor en términos del mismo, que dejaron por su fin y muerte Juan de Chávez y su mujer Catalina Velázquez, se obligó a pagar a la persona que el juez de testamentos, capellanías y obras pías de este obispado nombrare para su cobranza, 29 pesos del rédito de 580 pesos de una capellanía fundada por Juan de Chávez y su mujer, otros 12 pesos 4 reales, del principal de 250 pesos que están cargados a favor de los religiosos del Monasterio de San Francisco de este pueblo, todo lo cual suma 41 pesos 4 reales, que habrá de pagar en cada un año el otorgante.
El Capitán Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval, su legítima mujer, vecinos de la villa de Córdoba, instituyen y fundan una capellanía de misas rezadas por sus almas, las de sus padres, hermanos y demás personas de su intención, con la dote de 4 000 pesos de oro común que aplican a censo redimible sobre una hacienda de hacer azúcar, nombrada San Miguel Azezenatl, jurisdicción de esta villa de Córdoba, compuesta de 14 caballerías de tierra, compradas por los otorgantes a los herederos de los fundadores de esta villa, la cual linda por el oriente y sur con tierras de los herederos del Alférez Mayor Juan García Valero; por el norte con tierras del pueblo de Amatlán, Joseph [José] de Olivera, Gaspar González y del Regidor Joseph [José] de Leiva; y por el poniente con baldíos de esta villa. Nombran por capellán propietario a Baltazar González de Velilla [Blanco], [su sobrino], [hijo de Francisco González de Velilla y de Melchora de los Reyes Blanco], Clérigo de menores ordenes, que actualmente está oyendo teología en los Reales Colegios de San Pedro y San Juan de la ciudad de los Ángeles, para que a su título se ordene de orden sacro hasta el presbiterato y la sirva por el resto de su vida. Como capellán propietario nombran a don Joseph [José] Sentís, hijo legítimo de don Antonio Sentís [de Ojeda] y de doña Ana González de Velilla, sobrina de los otorgantes, vecinos de la villa de Córdoba. Cuyos capellanes han de decir 80 misas rezadas cada año por las almas de los otorgantes y demás personas de su intención, percibiendo 200 pesos anuales por los réditos de dicho censo. Por otro lado, el Capitán Nicolás Blanco se nombra como primer patrón de la capellanía y en segundo lugar a Ana de Sandoval, su esposa, y por falta de ésta al Capitán Joseph [José] Blanco.
UntitledEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero [de] Grageda, Regidor Perpetuo y don Francisco Valero [y] Espinosa, otorgan que venden a don Francisco Pibot y Tapia, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Señor San José y San Juan, y las tierras en que estuvo fundado el trapiche de Santa Teresa ubicadas en términos de esta villa. Dicho regidor declara que la hacienda y trapiche la heredó de su padre don Francisco Valero y después la vendió a su hermano don Francisco Valero [Grajeda]; pero dicho Francisco Valero no pudo tomar posesión porque la hacienda y trapiche debía los réditos de 14 000 pesos de principal al Santo Tribunal de la Inquisición, en este sentido ambos decidieron venderla a dicho Francisco Pibot y Tapia, con aprobación del Santo Oficio. La venta incluye: las tierras de dicho trapiche en las que estuvo fundada la hacienda de Santa Teresa; unas licencias de trapiche y capilla; siete piezas de esclavos; veinticuatro machos, tres yeguas, ocho machos de carga; una carreta aperada con diez bueyes; la casa de calderas de cal y canto; dos calderas, una tacha, una refriadera, tres espumaderas, dos bombas, una repartidera, un remillón, una canoa de melar, canaletas y canos de recibir el caldo, la casa de trapiche, un asoleadero de cal y canto cubierto de tejamanil, la casa de purga, quinientas formas y porrones, una casa de vivienda, diez suertes de caña, un barbecho dispuesto para sembrar caña, entre otros géneros que se mencionan en la escritura. Lo venden todo por precio de 25 250 pesos de oro común en reales de contado, en la manera siguiente: 14 000 pesos de principal a favor del Santo Oficio; 2 540 pesos de principal de capellanía a favor del Licenciado don José Gutiérrez de Aguilar; 2 000 pesos para otra capellanía a favor de don Cristóbal Ladrón de Guevara; otros 2 000 pesos a favor de la madre Sor Isabel de la Encarnación, Monja del convento de San Inés de la ciudad de los Ángeles, su tía; 800 pesos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas de esta villa; 1 000 pesos a favor del Licenciado don José López de Sagade Bugueyro [Bugueiro]. Dichas cantidades quedan sobre dicha hacienda de principal a censo redimible de que hacen reconocimiento. Y 2 910 pesos que les ha dado y pagado en reales de contado.
UntitledDon Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, dijo que ha ajustado contraer matrimonio con doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, doncella, hija del Capitán don Lope Antonio de Iribas y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos. Por tal motivo, se le ofrecieron 30 000 pesos en una hacienda de trapiche de hacer azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, con todo lo que le pertenece, alhajas y esclavos, de lo cual le han pedido otorgue recibo y carta de dote a la doña Ana, por lo que a través del presente señala haber recibido por dote lo siguiente: primeramente la hacienda nombrada Nuestra Señora de Guadalupe con 26 caballerías de tierras, cañas, esclavos, ganados mulares y caballares, casas y demás aperos, en precio de 27 407 pesos, que aunque fue avaluada en 49 779 pesos y un real, los 22 764 pesos y 2 reales que quedan en el valor de la hacienda se rebajan en la siguiente forma: 13 400 queda de principal sobre la hacienda de capellanías y censos de lo que él ha de pagar sus réditos y en el ínterin que no los redimiere a sus patronos y capellanes desde hoy día de la fecha en fin de cada año. También se obliga a pagar 1 500 al convento de religiosas de Catalina de Sena de la ciudad de Oaxaca, y 7 874 pesos y 2 reales pertenecientes a los hijos menores y herederos del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, que tendrá en su poder y que corresponden al pleito que siguieron los menores contra Lope Antonio, sobre la nulidad de la venta del mencionado trapiche. De todas las partidas que se mencionan en esta escritura suman y montan 36 553 pesos se da por entregados de la referida hacienda, alhajas y esclavos, de los cuales 30 000 pesos tendrán en dote y propio caudal de doña Ana Francisca, y los 6 553 restantes para entregárselos al Capitán don Lope Antonio cuando se los pida. Y el otorgante manda a doña Ana Francisca en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza 2 000 pesos, que declara caben en sus armas militares y demás bienes que le pertenecen, y una y otra cantidad importan 32 000 pesos, que se obliga tener en su poder y en caso de muerte o disolución de matrimonio, él devolverá a Ana Francisca, sus padres o a quien en su poder hubiere.
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