Don Pedro de Parraga Robledano, el Licenciado don Bartolomé Martínez de Mora, Clérigo Presbítero Domiciliado de este Obispado de Puebla y el Capitán don Manuel de Olmedo, vecinos del pueblo de Jalapa, albaceas del difunto Capitán don José Robledano de Cardeña, otorgan que fundan una capellanía por orden de dicho difunto, la cual dotan con 4 000 pesos de principal que ha recibido don Vicente de Rementería como apoderado de los albaceas de don Juan de Rementería, quien los recibió en plata doble y los ha cargado sobre unas casas a censo redimible, obligándose a pagar al capellán que fuere 200 pesos anuales. Nombran como primer capellán al Bachiller don Manuel de Olmedo y Araciel, por la renuncia hecha de don Bartolomé Martínez de Mora al citado cargo.
CAPELLANES
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El Licenciado don Antonio de la Peña, Clérigo Presbítero domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles y Capellán de la iglesia del ingenio Chico, vendió junto con los hermanos de dicha cofradía, unas vacas, caballos, yeguas y burras a don José Antonio de Acosta, vecino de este pueblo de Jalapa, con un importe de 524 pesos, los cuales debe de reconocer en censo sobre un rancho que posee en esta jurisdicción, llamado ingenio Viejo.
El Licenciado don José de Capetillo, Clérigo Presbítero domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles y residente en este pueblo de Jalapa, informa que tiene compromiso con el Alférez don Bernabé Pérez Chamorro, vecino de este pueblo de Jalapa, para que le otorgue el rancho de Lucas Martín, otorgando la cantidad de 5,000 pesos de censo a favor de los capellanes.
El Bachiller Don Antonio Méndez, presbítero del obispado de la Puebla, dio su poder cumplido al Lic. Don Gaspar Villares, vecino de la ciudad de Los Ángeles y Capellán de su Señoría Ilustrísima, para que en su nombre parezca ante el señor Doctor Don Manuel Fernández de Santa Cruz, Dignísimo obispo de este obispado, y en dicho nombre, ante el señor Provisor y Vicario General de él, haga oposición presentando memorial o memoriales y los demás que convengan, a los beneficios curados en este obispado, de Santa Ana Chautempan, San Juan Quimistlán y a los demás que al presente estuvieren vacíos. Hecha y admitida dicha oposición, avise a este otorgante, para que dentro del término asignado y fijado, fenezca su determinación.
El Licenciado don José Antonio Fernández de Ulloa, Clérigo, Presbítero Domiciliado del Obispado de Puebla de los Ángeles, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan García de León, vecino de la Ciudad de Puebla, para que suplique al señor Arzobispo del Obispado de Puebla, se le sirva mandar expedir y librar los despachos y recaudos correspondientes a los inquilinos de los reinos de estas capellanías, reconociéndolo en adelante como Capellán.
El Licenciado don Bartolomé Martínez de Mora, Clérigo Presbítero Domiciliado de este Obispado de Puebla, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo que el difunto Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, dejo ordenado a sus albaceas en un codicilio que fundasen una capellanía de 4 000 pesos, en el cual nombro por primer capellán a el otorgante, a cuyo nombramiento renuncia y tiene a bien pase a los Bachilleres don Manuel, don Juan y don Francisco de Olmedo y Araciel, hermanos, todos Hermanos Ordenados de Grado y Corona, Colegiales actuales de San Juan de la Ciudad de la Puebla.
El Lic. Don Diego Fernández Larios, clérigo, presbítero, domiciliario del obispado de Puebla de los Ángeles, Teniente de cura de este partido, dijo que por cuanto Su Majestad le ha nombrado cura beneficiado del curato de Cosamaloapa, obispado de Puebla, y le es forzoso sacar la real provisión y el título de dicho curato, ante el Exmo. Señor Conde de la Monclova, Virrey de esta Nueva España, dio su poder cumplido al Lic. Don Alonso Berrueco, presbítero, Capellán del Convento de Religiosas Carmelitas de Santa Teresa de la ciudad de Los Ángeles, para que en su nombre parezca ante el Señor Virrey, y solicite se le despache la real provisión y título en forma, del curato y beneficio de Cosamaloapa.
El Licenciado don Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla, vecino de esta dicha villa, otorga poder especial a Nicolás de Estrada, Escribano Real que despacha uno de los oficios públicos de dicha ciudad, estante en ella, para que en su nombre comparezca ante el señor Juez Ordinario de Testamentos, Capellanías y Obras Pías de dicho obispado, y pida que en conformidad de la cláusula del testamento que otorgó Juan Camaño, difunto, vecino que fue de esta villa, en que nombró al otorgante por capellán interino de la capellanía que mandó fundar de todos sus bienes, se le nombre como tal capellán interino de la citada capellanía. Y cumpliendo con la obligación de decir y rezar las misas de su dotación, pueda percibir y gozar los réditos de principal de la dote de dicha capellanía, mandando le acudan con ellos las personas inquilinos de los bienes de que se componen, ínterin que el capellán propietario se ordena conforme lo dispuesto en dicha cláusula.
Sem títuloDon José Mariano de Torquemada Martínez Navarro, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, otorga poder especial al Presbítero Bachiller Antonio Gallegos, Capellán de Coro de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla, para que en su nombre tome colación de la capellanía que con 3, 000 pesos de principal mandó fundar su deudo don Diego de Castro y Gamboa.
Doña Josefa, Antonia y doña Mariana Díaz Mier, hijas del difunto don Domingo Díaz Mier, dijeron que su padre fundó 2 capellanías, una de 2,000 pesos y otra de 1, 469 pesos 6 ½ reales, para que a título de ellas se nombrase principal patrono a don Juan Bernardo Díaz Mier y a falta de él a las otorgantes o sus descendientes, y habiendo muerto don Bernardo y por no tener más descendientes a quien poner en el cargo; otorgan que nombran capellán al Bachiller José Joaquín de la Pedreguera Morales, aunque dijeron que por cláusula se les señaló que a falta de descendientes, se le diese al estudiante más pobre de este lugar, pero ellas hacen excepción para este nombramiento, ya que dicho Bachiller no puede ordenarse por falta de capellanía, razón por la que piden al Obispo de Puebla y demás señores, se sirvan darle colación.