Doña Sebastiana de Madrid, viuda, vecina de esta villa, exhibió una escritura de obligación a favor del Bachiller don Juan Nicolás Hernández, su hijo, por la cantidad de 2 530 pesos 7 reales y un grano, los mismos que le tocaron de herencia paterna, con obligación de réditos ínterin toma estado o bien edad competente, para cuyo seguro hipotecó una casa de cal y canto, cubierta de teja, que posee en esta villa, en la calle que sale de la plaza Pública y va a dar al camino Real que baja a la ciudad de la Veracruz, linda por el oriente con Alejandro Tamariz, por el sur con solar de dicha doña Sebastiana y por el norte con casa y mesón de la susodicha; y para que conste puso la presente en el libro del becerro de esta villa.
Zonder titelCAMINO REAL DE LA VERACRUZ
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El Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga en arrendamiento al Sargento Bernardo de Reina, vecino de esta villa, una casa baja de piedra y madera en la calle Real que sale de la plaza Pública para el mesón y camino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en esquina, calle en medio, frontero de Antonio Millán Quijada y Pedro Trillo de Figueroa; la cual arrienda con su sala principal y un cuarto para tienda en dicha esquina, patio, pozo y lo demás que le pertenece, por tiempo de ocho años que corren a partir del 25 de diciembre próximo y por cantidad de 8 pesos 4 reales al mes que le ha de pagar a finales de cada año.
Zonder titelEl Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y partido de San Juan Coscomathepeque [Coscomatepec], Comisario de la Santa Inquisición, otorga que vende a Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, una hacienda de hacer azúcar, que tiene en la jurisdicción de esta villa, que linda por una parte con el camino real que va de la Nueva ciudad de la Veracruz al pueblo de Orizaba; por otra, “por la linde” de las tierras de Fernando [Ventura de] Rivadeneira, y también por la estancia de labor llamada Acatengo; asimismo, por una cañada que baja del rincón de Millán hasta el río que pasa por la barranca de Chocamán. La hacienda se compone de una casa de calderas, un asoleadero, varios jacales; trece mulas, dos mulas de silla, treinta y un mulas de tiro; dos mesas de madera; veinticinco esclavos; 31 suertes de caña dulce; y otros artículos que se mencionan en la escritura. La venta la realiza por 24 000 pesos de oro común, que por su valor y compra el dicho Baltazar o sus fiadores han de pagar en la manera siguiente: 4 000 pesos de ellos en todo el mes de enero de 1683; 4 000 pesos para el mes de enero de 1684; 2 000 pesos de oro común para el mes de enero de 1685; y los 14 000 restantes han de quedar impuestos y cargados a censo redimible.
Zonder titelDiego Cid [de Lara] y doña María Quixada [Quijada], su legítima mujer, vecinos de esta jurisdicción, y la susodicha con licencia previa de su marido, otorgan que venden a Manuel Gómez Dávila, 2 suertes de tierra montuosas, que poseen en esta jurisdicción, en el paso de la venta Vieja, las cuales obtuvo por herencia de Juan Cid y María de Jesús, sus padres. Las suertes de tierras lindan por el norte con la barranca [roto]; por el poniente con tierras del trapiche del presente escribano; por el sur con el camino real que va de la villa de Córdoba a la Nueva ciudad de la Veracruz; por el oriente con baldíos de la misma villa. La venta la realiza en precio de 300 pesos de oro común.
Zonder titelEl Capitán Pedro Lopes [López] del Castrillo, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en nombre de Su Majestad le hizo merced del cerro nombrado Posquautla [Poscuautla], ubicado a una legua de esta villa, por el camino real que va a la Nueva ciudad de la Veracruz, inmediato a la Peñuela de la cantera de esta villa, con las tierra que le pertenece y una cañada que hace entre dicho cerro y la sierra nombrada Tepesiloya [sic], y corre para el pueblo de Amatlán hasta lindar con la barranca que sale de dicha sierra y cerro. Dicho cerro linda con tierras del otorgante, que las divide un arroyuelo pequeño nombrado Chaumile, del cual tiene aprehendida posesión judicial, en virtud de mandamiento de dicho Excelentísimo Señor que le dio el Capitán don Pedro Caramur y Enríquez, Alcalde Mayor por Su Majestad de esta dicha villa. Y en atención que el común y naturales del pueblo de Amatlán de los Reyes de esta jurisdicción tienen sus cementeras de maíz [roto] dicha cañada, y por hacerles bien y buena obra está convenido y concertado con el gobernador, alcaldes y regidores y demás común de dicho pueblo en que siembren [roto] dichas sementeras en las cañadas por todo el [roto] que quieren y han de guardar y cumplir las condiciones a que están convenidos: Es condición que los naturales no han de rozar ni derrumbar más monte del que hoy tienen rozado. Es condición que los montes que dicho Capitán Pedro López derrumbe para leñas y maderas los han de poder sembrar y cultivar los naturales de Amatlán. Es condición que los naturales le han de dejar campo al otorgante por donde abra camino para sacar las madera que cortare. Es condición que si el común y naturales necesitaran algunas maderas para sus fábricas de iglesia y casas las han de poder sacar “como no sea para venderlas” [roto]. Finalmente, el común y naturales dijeron mediante un intérprete que por sí y en nombre de los demás vecinos de dicho pueblo de Amatlán aceptaban la escritura como en ella se contiene.
Zonder titelMaría de Zúñiga, vecina de esta villa de Córdoba, viuda mujer que fue Pedro Canales de la Feria y Medina, otorga que vende a Gaspar Rendón, mercader y vecino de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de teja que se compone de dos salas una alta y otra baja, cercada de palos, cubierta de teja, que tiene en esta villa, en la calle que de la plaza Pública de ella sale para el camino de la Nueva ciudad de la Veracruz; linda por el oriente y norte con casa del Capitán Mayor don Gregorio Martínez de Solís, por el poniente con medio solar accesorio al de dicha casa que pertenece a Rosa de la Candelaria mujer de José Pascual de Canoas Pérez, y por el sur con casa y solar del Capitán [roto] López del Castrillo, la cual dicha casa está en medio de un solar de 25 varas de frente; la vende por precio y cantidad de 500 pesos en reales de contado.
Zonder titelDon Pedro Cruz, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que da en arrendamiento a don Diego Briseño, vecino de la Rinconada, una casa que tiene en administración de su hijo Eligio Cruz, la cual es de paredes y tejas, con su solar cercado de pared, ubicado en la primera luneta del camino que sale de esta villa hacia Veracruz, por tiempo de 3 años, pagando 100 pesos de oro común anuales, con la condición de que dicha cantidad se le pagará por adelantados y los reparos que haga el inquilino serán por cuenta del arrendador.