Doña Ana María Choza y Jiménez, mujer legítima que expresa ser del ciudadano Manuel de Salazar, con licencia previa de su marido, otorga que vende a don Juan Antonio Amaro una casita ubicada en esta villa en la calle que del callejón que nombran del Síndico va para los lavaderos de Xallitic, con su frente al poniente y su espalda al oriente, lindando por este rumbo con el arroyito de Xallitic, por el costado del norte linda con casita de José María Hernández; y por el costado del sur linda con casita del Presbítero don José Joaquín Rincón. La vende en precio de 150 pesos.
Sem títuloCALLEJÓN DEL SÍNDICO
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Doña María Salomé Pérez Mora, viuda, albacea y heredera del finado don Manuel Allén, vecina de esta ciudad, dijo que por bienes que le quedaron por la citada herencia, se halla una casa de altos y bajos, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran Nueva, haciendo esquina al callejón de San Vicente que baja al del Diamante. Dicho fundo linda por oriente con el referido callejón de San Vicente, y del otro lado casa que fue de doña Rita Casimira Morales y hoy posee don Bernardo Sayago, por norte linda con la expresada calle Nueva, haciendo frente con casa del finado don Juan Antonio Figueiras y con la entrada del callejón del Síndico, por sur con el callejón nombrado de Quiñones, y por el poniente con casa baja que fue del mismo Allén y se la vendió a don José Carrillo de Hermida. Que dicho Allén por escritura de 7 de octubre de 1816, compró al presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, como apoderado del señor canónigo don Francisco Ángel del Camino, albacea del licenciado don Francisco Javier de Gorospe, la mitad del agua corriente que entra en la alcantarilla de la casa baja chica del finado Gorospe, situada en el callejón de Quiñones. Dicha compra la hizo para sus dos casas contiguas, es decir, para la baja que vendió a Carrillo y el alta, a que ahora se trata, siendo también el pozo medianero de uso para las dos casas. Al tiempo de comprar Allén la casa alta, reconocía 38 pesos y 5 reales a favor de doña Antonia Ugarte y su hija doña María Bañares, y 800 pesos a los herederos de don José MaríaValero, según consta por escritura de 26 de enero de 1816, por la cual le vendió don Juan Lucas de Olavarrieta. Las mencionadas cantidades están canceladas, como consta por anotaciones de los años de 1818, 1820, y 1822, y por descuido no han sido anotadas. Siendo dueño, Allén de la casa alta, la grabó en 2 000 pesos en favor de don Juan Lucas de Olavarrieta, por escritura de 27 de enero de 1816, a cuenta de dicho capital, se le redimieron 500 pesos a Olavarrieta, quedando de ese capital 1 500 pesos, mismos que endosó Olavarrieta a favor de unos herederos de don Juan de Unanue, a los cuales ha representado don Pedro Unanue, por cuya orden fueron entregados a don Francisco Fernández y Agudo, por lo que dicha casa, se halla absolutamente libre de todo gravamen, que por problemas de trámites entre don Pedro Unanue y el presbítero don Atenógenes María Lombardini no se ha formalizado la cancelación. Cuya casa deslinda y todo lo expuesto doña María Salomé, otorga la vende a don Juan Ignacio Saldaña y Bonilla, y es la misma que con la casa baja contigua que la otorgante le vendió a don José Carrillo por escritura de 6 de octubre de 1824, compró el marido de la otorgante a don Juan Lucas de Olavarrieta, según escritura de 26 de enero de 1816. La venta se efectúa en precio de 2 000 pesos, con todas sus entradas, salidas, usos y costumbres, el medio pozo divisorio, el agua corriente de que se ha hablado y demás que de hecho y de derecho le corresponden.
Sem títuloEl Presbítero don José Vicente de Espino, de esta vecindad, dijo que el día 22 de enero se celebró remate en el juzgado de cuarta nominación de esta villa, de una casa que fue de don Juan Antonio Figueiras, la cual está ubicada en la calle Nueva esquina del callejón del Síndico, lindando por esta parte con otra casa del mismo finado, bajo las condiciones que se mencionan en el acta, siendo una de ellas, que acosta de la viuda y albacea del repetido difunto se ha de otorgar este instrumento que le sirva de título por la propiedad de la mitad del agua que entra a la casa comprada por el señor relacionante, pues a ésta pertenece solamente la mitad de toda esa agua y la otra mitad a la casa colindante que queda aún por de la testamentaría; en cuyo concepto se hizo la postura pues estando valuada toda el agua en 400 pesos, se computaron no más 200 en el monto que sirvió de base para la postura de la casa que compró el que habla. Y en cumplimiento de la referida condición, el nominado Presbítero don José Vicente de Espino otorga que confiere y declara que la mitad del agua que entra a la casa referida que ha comprado, pertenece y es en dominio y propiedad de la otra casa contigua que se halla al oriente, callejón en medio, propia aún de la testamentaria de Figueiras y en consecuencia se obliga a conservarles a los que en la actualidad poseen la repetida casa y a los que en lo sucesivo fueren dueños de ella, el predicho dominio y goce de la mitad el agua, y a no impedir jamás el tránsito de ella por los conductos que actualmente corre; y si alguna vez intentare contravenir a lo relacionado o entorpecer el uso del agua a las otras casa, quiere no ser oído y antes sí desechado y condenado.
Sem títuloDon José María Becerra, actual alcalde constitucional de cuarta denominación, dijo que como albacea del finado presbítero don José Alejandro de Campo, que fue de esta vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de doña María del Rosario, doña María del Pilar, mayores de veinticinco años, doña María de la Piedad, doña María Teresa, doña María del Carmen y doña María Isaac Pavón y Jiménez de esta vecindad, hermanas y de estado doncellas, una casa de cal y piedra, cubierta de madera y teja, de edificio bajo, con unas viviendas altas en el interior, situada en esta villa, en la calle que llaman Nueva, a la que hace su frente hacia el sur, con 12 varas y del otro lado, casa de doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa y 76 varas de fondo hacia el norte, por donde termina con una cuchilla o martillo donde tiene el zaguán y alcantarilla de su agua para el callejón que nombran del Síndico por donde linda con el costado de casa de la difunta María Vanegas, por el costado del oriente, linda con el de casa del finado don Juan Antonio Figueiras y por el del poniente con el casa del finado don Juan de Tejada y Miñón. Cuya deslindada casa, es la misma que el presbítero de Campo, hubo y heredó por fin y muerte de su hermana, doña Ana Catarina de Campo. La vende con todo lo que le pertenece, incluso el agua corriente que disfruta, que es una tercera parte de la que el finado don José Ignacio Pavón y Muñoz, padre de las compradoras, sacó en terreno propio en el barrio de Xallitic y de que vendió esta parte al presbítero Campo, con la carga de sufrir una tercera parte de los gastos de recomposiciones de la toma y cañería y la que tiene cargados 500 pesos de principal, de una memoria de misas rezadas, que el mismo presbítero cargo sobre ella, por escritura que otorgó en esta villa el 7 de noviembre de 1801. Cuya venta la hace por el precio de 3 300 pesos, con más el monto de la alcabala que han lastrado las compradoras. De los cuales 2 800 pesos en reales de contado y los 500 pesos restantes, que han de continuar reconociendo provisionalmente sobre la misma finca, pues de cargo del otorgante el allanar la redención de ellos, pues la casa le ha de quedar libre de toda afección; pero si satisfarán los premios para subvenir a las cargas piadosas de la fundación.
Sem títuloEl Presbítero don José Vicente de Espino, de esta vecindad, otorga que vende a doña María del Carmen Varón de Welsh, vecina de Veracruz y residente en esta ciudad, una casa de edificio bajo en esta ciudad, en la calle Nueva, con la cual hace frente al sur; lindando por el costado del oriente con el callejón nombrado del Síndico, que va a las aguas del Jalitic [Xallitic]; por el costado del poniente linda con casa que hoy es de los herederos del finado don José Ignacio Pavón y Muñoz; por el norte, que es el fondo, linda con casa chica perteneciente a don Juan Vanegas. La vende en precio de 4 000 pesos.
Sem títuloMaría Luisa Urriaga, viuda y albacea de don Juan Antonio Figueiras; y don Félix Velasco Quiroz curador ad litem de los menores doña María Manuela, doña María de la Soledad, doña María Dolores Hermenegilda y don Pedro Figueiras y Urriaga, sus hijos y de dicho finado, dijeron que por fallecimiento del referido Figueiras quedó una casa de edificio bajo ubicada en esta villa a la calle Nueva, esquina del callejón del Síndico, reportando algunos gravámenes. Y habiéndose presentado los acreedores, fueron intervenidos con autoridad judicial los rendimientos de la finca en 13 de noviembre de 1818, en cuyo estado permaneció, aplicándoseles periódicamente y a prorrata los productos a los acreedores, hasta que en febrero de 1828 les satisfizo la señora viuda y desde esa fecha quedó ésta con la casa libre, y pactó vendérsela al Presbítero don José Vicente de Espino, para cuyo fin se presentó judicialmente solicitando se le concediese la correspondiente licencia respeto a haber menores interesados; más creyendo el tribunal ser necesarios varios requisitos legales se siguió el expediente con todas las formalidades precisas hasta la celebración de almoneda y haber fincado el remate de la casa en el relacionado presbítero en 4 945 pesos 2 reales y 9 granos. Y reduciéndolo a efecto los relacionados doña María Luisa Urriaga por sí y por la acción de su hijo don Francisco Javier Figueiras y Urriaga, quien se la tiene cedida como lo acreditó la diligencia corriente; y don Félix Velasco Quiroz como curador de los nominados menores, otorgan que desde ahora y para siempre dan en venta y enajenación perpetua al enunciado Presbítero don José Vicente de Espino para sí y los suyos, la casa que de que se ha hecho mención, en los mismo términos que la ha poseído la testamentaria y bajo los requisitos prescritos en el acta de remate, en precio de 4 945 pesos 2 reales 9 granos libres todo gasto, pues así la alcabala como el costo de la escritura todo es por cuenta de los vendedores.
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