Don José María Gutiérrez de Zamora, de este comercio y vecindad, dijo debe a don Victoriano Guapillo, también se este comercio y vecindad, la cantidad de 300 pesos que le suministró en varias partidas; mismos que se obliga a satisfacer, luego que se abra la comunicación con Veracruz, que se encuentra obstruida a causa de las convulsiones políticas. Por dicha deuda, hace hipoteca de una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa en el callejón que nombran del Chorro del Poblano, bajo los linderos y dimensiones contenidos en la escritura de su adquisición, misma que se obliga a no enajenar, hasta no estar pagado dicho principal. El otorgante y acreedor convinieron que este pago lo hará en el término de cuatro años, contados desde esta fecha, con el premio de 5 por ciento anual, con la misma obligación y gravamen de la finca referida.
Zonder titelCALLEJÓN DEL CHORRO POBLANO
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Don José María y doña Josefa Córdova, de esta vecindad, dijeron que a nombre de sus 3 menores hermanos, otorgan que deben a don Luis García, de esta vecindad, la cantidad de 241 pesos, resto de mayor suma que por hacerle beneficio y buena obra, les ha suministrado para el mantenimiento y subsistencia necesaria de esta huérfana familia; y se obligan a pagarle en 5 años, sin premio alguno, y para seguridad del principal hipotecan un pedazo de solar eriazo que poseen en el callejón del Chorro Poblano.
Don José Antonio Morales y Ayala, vecino de esta Villa de Xalapa, declara que cuando fue Mayordomo de la Cofradía de San José de la Laguna, recibió de don Pedro [Rafael] Moral, vecino de esta villa, la cantidad de 50 pesos y ahora del actual mayordomo de dicha cofradía, don Anastasio Cruz, ha recibido la cantidad de 100 pesos, los cuales forman parte de los 300 pesos que le redimió don Domingo Roldán, cuyas cantidades se obliga a tener en calidad de depósito irregular por el tiempo de 7 años y para la seguridad en su pago hipoteca una casa de paredes cubierta de teja con el sitito que le corresponde, ubicada en el callejón del Poblano con el que hace frente al norte, al costado y sur linda con solar de los herederos de Domingo Ochoa y al poniente con solar de los herederos de Javier de Oyanguren y al oriente con solar de las Caminos.
Don José Francisco Campomanes, cura interino, vicario foráneo y juez eclesiástico de esta ciudad, dijo que doña Ana de Jesús Morales, de esta vecindad, de estado honesta, ha contratado la venta de una casa, que tiene en esta misma ciudad, en el callejón del Chorro del Poblano; pero al formalizar la escritura, se ha encontrado que los 350 pesos que reconocía, de los cuales 250 pesos están a favor de las cofradías del Señor San José de la Laguna y 100 pesos a la de la Santa Veracruz con sus respectivos réditos, están vigentes y sin cancelarse las escrituras de imposición y ni en los respectivos libros de hipotecas, cuando estos principales y premios se redimieron en el año de 1808, por la venta que de parte del terreno que de dicha casa hizo la finada su madre doña Rosalía García a don Pedro Martín del Puerto Vicario, el 4 de junio del mismo año. Y en prueba de ello, la señora Ana de Jesús Morales presentó tres recibos y requirió que fueren copiados en este instrumento. En virtud de dichos recibos, dicho señor cura, como rector de cofradías, dijo que para que las escrituras de imposición y los registros de los libros de hipotecas de los ya citados capitales se cancelen y queden nulos y la señora Morales libre para llevar a cabo el contrato de venta que celebró y tiene suspenso, declara en la más solemne forma que la finca hipotecada queda libre de toda responsabilidad.
Zonder titelJosé Valentín Luna, de esta vecindad, ha recibido de José Ignacio Sánchez, de esta vecindad, la cantidad de 1 500 pesos, cuya cantidad se obliga a pagar en el término de un año con sus réditos del 5% anual, y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de su acreedor, hipoteca dos casas ubicadas en la Callejón del Chorro del Poblano y la otra frente de ésta.
Don Manuel Allen, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de doña Teresa Méndez, de esta misma vecindad, la cantidad de 200 pesos en reales efectivos, cuya suma es la misma que le suplió mediante escritura de obligación el 6 de noviembre de 1802, por cuya cantidad hipotecó una casa ubicada en el Callejón del Chorro del Poblano, por lo que da por cancelada dicha deuda.