Mariana Jiménez, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de Miguel Díaz Parraga, vende al Presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate, una casita de paredes de edifico bajo, cubierta de madera y teja, que posee en el callejón que llaman de los Tecajetes de esta Villa, y en la segunda cuadra del que sale de la Plazuela del Rey para el rumbo del poniente, y se compone de 12 varas de frente que lo hace al sur, dicho callejón en medio, y del otro lado solar de la carnicería o matadero, y 40 de fondo así al norte por donde linda con solar de Anastasia Gorrindo, por el costado del oriente con el fondo de la casa de las López y del Presbítero don José Alejandro de Campo, y por el del poniente con don Juan García, que antes fue de Felipe Antonio González. Dicha propiedad heredó de su padre don Manuel Jiménez, y hoy vende al precio de 140 pesos.\t
CALLEJÓN DE LOS TECAJETES
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El Presbítero don José Alejandro de Campo, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, otorga que ha recibido y debe la cantidad de 500 pesos que el día de ayer le entregó el Reverendo padre Fray Gerardo Zavaleta, actual Prior del Convento Hospital de la Purísima Concepción de esta Villa, pertenecientes al convento de su cargo que le entregó por redención doña Antonia Díaz de Acosta, cuya cantidad se obliga a tener en depósito irregular por el tiempo de 5 años, pagando 25 pesos anuales por concepto de réditos. Para seguridad del pago hipoteca una casa ubicada en el callejón de los Tecajetes.
Don José María Becerra y don José María Berrio, ambos de esta vecindad, albaceas del finado presbítero don José Alejandro de Campo, vecino que fue de esta villa, dijeron que dicho presbítero falleció en esta villa, dejando por sus herederas universales a sus dos sirvientas: María Lorenza y María Guadalupe de Campo y Torquemada, como consta el testamento otorgado en esta villa el 28 de julio de 1824. En cuya virtud y la de haber fallecido bajo esta disposición, de acuerdo con las herederas procedieron a la formación de un inventario con sus avalúos respectivos, enajenándose parcialmente la finca principal para cubrir los gastos de enfermedad, funeral y entierro con el decoro que exige el carácter y buen hombre del testador y con el resto cubrir los alcances del repartimiento equitativo que se ha hecho de las otras fincas entre ambas herederas, el cuál fue en la forma siguiente: a María Guadalupe de Campo se le adjuntó la casa mortuoria, ubicada en la calle del Ganado. Y la casa chica ubicada en la misma calle y frente lindando con la primera antes dicha por el costado del norte, se adjudicó libre a María Lorenza de Campo; así como, la otra casita chica, ubicada en el callejón de los Tecajetes que, reportando en sí 500 pesos en favor del hospital de Caridad de esta villa, se convino adjudicársela a María Lorenza por el monto de su empeño. Por tanto, otorgan que adjudican, traspasan y entregan a favor de María Guadalupe y por la suma de 3 341 pesos 1 y medio reales, la casa mortuoria del finado presbítero, en pago de su haber hereditario, bajo los linderos, medidas y dimensiones constantes de la escritura su fecha en esta villa el 29 de octubre de 1799. Asimismo, en favor de María Lorenza la casa chica ubicada en la misma calle del Ganado, bajo los linderos, tamaños y servidumbres con que la adquirió el testador, como consta la escritura del 28 de enero de 1806. Y la otra chica en el callejón de los Tecajetes en cantidad de 500 pesos que ha de continuar reconociendo sobre ella a censo redimible en favor del hospital, la que unió el testador en dos pedazos de terreno que hubo y compró de Miguel Antonio Viveros y de María Nicolasa Guzmán, por escritura en esta villa el 23 de abril y 28 de junio de 1802. Las cuales respectivamente les entregan para que las disfruten.
Sem títuloEl señor Presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate, Cura de la doctrina de Tlacolulan y residente en este suelo, vende a don Marcos Hernández, una casita de paredes cubierta de teja, ubicada en esta ciudad, en el callejón que llaman de los Tecajetes, con su frente de 12 varas al sur y 40 de fondo al norte, lindando por este viento con propiedad de don Manuel Nava y Mota, que antes fue de Ana Gorrindo, por oriente con el fondo de casa que fue de las López y hoy posee Guadalupe Campo, y por poniente con casa de don Luis García. Cuya deslindada casa vende al precio de 150 pesos.
Sem títuloDon Miguel Antonio Viveros, maestro fundidor, vecino de esta Villa, vende al Presbítero don José Alejandro de Campo, de esta vecindad, un solar de 28 varas de frente, ubicado en el Callejón de los Tecajetes, con el que hace frente al norte, al oriente linda con solar de la casa del vendedor, por el fondo con solar de las Guzmanes, y al poniente con casa y solar de Vicente Barrientos. Lo vende en 100 pesos.
El presbítero don José Alejandro de Campo, natural y vecino de esta villa de Xalapa, hijo de don Juan Francisco de Campo y de doña María Catalina Serrano, ambos difuntos, ordena su testamento en la siguiente manera: declara por bienes suyos, una casa de su habitación, otra contigua chiquita por el costado del sur; otra en la calle Nueva, libres de empeño o hipoteca, y otra en el callejón que nombran de los Tecajetes, junto a la de Vicente Barrientos, afecta a 500 pesos que cargo sobre ella, pertenecientes al hospital de Caridad de esta villa, titulado San Juan de Dios, quién recibe mensualmente sus intereses, y si éstos gustan se pueden quedar y adjudicar la finca en pago de su capital; entre otros bienes que se mencionan en el acta. Asimismo, declara no tener adeudos. Nombra por albacea a don José María Becerra, de este comercio y vecindad. En caso de que su citado albacea este sobre cargado de ocupaciones, que se le han de aumentar con el reciente nombramiento de Alcalde Constitucional de cuarta denominación, nombra por segundo albacea a don José María Berrio, de esta vecindad, para que le auxilie. Y al no tener heredero ascendente ni descendiente, nombra por únicas y universales herederas a sus dos sirvientas, antiguas y perpetuas a María Lorenza de Campo y María Guadalupe de Campo y Torquemada, en retribución de los buenos servicios. Y revoca y anula otros cualesquier testamentos, codicilos, poderes para testar u otras ultimas disposiciones que antes de esta hacha hecho de palabra o por escrito.
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