CALLEJÓN DE LUCERO

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        CALLEJÓN DE LUCERO

          Términos equivalentes

          CALLEJÓN DE LUCERO

            Términos asociados

            CALLEJÓN DE LUCERO

              1 Descripción archivística resultados para CALLEJÓN DE LUCERO

              1 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0166 · Unidad documental simple · 1835/12/28
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio Camacho, originario de Valladolid de Mechoacan [Michoacán], de cincuenta años de edad y treinta de vecindad en Xalapa, hijo legítimo de don José Mateo Camacho y de doña Juana Guzmán, difuntos; y doña María Gertrudis Reyes de Camacho, natural y vecina de esta ciudad, de cuarenta y cuatro años de edad, hija de don Carlos José Reyes y de doña María Choza; otorgan testamento mutuo de la manera siguiente: Declaran estar casados y haber procreado a Eligio Nepomuceno, de veintisiete años; a Dionisio Luis, de veinticuatro años; a José María Doroteo, de veinte; a Carlos Luis, de diecisiete; a María Teófila, de quince; y a Juliana [Camacho y Reyes], de diez. Declaran por bienes una casa de altos y bajos en la calle de la Caridad; otra casa en el callejón de Gorospe; otra baja frente a los lavaderos de Techacapa, callejón del Lucero; otra en el pueblo de Coatepec; un terreno que fue de los Martínez, ubicado en suburbios de esta ciudad, nombrado la Loma de los Zapateros, con un solar de 80 varas al pie; resultando que el valor total de las fincas asciende a 7 000 pesos; asimismo, poseen en alhajas, muebles y un piano nuevo, todo con valor de 1 000 pesos; y por último, alguna existencia de reales, créditos y alcances de cuentas. Y si don Dionisio muere primero, nombra tutora y curadora ad bona a sus hijos a su esposa, y muerta ella la sustituirán los dos hijos mayores; y ambos otorgantes nombran como curador adlitem de los menores al Licenciado don Sebastián Camacho, y por su falta a don José María Rodríguez Roa. Se nombran mutuamente albaceas testamentarios y tenedores de bienes y por fallecimiento de ambos nombran a los dos hijos mayores. Nombran herederos a sus hijos.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO