CALLEJÓN DE FLORES

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              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0166 · Stuk · 1833/12/13
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Martínez de Espinosa y Franceschi, hijo y albacea de don Matías Martínez de Espinosa, mayor de veinte años y menor de veinticinco años, con su curador don Francisco Florencio Franceschi, dijeron que el mesón nombrado de las Animas, ubicado en la plaza Pública de esta ciudad, es una de las fincas pertenecientes a la testamentaria de dicho finado don Matías y que siendo benéfico a la testamentaria arrendar esa finca, tiene tratado darla en arrendamiento al ciudadano Francisco Barrios, de esta vecindad, bajo las siguientes condiciones: 1.º Que solo se comprende en dicho arrendamiento lo exclusivo del mesón y las tres asesorías, situadas en el callejón de Flores, más no las dos tiendas ni las piezas anexas a ellas. 2.º Que por el mesón y accesorias ha de pagar 36 pesos mensuales. 3a. Que el arrendamiento es por tres meses, que empiezan a contarse desde el 28 del corriente; sin embargo, desde ahora la entrega la finca a Barrios. 4.º Que se ha de caucionar el arrendamiento con hipoteca de una casita, perteneciente a la esposa de Barrios; entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Y estando presente Francisco Barrios otorga que acepta tal y como se haya extendida; y a fin de que tenga efecto la cuarta clausula, estando presente su consorte Luciana Arcos con previa licencia marital; Barrios y Arcos, ambos otorgan que hipotecan a la seguridad del pago, una casita, que tiene la señora Arcos, ubicada en esta ciudad, en el paraje nombrado de Jalitic [Xallitic], lindando por el oriente con la orilla de la acequia que conduce el derrame de las piletas de dicho Jalitic [Xallitic]; por norte con casa y solar de los herederos de Manuel González; por sur con callejuela que va para el puente que llaman de Lagos, y por poniente con calle que de la del Sindico baja para dichas piletas. Cuya casita y sitio se obligan a no enajenar, ni grabar entretanto no este satisfecha la cantidad que importen los arrendamientos expresados.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0038 · Stuk · 1825/02/04
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de don Antonio Mancilla, con licencia expresa de su marido, otorga que ha recibido de don Mariano Rincón, actual regidor de este Ilustre Ayuntamiento Constitucional, como albacea dativo que es de la difunta María Guadalupe Durán, que falleció intestada en esta villa de donde era vecina, la cantidad de 520 pesos que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado. Y se obliga a tener esta suma en calidad de depósito irregular por el tiempo de tres años, a partir de esta fecha, satisfaciéndole el premio de 5 por ciento anual. Y en favor de la testamentaria, hipoteca una casa de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la primera cuadra de la calle Real de esta villa, la que hace su frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes y don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte linda con el callejón de las Flores; por el costado del oriente con el de casa baja de don Pedro Miguel de Echeverría y por del poniente con el de casa alta de don José María de Goiri. Cuya casa es una de los que le correspondieron de la división de los bienes de su finado primer marido, don Mariano Ladrón de Guevara, la que es afecta únicamente de 1 000 pesos de principal a favor de la cofradía del Señor Sacramento de esta parroquia. Además, se obliga a no vender ni enajenar hasta o esta pagado este principal y sus réditos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0196 · Stuk · 1825/12/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa y doña María Rosa Lagoa, vecinas de la Nueva Veracruz, de estado doncellas, mayores de veinticinco años de edad, otorgan poder general a don Jorge de la Serna, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de dinero, oro, plata, mercaderías, géneros u otros de cualquier especie o porción que se les estén debiendo. Y para que de todo percibiere y cobrare dé y otorgue recibos, cartas, finiquitos y demás documentos que le fueren pedidos. Además, para que administre, arriende o alquile a una o más personas, las casas y posiciones que tienen en la Nueva Veracruz. Y para que las defienda en todos los pleitos, causas y negocios civiles o criminales.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0091 · Stuk · 1824/06/12
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro Rodríguez de Álamo, de este comercio y vecindad, otorga que subarrienda en favor de don Francisco Ponciano Rebolledo, vecino de Coatepec, los bajos de la casa esquina de la Plaza Principal de este suelo y callejón de Flores, perteneciente a la testamentaria del finado don Domingo Francheschi, por tiempo de dieciocho meses o pocos días menos, que es el tiempo que al otorgante le falta del arrendamiento de toda la casa, contados desde el cuatro del corriente, a excepción de una bodega grande, la caballería y traspatio, dicho subarriendo por la cantidad de 40 pesos mensuales. Además, en este contrato se incluye el traspaso que le hizo al mismo Rebolledo de las existencias, géneros y efectos, víveres y semillas de que se compone la tienda mestiza de su pertenencia que existe en la esquina de la casa, y ha recibido el inquilino a su entera satisfacción, precediendo el precio y valúo, hecho por don José María Hoyos y don José Domingo de la Rocha, peritos nombrados por ambas partes, cuyo monto ascendió a 2 840 pesos, de los cuales le entrega 1 500 pesos de contado al firmar la presente escritura y de la que le otorga recibo en forma y 500 pesos a los dos meses vencidos a partir de esta fecha y el resto a los cuatro meses.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0073-PX_0073_0080 · Stuk · 22/06/1809
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Luisa Salvo, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de don José Antonio Pereira de Castro, con licencia de su marido, otorga que vende a don Domingo Franceschi, de esta misma vecindad, una casa mesón que nombran de las Ánimas, de edificio alto y bajo, de cal y arena, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la Plaza principal, donde hace su frente al poniente y por su fondo al oriente. Linda con el costado de la casa y solar de don Mariano Ladrón de Guevara, por el norte con el Callejón de Flores, y del otro lado casa de su hermana Rafaela Salvo y por el sur con otra casa alta, de la pertenencia de don José María Goiri y solar eriazo situado a espaldas del cuartel de esta Villa. La vende en 23 550 pesos, de los cuales ha recibido 18 950 pesos y los 4 600 restantes los ha de seguir reconociendo, con sus 5% en cada año con sujeción a la escritura de imposición, los 4 000 que es el principal de la capellanía laica y los 600 restantes que pertenecen a la Archicofradía del Santísimo Sacramento.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0082 · Stuk · 05/06/1810
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Rafaela Josefa Salvo, mujer y conjunta persona de don Ignacio [de] Urrea de quien tiene licencia para efectuar esta escritura, otorga que vende a don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, una casa de cal y piedra de edifico alto y bajo, que se ubica haciendo esquina con la Plaza Principal y Callejón de Flores, hace frente con la Calle de Belén con 17 y media varas, al otro lado casa esquina de doña María Guadalupe de la Pedreguera, al fondo que es el oriente con casa de don Francisco Rica por donde tiene 92 varas, linda también con fincas de doña María Ignacia de Alba al norte, y con casa de don Manuel Allen y al sur con Callejón de Flores. La vende con tres empeños, 3 000 pesos a la capellanía que mandó fundar el abuelo de la otorgante, 500 pesos que situaron los albaceas de su abuelo y pertenecen al convento de San Francisco; 1 000 que la compareciente impuso sobre la misma casa. La venta la hace en 18 500 pesos, 6 500 importe de los tres capitales mencionados y los 12 000 restantes se los ha entregado a su satisfacción.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0045 · Stuk · 13/03/1806
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Petra Antonia Bonilla, vecina de esta Villa, viuda de primeras nupcias de don Dionisio [José] Salvo, y en segundas de don Manuel [José]Bellido, otorga que vende a don Francisco Rica, una casa que sirve de fonda, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en una de las esquinas del callejón del Diamante por donde hace un frente con 44 ½ varas, incluyendo un corral y caballerizas que miran hacia el oriente, por donde linda dicho callejón en medio con asesorías bajas de la pertenencia de don Jacinto Mora, y 31 también de otro frente que lo hace hacia el sur con Callejón de Flores en medio y por donde linda con el fondo de la casa morada del Regidor Alguacil Mayor don Carlos Díaz y Herreros, por la banda del norte con el costado de otra casa baja del mismo Regidor, y por el costado del poniente con el solar de su casa, y en el centro con el de doña María Ignacia de Alba. Dicha propiedad la hubo y heredó de su difunta hija doña Manuela Josefa Salvo, y hoy vende al precio de 2 500 pesos, mismos que ya tiene recibidos en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0051-PX_0051_0225 · Stuk · 06/06/1781
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Los Licenciados Mariano Carmon Trasloseros, Cura Vicario de la antigua parroquia de este pueblo, José Balboa, Cura Vicario de San José de la Laguna, y don Francisco Hidalgo, dijeron que doña Ángela Francisca del Pino mandó fundar una capellanía laica de estudios de gramática en la que nombró por patronos a 2 párrocos con el principal de 4, 000 pesos, que fundaron los patronos y albaceas sobre 2 mesones, pero los albaceas han concluido con su cargo, por lo que entregaron todos los bienes a don Manuel José Bellido, tutor y curador de sus herederos, quienes convinieron con don Francisco Hidalgo para que les reciba la cantidad de 3, 000 pesos, por lo que éste los recibe y los carga a censo redimible sobre una casa de paredes techada de madera y tejas inmediata a la Plaza Pública, en la calle Principal que sale hacia el Camino Real de la Veracruz, linda con casa de don Manuel del Día, al oriente con casa de la testamentaria de don Gabriel de Arteaga, al poniente con casa de los herederos de don Laureano Fernández de Ulloa, al norte con callejón que llaman de Flores.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0125 · Stuk · 1831/07/23
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Dolores Martínez, mujer de don Joaquín García y Ruiz, con licencia del susodicho, otorga poder especial a don José María de Quero, vecino de la heroica ciudad de Veracruz, para que en nombre proceda a realizar la venta de una casa que posee por suya en dicha ciudad, ubicada en esquina del callejón de Flores, por el precio y condiciones que le instruirá en sus cartas misivas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0072 · Stuk · 1837/06/18
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Asunción Cisneros, originaria de México y vecina en esta ciudad, hija de don José Cisneros y de doña María Gertrudis Sotomayor, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: ordena las mandas forzosas y acostumbradas. Declara fue casada en primeras nupcias con Francisco Rica, y después de su muerte, contrajo segundo matrimonio con Juan Bautista Brugada, con ambos no hubo prole. Señala que cuando se casó con Rica, ambos no tenían capital alguno, y a la muerte de éste disfrutaban una casa en esta ciudad en la esquina de los callejones de Flores y del Diamante con establecimiento en ella de posada y fonda, de cuyos bienes él la nombró heredera y albacea en el testamento que otorgó el 21 de julio de 1808. Declara que cuando pasó a segundo matrimonio, Brugado no poseía intereses algunos. Al presente posee por bienes la citada casa, y otra casita ubicada a la calle tercera principal con su frente al norte, además de sus muebles, imágenes, ropa y adornos de casa. Señala, que don José María Herrera le debe 500 pesos, y en el concurso de Zuluaga, en Cádiz hay un crédito a su favor, que manda se recauden. Ordena, que en los días de su novenario se distribuyan 45 pesos a pobres necesitados que elija su albacea. Asimismo, manda que, a la cantidad anterior, se le sumen otros 100 para que igual se distribuyan entre los pobres, a discreción también de su albacea. Ordena se den 100 pesos a la escuela de la parroquia de esta ciudad. Declara que en su casa hubo un huérfano nombrado Domingo, con apellido de su primer consorte, quien se separó de su casa e ignora su ubicación, pero en caso de que aparezca y tuviera necesidad de alguna cosa, manda se le socorra según lo decida su albacea. Ordena que las imágenes y adornos se distribuyan entre la escuela de la parroquia, doña MaríaTeófila Camacho y Reyes, don Eligio Nepomuceno Camacho y Reyes, doña María Josefa Mora y sus hermanas, doña Juliana Plata y sus hermanas, y la criada que fuere al momento de su fallecimiento. Manda que sus libros, con arreglo de una lista que dejará y la ropa y demás trastes se apliquen a las personas que le asistan en su última enfermedad. Declara, que habiendo decaído el establecimiento que le abastecía su sustento, tuvo que quitarlo por la calamidad de los tiempos, por lo que debido a la falta de recursos don Dionisio Luis Camacho y Reyes le ha estado franqueado cuanto necesita, y le ha ministrado hasta el momento 400 pesos y le prometió continuar beneficiándola hasta su fallecimiento, por tal motivo, ordena que la casa actualmente habita, quede exclusivamente destinada para que con su producto en venta se le cubra lo que le ha ministrado y siga ministrado, y también se ocupe para las urgencias. En caso de que con la venta de la mencionada casa no alcance la cantidad que fuere, se tomará dinero a rédito sobre la casa grande para completar el pago al dicho Camacho la cantidad que le debiere como para cubrir los legados que deja establecidos, mandas y demás. Nombra por su heredero a don Dionisio Luis Camacho, y en caso de que éste fallezca antes que él, nombraría a sus hijos. Nombra por su albacea testamentario al dicho don Dionisio Camacho, y por su falta a sus hijos don Eligio Nepomuceno, don Dionisio Luis, don Carlos Luis, don José María Doroteo, doña María Teófila y doña Juliana, para que se vayan sustituyendo uno a otro por el orden a sus edades.

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