Doña María Salomé Pérez Mora, vecina de esta villa, en virtud del poder para testar que su difunto esposo don Manuel Allén le concedió en esta villa; otorga que ordena su testamento en la siguiente manera: declara que don Manuel Allén falleció bajo dicho poder recíproco, el doce de junio y la noche del trece sepultado en la capilla de San Francisco. Declara y manda que se paguen 4 reales a cada una de las mandas forzosas y acostumbradas. Declara que aquel contrajo matrimonio con ella, habrá unos treinta años poco más o menos, en la Nueva Veracruz, de donde eran vecinos, y durante dicho matrimonio no procrearon hijos legítimos ni naturales. Ítem expresa porqué así fue su voluntad, que él percibió 300 pesos de dote de huérfana que le tocó por suerte de la cofradía de Nuestra Señora del Rosario, de aquella ciudad y 1 129 pesos con 3 y una cuartilla de reales de su haber hereditario por muerte de sus padres. También declara, que sus bienes consisten en esta casa que fue de su habitación, la tienda que hay en ella, obstruido su comercio en razón a su dilatada enfermedad; tres casas bajas en la calle del ganado; dos continúas en la calle Nueva, otra en la segunda cuadra de la calle Real que nombran mesón de San Antonio, entre otros bienes que se mencionan en el acta; asimismo, advierte que las fincas reportan todos varios gravámenes. Declara que por sus libros, cuentas y papeles se deducirá el estado de su casa y dependencias activas y pasivas, que manda que se cobre las unas y se satisficiesen las otras. Declara que la nombra por su albacea fideicomisario y tenedora de sus bienes; y en el remanente que quedare la instituyó por su única y universal heredera por no tener ascendentes ni descendentes.
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Don Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad, como apoderado del capitán retirado de Ejército don Francisco Durán, marido y conjunta persona de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes, otorga que recibió, el 31 de diciembre próximo pasado, de don Juan Bautista Priani, residente en esta villa, emigrado del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 2 000 pesos en reales de contado. Que son los mismos que se constituyó a entregarle para el citado día, en parte del valor de la venta de una casa alta y baja que le vendió de la pertenencia de la citada Santa María, ubicada en la calle Real de esta villa, por escritura su fecha en esta villa a 25 de noviembre último y en la que le dejó hipotecada esta finca al pago de estos 2 000 pesos. Y otorga cancelación en forma, asimismo declara por libre de tal afección dicha finca, consintiendo que se anote en la misma escritura y sus traslados para que en esta parte no obre ni haga efecto.
Sans titreDon Juan Bautista Priani, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Juan Antonio Lerdo de Tejada, del comercio de la Nueva Veracruz, apoderado de su hermana política doña María Isabel del Corral de Linares, viuda del finado don Ramón Linares y por mano de don Pedro Miguel de Echeverría, también del comercio de Veracruz, la cantidad de 4 000 pesos pertenecientes a dicha señora Isabel, quién los ha adquirido en mayor cantidad de la herencia que le puede corresponder de su prima María Dolores Aicinena y Bustillos, residente en Cádiz, recibidos de don Pedro Miguel de Echeverría, quién declara que dicha cantidad le pertenece a la dicha doña María Isabel del Corral de Linares para que conste, de este modo y sin derecho a él ni a las utilidades que puedan generar, todo conforme disponen las leyes protectoras del caudal heredado por las mujeres de comerciantes fallidos. Cuya suma se obliga a satisfacer en el término de un año, que debe contarse desde el día primero del presente mes de diciembre, más los réditos que han convenido, los cuales le ha de pagar a proporción mensualmente. Y en favor de su acreedora, hipoteca una casa de cal y piedra, alta y baja que tiene en esta villa, en la primera cuadra de la calle Real, con el frente al norte y del otro lado casa baja de don Pedro Miguel de Echeverría, por su fondo al sur linda con pedazo del fondo de la casa de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes, con cuya casa principal también linda por el poniente; por el otro costado del oriente linda con otra alta que fue del finado don Mateo Badillo. Cuya deslinda casa es la misma que la citada señora Santa María le vendió en esta villa el 25 de noviembre de 1823. Además, se obliga a no enajenar hasta no estar satisfecho dicho principal y sus réditos.
Sans titreJuan Pérez, de esta vecindad, maestro herrador, dijo que por escritura pública de obligación que otorgó en esta Villa el 22 de enero de 1802, se constituyó en deudor de 275 pesos, pertenecientes a los menores hijos del finado Ignacio Molina, y que percibió con causa de réditos de mano de don Juan José [Lagunas], curador ad litem de aquéllos, por término y espacio de 5 años, y con hipoteca de una casa ubicada en la Calle Real, camino que sale para Veracruz, inmediata a la Iglesia del Señor San José de la Laguna; y debido a que no puede solventar el referido principal y algunos réditos, por la presente renuncia a la posesión de la citada casa, cediéndola y transfiriéndola a favor de los menores herederos del citado difunto Ignacio Molina, en pago de la señalada deuda.
Don Manuel y don Francisco Badillo, de esta vecindad, otorgan en arrendamiento a favor de don Francisco Cia, también de esta vecindad, la casa alta y baja situada en la primera cuadra de la Calle Real, por tiempo y espacio de 9 años, por precio de 50 pesos mensuales.
Don Sebastián de Aguirre, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Juan Lucas Olavarrieta, como tutor y curador de los menores hijos del finado don Juan de Unanue, que lo son don Pedro Nolasco, doña Dolores, doña Gabriela, y doña Catarina de Unanue, la cantidad de 6 000 pesos, que de la pertenencia de éstos le ha suministrado, y se obliga a satisfacerlo en el término de 3 años, con el 5 % en cada año; y para seguridad de los menores, hipoteca una casa de cal y piedra, cubierta de madera ladrillo y teja, situada en la última esquina de la segunda cuadra de la Calle Real y Callejón de la Acequia.
Don Manuel Fernández del Campo, Capitán de Fieles Realistas de Caballería de la Costa del Sur, en la Provincia de Oaxaca, residente en este suelo, otorga que vende a favor de don Juan Francisco de Abaroa, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, una casa de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, con una fuente de agua dulce corriente, que posee en esta Villa, haciendo frente y esquina con la Calle Real y de la Raqueta, con 33 y media varas de frente que lo hacen al sur, dicha Calle Real en medio, y del otro lado casas altas de doña Josefa Gómez de Estrada y del finado don José de Arias, 51 de fondo hacia el norte, por donde acaba en un martillo, y por donde linda con lo más corto con casa de don Miguel Garagorri, y por lo más largo con el costado del fondo de la de doña Gertrudis Noriega. Por el costado del poniente linda con el de la casa mortuoria de don Domingo Franceschi y por el del oriente hace otro frente a dicha Calle de la Raqueta. El agua corriente tiene su origen y nacimiento en un solar en la Calle que nombran de Utrera, frente a la casa de don Anastasio Cruz, y la posee con los justos títulos que le entrega al comprador; cuya deslindada casa y agua no reporta otro gravamen que el de 3 000 pesos. La vende por precio de 11 500 pesos.
En el pueblo de San Jerónimo Coatepec, don Mariano Rebolledo, esposo que fue de doña María Gertrudis Maldonado; doña Josefa Maldonado, hijas legítimas de don Gregorio Maldonado y de doña Mariana Domínguez; doña María Josefa Polinaria Maldonado, hija legítima de don Luis Maldonado, ya difunto, hermano de las dos primeras referidas, otorgan que venden al Presbítero don José María Rubín de Celis, una casa de calicanto, cubierta de teja, situada en la Calle Real de este pueblo, con 27 y media varas de frente al oriente, linda dicha casa al poniente con la de don José Alonso Bonilla; y por el sur con Francisca Hernández, viuda de Mateo Lovillo. La venden por precio de 425 pesos.
Doña Josefa Ortega, en su representación y la de sus hermanas, otorga que ha recibido de don Juan Antonio Pardo, Mayordomo, hermano mayor de la Cofradía de las Benditas Ánimas, 100 pesos que de los fondos de ella le ha suministrado por hacerle bien y buena obra, por el tiempo de 5 años con el premio acostumbrado de un 5% al año; y para mayor seguridad del pago, hipoteca una casa de cal y piedra de edificio bajo al exterior y alto al interior, que en consorcio de sus hermanas posee en esta Villa en la Calle de la Requeta [Raqueta] por donde es frente y al otro lado casa de don Pedro Pérez de Llera, al oriente hace otro frente con callejón que del puente de Lagos atraviesa a la segunda cuadra de la Calle Real, al sur linda con casa de don José Pérez de Llera y al norte con otra de don Juan Manuel Rodríguez, cuya casa heredaron de sus padres don Nicolás [de] Ortega y doña Juana Villegas.
Don Manuel Fernández del Campo, Subdelegado del Partido de Xicayán, de la intendencia de Oaxaca, residente en esta Villa, otorga que da en arrendamiento a don Francisco Cia, de este comercio y vecindad, una casa de edificio bajo, ubicada en la primera cuadra de la Calle Real por donde hace su frente, al sur linda con casa alta del Alférez Real don José Antonio de la Peña, al norte que es su fondo linda con casa chica del padre del otorgante don Nicolás Manuel Fernández, al poniente con casa de con Domingo Franceschi, al oriente con el callejón de la Requeta y del otro lado con casa que fue de don Juan Antonio Espinosa; el arrendamiento se da bajo las cláusulas y condiciones que se marcan en la escritura.