Doña Josefa Oliva, hija legítima de don Juan de Oliva y de doña Antonia Casanova, viuda de Juan Mancilla, dijo que por fallecimiento de su tía doña Juana Casanova, heredó una casita de madera y tejas arruinada, con el solar que tiene de frente 14 varas y de fondo 34, ubicado en la calle que baja para la Alameda, llamado callejón de Alba que antes se nombraba de don Luis de la Flor, con el que hace frente al oriente; y por el sur linda con casa del comprador; por el norte con solar que fue de María Josefa Cadenas y hoy es del mismo comprador; al poniente con solar de dicha María Cadenas. Cuyo solar ha vendido a don Domingo Aravalles, de esta vecindad, en 100 pesos, cantidad que destinó para suplir los gastos de curación y entierro de su tía y que le prestó de don José Hernández de Cárdenas, Capitán del Regimiento de Infantería Provincial de las tres villas.
CALLEJÓN DE ALBA
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Don Francisco Javier Sáenz de Santa María, vecino de Villa de Xalapa, vende a don Tomás Antonio Franco, vecino de esta Villa de Xalapa, dos casas: una linda al sur con el callejón que atraviesa de la calle de Alba a la calle de Arrieta y que nace entre las casas de los herederos de don Ignacio de Guevara y don Francisco González, al norte con parte de la casa de don Mauricio José Serrano y parte de la casa del comprador, al oriente con solar de Pedro Moral, y al poniente con casa de los herederos de don Francisco González. La otra ubicada en la calle de San Francisco de Paula que linda al norte con la citada calle de Paula y casa alta de don Lino Caraza Jiménez, al sur con solar de la antecedente, al oriente con casa del comprador, y al poniente con casa de don Joaquín Freiría y Sotomayor; ambas casas las vende en 800 pesos, 600 de censo redimible a favor de dos obras pías de la parroquia de esta villa y 200 al contado.
Don Miguel de Campo, español y vecino de la Villa de Xalapa, dijo que estando para ordenarse su sobrino, el Bachiller Francisco de Campo, colegial del Seminario de Puebla, a título de una Capellanía de 3, 000 pesos y por que de un mil de dichos 3, 000 pesos se han traspapelado los títulos, y por si no aparecieren dichos títulos traspapelados o perdidos, los 1000 pesos que faltan para completar la capellanía, otorga que se obliga que impondrá de su propio caudal sobre su casa situada en el callejón de Alba.
Don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad y comercio, dijo que desde 23 de octubre de 1835, recibió la cantidad de 3 000 pesos pertenecientes a doña María Petra Oropeza, consignados a ella por su esposo José de Alcalde. Cantidad que se obliga a conservar en su poder a depósito irregular y entregará para cuando se le pida, con el requisito de que se le avise con un mes de anticipación, también se obliga a que mientras el capital esté en su poder pagará a la señora Oropeza, un 2 por ciento mensual, debiendo anotar la citada escritura de 16 de agosto del año último pasado, para que no se entienda ser aquellos 3 000 pesos diversos de los que ahora se relacionan en la presente escritura. Por dicha deuda, Bárcena, hipoteca la casa ubicada en esta ciudad, que hace esquina con callejón de Alba y con la calle que del Beaterio va para el barrio que llaman de Zitácuaro, siendo el frente de dicha casa al poniente con el expresado callejón de Alba, y del otro lado casa en la que actualmente está la comisaría, por norte linda con casa del mismo señor otorgante, por sur con la referida calle que va al barrio de Zitácuaro, y por el oriente con casa que fue de doña María Josefa Ladrón de Guevara. Nombró por su fiador a don Javier Arias, quien se constituyó como su principal pagador de la suma de 3 000 pesos y sus premios.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOEl Excelentísimo señor don Juan Francisco de Bárcena y su hermana doña Manuela, el primero por sí y por otra hermana nombrada doña María del Rosario [de Bárcena], difunta, y como curador de don José Antonio de Bárcena y Bárcena, hijo de doña Gabriela [de Bárcena y Zugadi], otra de sus hermanas; don Martín Sánchez y Serrano, como marido legítimo que fue de doña Josefa de Bárcena, difunta, y como tutor de los hijos que tuvieron en matrimonio; y don Javier Arias, como marido de doña María de los Remedios Bárcena y Bárcena, hija de doña Gabriela; de esta vecindad todos los comparentes, dijeron que por fallecimiento de don Juan de Bárcena quedaron las fincas siguientes: una casa de edificio bajo, ubicada en el callejón de Alva; otra casa de edificio bajo, ubicada en la segunda cuadra de la calle Principal; otra casa situada en la calle de Señor San José; un cuarto edificado sobre la toma de agua de Techacapa. Asimismo, dijeron que por herederos de don Juan de Bárcena quedaron sus hijos los señores don Juan Francisco, doña Manuela, doña Josefa, doña María del Rosario, doña Gabriela, doña María Ascensión y doña Ramona. De los cuales don Juan de Bárcena se encuentra en estado célibe; doña Manuela reside aquí, viuda de don Juan Bautista de Garaicoechea, con hijos; doña Josefa, difunta, estuvo casada con don Martín Sánchez y Serrano y dejó hijos, de quienes es tutor Sánchez y Serrano; doña Rosario falleció sin sucesión, dejando por albacea y heredero a don Juan Francisco, su hermano; doña Gabriela, difunta, estuvo casada con don José Antonio de Bárcena y Bárcena, con quien procreó a don José, residente fuera de la República, del cual es curador don Francisco, y a doña María de los Remedios, casada con don Javier Arias; doña Ascensión, viuda de don José Antonio del Valle, se halla fuera de la República; y doña María Ramona de Bárcena y Zugadi, difunta, con hijos que residen fuera de este país. A cuyos herederos se les aplicó las fincas mencionadas de la siguiente manera: a don Francisco y a doña Rosario se les adjudicó la casa del callejón de Alba; a doña Josefa y doña Gabriela, la que se ubica en esquina de la calle Principal y de San Antonio; a doña Manuela y doña Ascensión la de la calle de San José; y a doña Ramona el cuarto que se halla sobre la toma del agua de Techacapa; cada una con el valor que se indica en su avalúo y con obligación de reintegrarse los unos herederos a los otros las diferencias de valores para igualarse. Asimismo, dijeron que habiendo fallecido doña Rosario sin dejar sucesión reasumió don Juan Francisco de Bárcena por si solo la propiedad de la casa del callejón de Alba, quedando como único dueño de ella. Y por cuanto han estado poseyendo esos fundos bajo la buena fe, pero requiriendo algunos de los interesados obtener de manera legal su título respectivo, han convenido en formalizar la escritura de adjudicación, por lo tanto, otorgan que confirman y ratifican la expresada adjudicación.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOMaría Josefa Cardeña, doncella mayor de 25 años, natural y vecina de esta villa, vende al Bachiller don Domingo de Aravalles, de esta vecindad, un solar con 16 y media varas de frente y 30 y media de fondo, ubicado en el callejón de Alba que antes se nombraba de don Luis de la Flor, cuyo solar lo compró la otorgante a Pedro Jiménez, y hace frente al oriente y del otro lado casa de la Ontiveros; por el costado del norte con un callejoncillo que atraviesa del de Alba al de los Luises; por el poniente linda con solar de Juan Bermon; y por el sur con solar que fue de Antonio Justo. Lo vende en 50 pesos.\t
Doña María Antonia Álvarez de Guitián, mujer del Capitán Antonio Vázquez Ruiz, vecina de Jalapa, vende a don Francisco González, un solar de 24 varas ubicado en la plazuela que llaman de la Bochas, linda al oriente con solar de la casa que fue de María Vázquez, al sur con la callejuela, que del Callejón de Alba va hacia el juego de Bochas, al poniente con la casa de dicho Francisco González, al norte con casa de don José de Alba. La venta se hace en 240 pesos, con la condición que ha de dar a la casa contigua los arrimos de todas las paredes y cercas que hicieren los dueños de ella.
Doña María Ignacia Ladrón de Guevara, vecina de esta Villa de Xalapa, viuda de don Francisco Gerardo González, otorga que ha recibido del Capitán José de la Fuente, como Hermano Mayor de la Venerable Tercera Orden de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco, Patrón de las Obras Pías del Convento de Religiosos de dicho santo, la cantidad de 350 pesos, principal con que doña Rita Apolonia Jiménez, viuda de don Ramón de Osorio, dotó una obra pía o memoria de misas, cuya cantidad se obliga a tener en depósito irregular por 9 años, con obligación de réditos del 5 % anuales, y como seguro de la deuda, hipoteca una casa ubicada en la esquina del callejón que llaman de las Bochas y la callejón de Alba.
Pedro Jiménez, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que vende a María Josefa Cadenas, de estado doncella, de esta misma vecindad, un pedazo de solar con 16 y media varas de frente y 31 y media de fondo, ubicado en el callejón de Alba, que antes se llamó de don Luis Fernández de la Flor y Pareja, con el que hace frente hacia el oriente y del otro lado casa de la Ontiveros, al norte linda con callejoncillo que atraviesa del Alba al de los Luises, al poniente con solar de Juan José Bermón, al sur con solar que fue de Antonio Justo. Lo vende por precio de 30 pesos.
El señor don Juan Francisco de Bárcena y don Cayetano José Jiménez, de esta vecindad y comercio, dijeron que mediante a que los señores don Manuel de Cano y Valle y don Mariano Pasquel por sí y por su socio don Ramón Grinda han garantizado por dicho señor Bárcena la cantidad de 4 540 pesos que don José Julián Gutiérrez le facilitó según consta de escritura de 7 del corriente; y han convenido los otorgantes en cubrir esa suma de la manera que se expresa en las cláusulas siguientes: 1ª. Que el nominado señor Bárcena les hipoteca a los citados fiadores la general de sus bienes y especialmente la tienda mestiza que hoy es a cargo de dicho Jiménez, con todos sus anexos, panadería y existencia de una y otra. 2ª. Que el referido don Cayetano José Jiménez como socio de dicha negociación se obliga y constituye a la amortización de la citada cantidad de 4 540 pesos entregándole a don Mariano Pasquel 500 pesos cada un mes. 3ª. Que ambos señores Bárcena y Jiménez se obligan solemnemente y con especialidad el segundo a no disponer de cantidad alguna de la expresada tienda y sus productos, para más objeto que el presente, a excepción de los pagos que por compra que haga para el giro y fomento de la misma negociación. 4ª. Que como la obligación para la entrega de los 500 pesos mensuales es directamente de Jiménez a Pasquel debiendo recibirlos éste, se constituye aquel principal pagador y como tal con obligación de permanecer a la cabeza de la negociación hasta tanto se amortice la repetida cantidad de 4 540 pesos a cuyo cumplimiento hipoteca especialmente Jiménez por su parte la que de utilidades pueda corresponderle en dicha negociación. 5ª. Que como la expresada suma de 4 540 pesos es para cubrir la de igual cantidad que ha facilitado don José Julián Gutiérrez a virtud de la indicada escritura de 7 del corriente, en la que se constituyeron fiadores los señores Cano y Valle, Pasquel y Grinda, para que tan luego como Jiménez le haya completado a Pasquel los explicados enteros, proceda este último a que Gutiérrez cancele la prenotada escritura de 7 de este mes, pues que no solo comprende ella la fianza prestada por los señores Cano y Valle, Pasquel y Grinda, sino también la hipoteca que hizo el señor Bárcena con poder de su hermana doña María Ascensión [de Bárcena] de una casa ubicada en esta ciudad, en la esquina del callejón de Alba. Bajo cuyas cláusulas y condiciones otorgan los señores Bárcena y Jiménez que se comprometen en la más bastante y forma a dar todo lleno a esta escritura con puntual arreglo a su tenor; y en el evento de faltar a lo estipulado quieren y consienten que el señor Pasquel proceda ejecutivamente contra el establecimiento referido.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO