Manuel Paulin, residente en este pueblo, recibió del Capitán Juan Esteban de Iturbide, Caballero de la Orden de Santiago, la cantidad de 21, 000 pesos en un conocimiento otorgado por Juan Francisco de Vertiz, dueño de recua, cuya cantidad se obliga a que la embarcará registrada en capitanía de la flota a cargo del Jefe de Escuadras Rodrigo de Torres y Morales, por cuenta y riesgo del Duque de Terranova, Marqués del Valle de Oaxaca, como producto de las rentas de dicho Valle, y llegados al puerto de Cádiz, los entregará a Juan García Romero o a Nicolás de Berroa.
CÁDIZ, PUERTO DE
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Don Francisco Badillo, de esta vecindad, hijo de Manuel Badillo y doña Micaela Alcaide, difuntos, a nombre propio y en el de sus hermanos don Manuel, don Miguel, don Antonio y don Pedro Ramón Badillo, otorga poder a don Clemente Fernández de Elías, vecino y comerciante del puerto de Cádiz, para que, como herederos y albaceas de su tío don Mateo Badillo, vecino que fue de este suelo, promuevan lo conducente a la conclusión de la testamentaria de éste. También, se encargue de los cobros y pleitos.
Sem títuloDon José Belio y don Leonardo de Noguera, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Santiago Domínguez, vecino de la nueva ciudad y puerto de Veracruz, para que demanden, reciban y cobren a don José Salvadores, residente en la citada ciudad de Veracruz, la cantidad de 1, 760 pesos, de 8 reales, los cuales se obligó a pagar a la compañía de comercio del puerto de Cádiz.
Pedro Sánchez Monge, vecino de la provincia de Jalapa, natural de la Villa de Chiclana, Ducado de Medina-Sidonia, dio carta poder a Diego Sánchez Barragán, vecino de Cádiz, para que pueda vender en su nombre todos sus bienes en la Villa de Chiclana, compre mercaderías, y pueda traer a sus hijos a esta Nueva España.
Don Adrián Matías de la Haya, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la jurisdicción de Jalacingo, otorga poder especial a don Juan Bautista de Galainena, vecino de la Ciudad de La Habana, para que reciba de los Maestre de los navíos que vienen de Cádiz, los 25 tercios de purga de Jalapa y con ello cancele las escrituras hechas a su favor.
Don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo y Alférez Real del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, vecino y de su comercio, y don Juan [José] Darget, como socio de la compañía de intereses titulada Darget y Herrero, se obligan a pagar al Señor Coronel del Ejército don Manuel Muro, residente en esta Villa, la cantidad de 22,000 pesos fuertes valor de una libranza girada a su favor, cuya libranza fue hecha en Manila el 1 de abril de 1803. El principal debe ser pagado en el Puerto de Cádiz a los 8 meses contados desde la fecha en que en éste reino se tenga noticia de la publicación de la paz con Inglaterra, con el premio acostumbrado del 5% anual. Para la seguridad de la deuda ofrecen como fiador por el monto principal y sus premios a don Ángel González, Regidor Perpetuo y Alguacil Mayor del Ilustre Ayuntamiento de la Nueva Veracruz.
Don Juan del Valle y Doña María Estévez, su legítima mujer, vecinos de la nueva ciudad de Veracruz, estantes en este pueblo de Jalapa, naturales de Sevilla y de Cádiz, respectivamente, dieron su poder cumplido el uno al otro para que representando cada uno la persona del otro, en su nombre pida, reciba y cobre todos los maravedíes, pesos de oro, plata, reales, joyas, esclavos, bestias, ganados haciendas y otros bienes que les deban. Y para que el que quedase vivo, pueda hacer y ordenar el testamento de quien fallezca, con las declaraciones, mandas, legados y obras pías que se tienen comunicadas.
El Alférez Sebastián de Flores Moreno, mercader y vecino de Jalapa, albacea y tenedor de bienes de su difunto hermano Juan de Thormes, asimismo tutor y curador de sus menores hijos, otorga poder especial al Capitán Andrés Martínez de Murguía, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad y puerto de Cádiz, en los Reinos de Castilla, para que en su representación haga la remisión de las mercaderías y demás efectos que en su poder tenga, guardando la orden que para ello le comunicará por sus cartas con las circunstancias y requisitos de su entrego.
Don Joaquín José Micon, vecino de la Nueva Veracruz, le presentó a don Juan Manuel de Revilla, de la misma vecindad y residente en ésta, una libranza girada por don José Ramón Recaño, vecino del Puerto de Cádiz, exigiendo su pago. Revilla contestó que no paga dicha libranza por no tener fondos en plata efectiva, pues el girador de ella, don José Ramón, libró en el concepto de tener sus fondos realizados que existen y aunque ofreció el pago al vender algunos géneros, no se le ha admitido, por lo que Micon, expresó que protestaba contra el girador o contra quien haya lugar por todos los daños y perjuicios y por el no cumplimiento de la mencionada libranza.
Don José Belio, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Roque Aguado, don Gaspar Aguado y don Ignacio Guruzeta, hermanos y vecinos del puerto de Cádiz, en los Reinos de Castilla, para que cobren a cualquier persona, de manera judicial o extrajudicial, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y mercancías que le de deban.