Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen , del Comercio de España, residente en Jalapa, otorga que ha recibido de don Antonio Romero de Herreros y don Tomás de Lerena y Hervías, la cantidad de 1, 600 pesos de contado, misma que por escritura hecha en Cádiz el 17 de abril del presente año, se obligaron a pagarle al otorgante por haberlos recibidos a riesgo de mar de don Juan Jacinto Palomo.
CÁDIZ, CIUDAD DE
667 Archivistische beschrijving results for CÁDIZ, CIUDAD DE
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España, residente en Jalapa, otorga que ha recibido del Doctor Antonio Bergosa y Jordán, Inquisidor del Santo Oficio de este reino, la cantidad de 5, 500 pesos en dinero de contado, misma que dicho Doctor recibió a riesgo de mar de don Juan Jacinto Palomo, sobre que otorgó escritura hecha en Cádiz el 20 de abril de 1780, de la cual hace cancelación.
Don Liborio Clausell, del Comercio de España, residente Jalapa, exhibió escritura hecha en Cádiz el 21 de abril de 1779, por la que consta que don Juan Antonio Herrero y don Sebastián Herrero se obligaron a pagar al otorgante la cantidad de 10, 950 pesos que a riesgo de mar le suplió don Bartolomé Naranjo, con la expresa condición de que si se declarase guerra u hostilidades entre cualquier otra potencia marítima de Europa, habían de abonar en su nombra un 15 % sobre el principal, razón por la cual Liborio otorga que ha recibido los 12, 450 pesos por concepto de principal más el 15 % acordado, de lo que entrega cancelación.
Don José María Lasquetti, hijo de los difuntos don José Lasquetti y doña María Roy, soltero, natural de Cádiz, otorga poder para testar a don Francisco Javier de Zavala, a don José Arias y Torija, a don Liborio Clausell y a don Manuel García Herreros, residentes en Jalapa, por si llegase a morir en el trayecto a España, y a sus hermanos don Sebastián Lasquetti y don Diego Lasquetti, a don Pedro Smitds y a don José Sáenz de Santa María, Presbítero, vecino de Cádiz, para que ordenen su testamento, donde declara que el caudal que posee constará en sus libros, por albaceas nombra a todos los antes mencionados, a los 4 últimos con la obligación de dar cuentas a los primeros; nombra herederos del remanente de sus bienes a Sebastián y Diego Lasquetti, Juan Pedro de Smidts y José Sáenz de Santa María
Don Liborio Clausell, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga que recibió de don Juan Felipe de Fagoaga, por mano de don Eligio Ustáriz y don José Joaquín Ustáriz, la cantidad de 8, 000 pesos en dinero de contado, misma que por escritura hecha en Cádiz el 5 de abril de 1780 entregó Fagoaga y don José Antonio Bohorques a riesgo de mar a favor de don Bartolomé Naranjo.
Don Francisco Joaquín Moreno, del Comercio de España y residente en el pueblo de Jalapa, exhibió copia de escritura hecha en Cádiz el 16 de abril de 1776 en la que consta haberse obligado dicho Moreno a pagar la cantidad de 3, 400 pesos que le suplió a riesgo de mar don Sebastián Maltes, sobre 8 tercios número uno a 8 con la marca del margen de ésta escritura F M R, para cargarlos libres de enmienda y demás que pueda causar su embarque en capitanía y almirante, y entregar al acreedor; razón por la que el otorgante hace cancelación dicha escritura.
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España y residente en este pueblo, como consignatario de escritura hecha en Cádiz el 21 de abril de 1776 otorgada por don Juan de Muguerza a favor de don Juan Jacinto Palomo, por 3, 420 pesos que le suplió a riesgo de mar, misma que Muguerza remitió en capitana y almiranta de la última flota al cargo del señor Ulloa, por lo que da por rota y cancelada dicha escritura.
Don Miguel de Mendiburu e Irigoyen, del Comercio de España, residente en Jalapa, exhibió escritura hecha en Cádiz el 15 de abril de 1780, en la que don José de Miranda se obliga a pagar al otorgante la cantidad de 3, 200 pesos que le suplió don Juan Jacinto Palomo a riesgo de mar, cuya cantidad lo corrió sobre 3 tercios, que embarcó en el navío nombrado Gallardo, el cual naufragó en el paraje nombrado Cabo Rojo cerca de San Juan Puerto Rico, en los que los 3 tercios no se salvaron, por lo que el otorgante señala que da por cancelada la citada escritura y libra de deuda a Miranda.
Don José Antonio Montañés, Cirujano del Regimiento de Infantería de la corona de Nueva España y residente en este pueblo, otorga poder a don Matías de Landaburu, Vizconde de Viota y señor del Baio, y por su falta a don Cristóbal Javier de Isturiz, ambos vecinos de Cádiz, para que en su nombre parezca ante el Rey y sus Supremos Consejos y pida se le hagan las mercedes que sean de su voluntad, y una vez hecha le envíen los títulos por triplicado, en razón de lo cual hagan los autos y diligencias judiciales necesarios.
Don Tomás Morán, natural de la ciudad de Cádiz, vecino y Corredor del Número en la ciudad de la Veracruz y residente en esta Villa de Xalapa, hijo legítimo de don Juan Morán y de doña Micaela Sánchez Carrera, declara que tiene concertado contraer matrimonio con doña María Gertrudis Ladrón de Guevara y Campo, española, doncella y vecina de esta villa, hija legítima de don Bernardo Ladrón de Guevara y de doña María Teresa de Campo, por lo que se obliga a entregar carta de la dote de su esposa, por la cantidad de 500 pesos que recibió.