CÁDIZ, CIUDAD DE

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              667 Archivistische beschrijving results for CÁDIZ, CIUDAD DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0067-PX_0067_0116 · Stuk · 19/09/1803
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Manuela Bosque y Fosati, otorga poder general en primer lugar a doña María Josefa Fosati, madre legítima de la otorgante, y en segundo lugar a su sobrino, don Onofre Manuel Bosque, ambos vecinos de la Ciudad de Cádiz, para cuantos asuntos le ocurran en los reinos de Castilla, Ciudad y Puerto de Cádiz, así civiles como criminales que hoy tiene y en adelante le ocurran, y especial como heredera de su difunto padre, don Onofre Bosque, vecino y del comercio que fue de la Ciudad de Cádiz, para que recauden y cobren los bienes que le correspondan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0154 · Stuk · 16/10/1810
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel Raggio, vecino de la Nueva Veracruz, mayor de 70 años, natural de la Ciudad de Génova, hijo legítimo de don Jacobo Raggio y de doña Isabel Pruna, otorga su testamento donde manda que después de su fallecimiento se remitan 200 pesos al Convento de San Fernando de México para invertirlos en misas a favor de su alma, de su primera mujer y de su hijo; declara que a los 16 años salió de su patria y se fue a Cádiz, a los doce años de residencia contrajo primeras nupcias con doña Teresa Pozo, de cuyo matrimonio tuvo a Manuel Lino Raggio, quien falleció en Veracruz, dejándolo como su albacea; pasó a segundas nupcias con doña María Merced Domínguez, no tuvieron hijos. Nombra como albaceas y herederos a don Mateo Badillo y a su sobrino don Miguel Badillo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0075-PX_0075_0043 · Stuk · 08/05/1811
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Miguel Badillo, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial a don Francisco Fernández Elías, vecino y del comercio de Cádiz, para que en su nombre cobre a don Alonso Antonio Bojórquez, vecino de Cádiz, la cantidad de 759 pesos, valor de una libranza que el 6 de abril de este año, libró en su contra don Joaquín Francisco y se endosó a favor del compareciente

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              MX UV.USBIX ANX-P-0075-PX_0075_0102 · Stuk · 04/11/1811
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José de la Pezuela, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Juan Francisco de la Cagiga, del comercio de Cádiz, para que en su nombre comparezca ante el Rey Nuestro Señor don Fernando Séptimo, o en su real nombre, ante el supremo congreso de las cortes generales y extraordinarias de España e Indias, donde pida se sirvan distinguirlo con las gracias y mercedes que tengan a bien concederle en concepto de sus méritos y servicios.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0118 · Stuk · 1708/11/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Sánchez Jurado, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Pedro Sánchez Jurado y Antonia del Castillo, difuntos; y Juana Domínguez, natural de esta villa, hija legítima de Blas Domínguez y de Isabel de los Reyes, difuntos, estando buenos del cuerpo y sana la voluntad en todo su libre juicio, buena memoria y entendimiento natural, otorgan que dan su poder para hacer el uno por el otro y el otro por el otro su testamento en la manera en que se lo tienen comunicado. Declaran que habrá tiempo de veinticinco años poco más o menos que contrajeron matrimonio, durante el cual han procreado por hijos legítimos a Catalina Jurado de dieciocho años, casada con Diego Gil; María Jurado de dieciséis años, casada con Antonio Moreno; José de quince; Bárbara de diez; Felipe de nueve; Pedro de seis; Joaquín de cuatro; y Nicolasa de tres meses. Y para cumplir las mandas del testamento se nombran el uno al otro y el otro al otro en compañía del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, su compadre, por albaceas testamentarios; y nombran por único y universales herederos a sus hijos trayendo a partición lo que han llevado al matrimonio las dichas Catalinas y María.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0015 · Stuk · 1679/06/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, dijo tiene otorgado poder al padre Fray Joseph [José] Salgado, religioso de la Orden de Santo Domingo para sus pretensiones en la villa de Madrid; mismo que revoca y sustituye en el Doctor Alonso Ramírez de Prado, Prebendado de la Santa Iglesia Metropolitana de México, al Capitán Fausto Echaverri y al Capitán Andrés Padillo, vecinos de la ciudad de Cádiz en los Reinos de Castilla, a cada uno especialmente para que por él parezcan ante el Rey y Supremo Consejo de las Indias y pidan y pupliquen a Su Majestad se sirva en [atención] a sus méritos, presentarlo para una de las dignidades o prebendas que están o estuvieren vacantes en la Santa Iglesia Metropolitana de México o en otra.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0016 · Stuk · 1681/06/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Nicolás Ferrera Figueroa, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad, otorga poder a los Capitanes don Martín de Urdanis y don Francisco Maldonado, vecinos de la ciudad de Cádiz, en los Reinos de Castilla, y a don Fausto Chaverri, vecino de la ciudad de Sevilla, para que en su nombre parezcan ante el Rey y su Real Consejo, donde supliquen a Su Majestad la confirmación de su título y oficio, los cuales renunció en él su hermano, el Alguacil Mayor Josephe [José] Ferrera [de] Figueroa; asimismo, pidan a Su Majestad lo honre y haga merced, en consideración de sus méritos y servicios, de cualquier oficio de gobernador, corregidor, alcalde mayor, de cualquier ciudad, villa o partido.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0077 · Stuk · 1689/11/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Ximénez [Jiménez], vecino de la ciudad de Cádiz, residente en esta villa de Córdoba, soldado de la capitana de flota surta en San Juan de Ulúa del cargo del Conde de Villanueva, en voz y en nombre de don Luis de Aranda, Capitán de dicha capitana, otorga que vende al Regidor Joseph [José] de Leiva, un esclavo nombrado Juan Andrés Márquez de nación Congo, que es del Capitán don Joseph [José] Márquez de Luna, vecino de Cádiz, uno de dos muleques que don Juan Herrera, vecino de Veracruz, le vendió en dicha ciudad. Lo vende en 345 pesos de oro común, y para seguridad de la venta nombra como fiador a [Francisco] de Arévalo, dueño de recua, vecino de San Juan Coscomatepec.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0124 · Stuk · 1714/12/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Mayor don Pedro Pablo Sánchez López de los Arcos, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, dijo se le ha concedido licencia para imponer y fundar un patronato en el lugar de Ybros [Ibros], obispado de Jaén en los reinos de Castilla, en la capilla mayor de la iglesia de los Bienaventurados Apóstoles de San Pedro y San Pablo, en el valor de 4 900 pesos, en la que él es principal patrón. Y porque al presente se haya muy distante de dicho lugar, por lo que no podrá asistir a la administración del patronato, otorga poder a los Venerables Padres, Ministro don Pablo de Torres, Prior de Ybros [Ibros], a los Licenciados don Juan Antonio Garrido, don Juan Antonio de Chinchilla y a don Juan López de Chinchilla, todos Presbíteros y vecinos de Ybros [Ibros], para que en nombre y en representación de su persona, reciban dicha cantidad de don Antonio Pardo, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de Cádiz, en virtud de carta orden que tiene de remitirle y le remite desde la ciudad de la Puebla de los Ángeles, con fecha de 9 de febrero de 1715, y en carta que remitirá a dichos padres y demás eclesiásticos con fecha de primero de febrero de dicho año. Con cuya cantidad compren las heredades de hazas y olivares que lleva citadas en la carta de primero de febrero o las que les parecieren mejor y que prometan más y segura utilidad, para que lo que redituaren dichas heredades se hagan las partes de dicha renta asignada en sus cartas, sin contravenir a la forma que en ella se expresa por que de lo contario será de ningún valor. Asimismo, dijo que el patrón o patronos que le sucediesen en dicho patronato ha de ser administrador de las fincas que se compren, para que cada un año haga cuentas y prorrateada entregue en la caja de tres llaves lo que tocare al patronato por sus 2 000 pesos; al que diga las misas lo que le tocare de sus 1 500 pesos; al maestre de escuela lo que le tocare de sus 1 000 pesos; y al patrono lo que le tocare de 400 pesos; según y como lo dicta en su carta del primero de febrero de 1715. También, menciona que de los 4 900 pesos se tiene que redimir un censo que su padre impuso sobre sus bienes a favor del Canónigo don Juan de Valencia, y lo que importare ha de quedar impuesto sobre las fincas que se compren a favor de este patronato. Además, dijo que da su poder al Licenciado don Juan Antonio de Chinchilla, para la solicitud de dicho patronato y administre la renta o rentas que se consigan con los 4 900 pesos y de lo que reditúe cumpla con lo expresado en su carta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0035 · Stuk · 1715/03/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Miguel José del Castillo de Altra, Presbítero Domiciliario de la Puebla de los Ángeles, Cura interino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan Antonio Gambino, vecino de la ciudad de México, próximo a hacer viaje a los reinos de Castilla en la flota del General don Juan Esteban de Ubilla; y por su muerte, ausencia u otro impedimento al Capitán don Francisco de Eguilaz, vecino de la ciudad de Cádiz, dueño de uno de los navíos de la conserva de dicha flota; para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Rey, en su Real y Supremo Consejo de la Indias y en los demás Reales y Supremos Consejos y demás Tribunales, para que pida y suplique le honren con la merced o mercedes que fuere su real voluntad o las que le comunica a sus poderistas por sus órdenes y cartas misivas, en atención a sus méritos y servicios. Para todo lo antes señalado, haga memoriales, suplicas, autos y demás diligencias que convengan, y conseguida alguna o algunas de las mercedes, las acepte en su nombre y le remita los despachos por duplicado, y para lo dependiente, le delibera éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

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