Agustina de Acosta, parda libre, natural y vecina de Jalapa, hija legítima de Antonio de Acosta Clemente y de María de Salazar Romero, mujer legítima de Juan Manuel de León, otorga su testamento donde declara que al contraer matrimonio no trajeron caudal alguno y ella tenía como hija natural a María de la Candelaria; la casa que habitan no es de ella sino de su hija; declara tener 3 esclavos negros nombrados María de Guadalupe, que está en servicio con su hija, Antonio y Juan Jerónimo que están con ella pero pertenecen a su hija. Tiene una casa que compró con Sebastián de Sandi, fundada en el solar que fue de don Diego del Moral, cacique y principal de los naturales de este pueblo, ubicada en la calle que va a la Ermita de Santiago y después compró el solar del que nunca se le dio escritura. Nombra por heredera universal a su hija, y como albaceas a la misma y a Juan Manuel de León
CACIQUES
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Don Antonio Meneses, Vicente Mendoza, Juan Salazar, Juan de Santiago, Apolinario Mendoza, Francisco Santa María, Juan Antonio Ortiz, Francisco Mendoza, Santiago Velasco, Dionisio Ortiz, Ignacio de Ortega y Juan Antonio Carreto, los primeros indios ladinos y los últimos españoles, descendientes del cacique don Juan Mendoza, vecinos del pueblo de Tlacolula, otorgan poder general a don Cristóbal de Ortega, español y vecino de Tlacolula, para que en sus nombres los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Bachiller Jhoam [Juan] Bermúdez de Escobar, Clérigo Presbítero, hijo legítimo de Luis Felipe Bermúdez y María Blas de Escobar, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad e isla de la Palma una de las Canarias, de donde es natural, Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que después de su fallecimiento sus albaceas celebren misas por su alma; se den 2 pesos de sus bienes a las tres cofradías que están fundadas en la iglesia parroquial, la del Santísimo Sacramento, la Limpia Concepción y de las Benditas Ánimas del Purgatorio. Declara que fue casado con doña Andrea de Paz Monterrey y cuando contrajeron matrimonio doña Juana Ramírez, cacica de Tlaxcala, le dio en dote 3 000 pesos de oro, porque la había criado. Ordena que la herencia de sus padres la hereden sus sobrinos Manuel y María, hijos legítimos de Luis de Brito Bermúdez difunto y de Beatriz Bermúdez [de Escobar] su hermana. Declara que debe y le deben las personas que se mencionan en la escritura. Señala por sus bienes la herencia paterna y materna que le corresponde, un jacal que tiene en un rancho fundado en esta villa, ropa y menajes de casa. Nombra albaceas a sus compadres Diego de Brito Lomelín, Alcalde Ordinario de esta villa, y Salvador de Brito Lomelín; y como heredero universal nombra a su alma.
JOSÉ BLANCO, JUEZ RECEPTORMateo de la Cruz, indio cacique, natural y vecino del pueblo de Naolinco, otorga codicilio al testamento que tiene realizado, en el que manda se revoque la cláusula en donde señalaba que le diese a la Cofradía de las Benditas Almas, un solar que compró a don Salvador de Castro.
Joseph [José] Valero de Grajera [Grajeda], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta dicha villa y su jurisdicción; dijo que en el pueblo de Orizaba un negro su esclavo nombrado Hernando halló un macho de los que le han hurtado en su hacienda, con el hierro al margen que es el que acostumbra poner a sus ganados; y por tanto pidió a la justicia de dicho pueblo se depositase dicho macho, y con efecto lo está el día de hoy, y tratando de que se le entregue, le pidieron que otorgara carta de lasto a favor de Sebastián de Oropeza, vecino del pueblo Tecamachalco, para que reciba y cobre de don Matheo [Mateo], indio cacique del dicho pueblo, a quien lo compró. En cuya conformidad otorga que dándose por entregado de dicho macho, da su poder y lasto al citado Sebastián de Oropeza para que cobre de don Mateo, indio cacique, la cantidad que por dicho macho pagó.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMateo de la Cruz, indio cacique, casado con María Manuela Pardo, nombra como albacea a su citada esposa, junto con Antonio de los Reyes, vecino de este pueblo, y como heredera a su esposa.
Don Juan Nicolás, indio cacique, Gobernador del pueblo de Tlatectla, jurisdicción de la Antigua Veracruz; don Tomás de la Cruz y don Matías Martín, Alcaldes; Juan Hernández, Alguacil Mayor; y don Bernabé Francisco, Regidor; como cabezas de la República de ese pueblo, mediante voz de Diego de Amaya, dijeron que en las cuentas y partidas que tienen pagados de sus reales tributos han aparecido cobrados de más en el tiempo que fue Alcalde Mayor de Jalapa el Capitán Nicolás Alejandro de Meza, y desde el año de 1701 cobrada por el Capitán José Ventura del Pedredo Salazar, Alcalde Mayor, y en virtud de orden del escribano otorgan que reciben, por sí y en nombre de los naturales del pueblo, de la mano del Capitán José Ventura del Pedredo Salazar, la cantidad de 239 pesos de oro común que se manda devolverles por el pago en demasía.
Don Juan Alonso, Gobernador, Don Diego Lucas, Alcalde, Don Luis de Morales, Alcalde, y Miguel Guillermo, Escribano, vecinos del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, de esta jurisdicción, informan que por fallecimiento del maestro de escuela que tenían, han designado a Don Lázaro Domínguez, Cacique, vecino de este pueblo de Ixhuacán de los Reyes, para que ejerza ese oficio, durante 4 años, con un pago de 50 pesos en cada año.
Don Juan Lucas, cacique, hijo legítimo de don Baltazar Lucas, también cacique, y de María Antonia, difuntos; y su legítima mujer Petrona Francisca, hija legítima de Juan Nicolás, difunto, y de María de la Cruz; todos vecinos y naturales del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán] jurisdicción de la villa de Córdoba; se otorgan poder mutuo, para que después del fallecimiento de uno de ellos el otro pueda otorgar su testamento como se lo tienen comunicado. Ordenan ser sepultados en la iglesia [roto] del pueblo de Santa Ana. Se nombran mutuamente como albaceas testamentarias. Declaran haber procreado en su matrimonio a Martina Leonor, de diez años de edad; a Juan José, de ocho años; a María Antonia de seis; y a Bernardo Miguel [roto] meses. Nombran como herederos a sus hijos, y se nombran mutuamente tutores y curadores ad bona de ellos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Pedro Bernal de la Cadena, cacique natural de este pueblo de Santa Ana Sacan, hijo legítimo de Baltazar de la Cruz, difunto, y de María Magdalena; otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que le deben algunos naturales vecinos de este pueblo, 241 pesos, asimismo, le deben los susodichos otros 227 pesos 6 reales, de que le hicieron obligación en idioma mexicano, cuyas cantidades les suplió para los pleitos de las tierras de Molloapa [Moyoapan] y el Gobernador don Baltazar Lucas, asimismo, para la compra de la tierra de don Nicolás [roto]. Declara hace veintiséis años contrajo matrimonio con Juana María, india, hija de padres conocidos, con quien procreó a Esteban, de veinticinco años de edad; a Juan de la Cruz, de dieciocho años; a Lorenza, de diecisiete años, casada con José Ramos; y a Martina, de catorce años, casada con Agustín Flores. Declara que hace diecisiete años contrajo segundas nupcias con María de la Candelaria, con quien ha procreado a Ignacio, de quince años de edad; José, de trece años; [Micaela], de doce años; y a [roto], de año y medio. Declara por bienes 40 pesos [roto] en una casa baja de cal y canto [roto]; una troje de cal y canto [roto]; una cocina de palos cubierta de teja; dos escaños; otra casa vieja; dos sillas de montar; tres yuntas aperadas; cinco lienzos con distintas advocaciones de una vara de largo; un Señor San Pedro de bulto de una vara de alto; un tambor; tres pedazos de tierra; diez vacas con seis becerros; dos novillos; cuatro yeguas; catorce mulas; un capote musgo de paño [de Castilla] con ribetón de oro, aforrado en piquin musgo; un capote de barracán, aforrado en sarga encarnada, con cuatro botones de plata; una hongarina de paño blanquizco [de] Castilla, aforrada con dos docenas de botones de [filigrana] de plata; una hongarina de paño de musgo con [cuatro] broches de plata; unos calzones de paño de Castilla [roto] musgo con dieciséis botones de plata; unos calzones de tripe encarnada; entre otros bienes. Nombra como albacea a María de la Candelaria, asimismo, tutora y curadora de sus hijos menores. Nombra como herederos a sus hijos.
JOSÉ DUARTE DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOR