Isabel Pérez de Moya, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Juan Pérez de Moya y Tomasa Martín, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con Jerónimo de Leiva, difunto, durante su matrimonio procrearon por hijos legítimos a Nicolás y Andrés de Leiva, mayores de veinticinco años; a Fray Jerónimo de Leiva, Religioso lego del orden del Señor Santo Domingo; a Matías de Leiva, mayor de veinticinco años; a Bernabela de Leiva, mujer legítima de Antonio de Aponte que se halla ausente de este villa; a María de Leiva, mujer legítima de Tomás García; a Juan de Leiva, de edad de veintidós años; y Antonio de Leiva, de diecisiete años. Declara por bienes la casa de su morada de cal y canto, con solar de cincuenta varas de frente y cincuenta de fondo, ubicado en la calle que va a dar a la Lagunilla, hace frente calle en medio con solar que fue de José Gómez Dávila, difunto; por el norte linda con casa y solar del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y por el oriente con casa de doña Marina Gómez Dávila. Asimismo, tiene por bienes dos solares y medio en el barrio de San Sebastián y en ellos dos hornos de cocer cal y uno para teja; los muebles y menaje de casa; 250 pesos en reales que tiene en una caja; 85 pesos que le debe don Francisco Valero; 50 pesos que le debe Manuel Francisco de Urquía. Nombra albacea testamentario a Gaspar Rendón y a Diego de Palma, mercaderes y vecinos de esta villa, por tenedor de bienes sólo nombra a Gaspar Rendón. Nombra a sus ocho hijos como herederos universales.
Sem títuloBARRIO DE SAN SEBASTIÁN
2 Descrição arquivística resultados para BARRIO DE SAN SEBASTIÁN
Don Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa, exhibió dos testimonios de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y de ellos consta que don Juan García de León, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, su data a 9 del presente mes y año, en nombre del expresado don Francisco Valero y Alvarado, recibió la cantidad de 1 250 pesos de principal de las arcas de capellanías de este obispado, los 1 000 pertenecientes a la que fundaron Pedro Yáñez y María Gutiérrez de Huesca, y los 250 restantes correspondientes a la que fundó el Licenciado don Ignacio Cortés de Gálvez; y obligó al citado don Francisco Valero y Alvarado a que pagaría dicha cantidad en la Secretaría de Cámara y Gobierno del señor arzobispo, en cinco años, ínterin pagarán sus réditos de 5 por ciento; para que con la enunciada cantidad pague lo que procedió de la venta que del oficio de alguacil mayor de esta villa le hizo a dicho don Francisco Valero. Y para seguridad del principal hipotecó dos tercias partes del citado oficio, como dos casas de cal y canto ubicadas en el barrio de San Sebastián.
Sem título