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              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0061 · Item · 1703/04/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Gaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, en nombre de doña María Jiménez, vecina de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, viuda de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, en virtud del poder que ésta le otorgó a don Manuel Romero, residente en esta villa, para la celebración de la venta de una casa en esta villa, que quedó por bienes de su difunto marido, cuyo poder don Manuel Romero sustituyó en el otorgante. Y en conformidad con dicha sustitución de poder, otorga que vende a Juan Vázquez, vecino de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de teja que se compone de una sala, un cuarto en esquina y otro cuarto inmediato con un corredor de la parte del patio y el solar que se compone de 50 varas en cuadrado cercado, en la calle Real que sale de la plaza Pública para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], que linda por una parte con solar de los herederos de don Diego Dávila Barrientos, difunto, calle en medio; por otro lado, con solar de Juan de Monteagudo; por otro con solar de Manuel Cáceres y por la parte del oriente calle en medio con solar de los herederos de Juan de Espinosa. La vende en precio de 1 400 pesos de oro común en reales, cuya cantidad y sus réditos, Juan Vázquez y Teresa de Cala, su legítima mujer, se obligan a pagar a doña María Jiménez, con especial hipoteca de dicha casa y otra casa que tienen en esta villa, la cual está gravada a 500 pesos a favor de la cofradía de las Benditas Almas del Purgatorio, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0099 · Item · 1718/12/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              María López de Villardoy, viuda de Francisco Machado, por interés propio; y Miguel de Salcedo, vecino de esta villa de Córdoba, curador de Juan, Josefa, María, Ana, Nicolasa y Francisco Machado hijos de dicho difunto; en virtud de la licencia que les otorgó la Real Justicia de esta villa, la cual usan para vender a don Cristóbal Calderón, vecino y mercader de esta villa, a saber la casa que quedó por bienes del difunto Francisco, baja de piedra y madera cubierta de teja, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública para el camino Real que va para la Nueva ciudad de la Veracruz, fabricada en solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, que por una parte linda con casa de los herederos de Jorge Salmerón y por otro lado, calle en medio, con casa de don Ignacio de Tembra y Simanes. La vende con sus entradas, salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbre, libre de empeño, censo e hipoteca, al precio de 1 000 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0016 · Item · 1720/02/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, como Síndico del convento de Señor San Antonio de religiosos Descalzos, dijo que Diego Saúl, vecino que fue de esta villa, por escritura que otorgó en ella el 17 de noviembre de 1699, cargó 500 pesos sobre la casa de la morada de Juan Vázquez, vecino que fue de esta villa, y que hoy posee Nicolás de Armenta, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública para el camino de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec]; y linda por el sur y el poniente con solar de los herederos de Juan de Espinosa, calle en medio; y por otra parte con medio solar de Agustín de Alcalá. Cuyos réditos del principal de 500 pesos, que son 25 pesos, ordenó se convirtieran en veinticinco misas rezadas por la pitanza de 8 reales cada una, 13 misas en los días lunes en la santa iglesia parroquial de esta villa, en el Altar de las Benditas Ánimas del Purgatorio y las doce restantes en la iglesia de Señor San Antonio de esta villa, en el Altar de la Virgen de Ánima, todas las misas aplicadas por las Benditas Ánimas del Purgatorio. Siendo voluntad de Diego Saúl, que las misas las dijera el Licenciado don Pedro Rubio de Gaviria, Presbítero, ya difunto, y en su lugar el Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, y por falta de éste el que nombre el dicho síndico del convento de Señor San Antonio. [roto] Otorga que instituye la dicha capellanía con la dote principal de 500 pesos a censo redimible sobre la casa mencionada. Nombra capellán al Bachiller don Rafael de [Olivera], Clérigo de Menores Ordenes, natural de esta villa, hijo legítimo de Antonio de Olivera, difunto, y de Ana Franco de Guzmán, vecina de esta villa; para que a su título pueda ordenarse, ascendiendo al santo presbiterato; y por falta o muerte de éste nombra a Pedro Joaquín [y Miguel] Trillo de Figueroa, naturales de esta villa, [hijos legítimos] de Pedro Trillo de Figueroa, [roto]. Don Lope Antonio de Iribas se nombra patrono de dicha capellanía, asimismo, nombra a los síndicos de dicho convento que le sucedan en dicho sindicato.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0089 · Item · 1710/09/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes y doña Juana Rodríguez Romano, su legítima mujer, viuda de Benito Rendón, difunto, su albacea y heredera, vecinos de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto don Ignacio de Tembra, en nombre de su mujer, presentó escrito con fecha de 10 de este presente mes y año ante el Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esa villa, donde hizo relación diciendo que don Benito Rendón había comprado de los bienes del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, una casa en la cual quedaron las tutelas de los menores hijos y herederos de dicho alguacil mayor, a razón de 266 pesos 5 reales, con la obligación de que si alguno de dichos herederos quisiese dicha casa se le había de entregar con el cargo de dichas tutelas; y en ocasión de que han tomado estado don José de Tembra y Simanes, hermano del otorgante, con doña Catalina de Soto Noguera, una de las hijas y herederas de dicho alguacil mayor, han convenido en entregarles la dicha casa, obligándose a tener en su poder las tutelas de doña María, doña Juana Teresa de Soto Noguera y Juan de Soto Noguera, menores, y la parte que tiene doña Catalina, su mujer. Asimismo, obligarse a la paga de 533 pesos 5 reales en cuatro años, los mismos que tenía gastados el dicho Benito Rendón por las tutelas de las dos hijas que se casaron. Y habiendo notificado dicho alcalde a las partes interesadas, que son: don Luis Martínez de Figueroa, marido de doña Gertrudis de Soto Noguera; a don Hilario Alonso, marido de doña Margarita de Soto Noguera; y a Juan de Vega, curador ad litem de los menores hijos de dicho alguacil mayor; dijeron consentían la entrega de la casa con la condición de que don José de Tembra reconociera las tutelas, entregar sus legítimas, pagar los réditos y presentar fiadores. Y habiendo don José de Tembra presentado por fiadores a Luis Martínez de Figueroa y a Hilario Alonso, poniendo en efecto el auto proveído por dicho señor alcalde donde reconoce la fianza y autoriza la venta, por la presente venden a don José de Tembra y Simanes dicha casa que está en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para la Nueva ciudad de la Veracruz, haciendo esquina y frente con la casa de los otorgantes, en precio de 1 600 pesos de oro común en reales, de los cuales 799 pesos 7 reales pertenecen a las tutelas de los menores hijos de dicho Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, a razón de 266 pesos 5 reales a cada uno de los tres y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento anual hasta que tomen estado o tengan la edad pertinente; 266 pesos 5 reales pertenecientes a la dicha doña Catalina de Soto, por razón de su legítima; y los restantes 533 pesos 5 reales que se ha de obligar a pagar dentro de 4 años.

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