Don Antonio de Mollinedo y Santa Cruz, natural de la villa de Turcios [Trucios] en el Señorío de Vizcaya, y residente en la ciudad de Antequera valle de Oaxaca, estante al presente en esta villa de Córdoba, hijo legítimo de don Pedro Mollinedo Santa [y] Cruz, difunto, y de doña Ana de la Torre, otorga poder al Capitán Martín de Chavarría, residente en la ciudad de Antequera, para que en su nombre otorgue su testamento y última voluntad como se lo tiene comunicado. Declara no estar casado ni tener hijos. Nombra como albacea testamentario a dicho capitán y como heredera universal a su madre, y en caso de haber fallecido, nombra en su lugar a dicho capitán.
Sans titreANTEQUERA, CIUDAD DE
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El Licenciado don Antonio Manuel de Ortiz, Presbítero Domiciliario de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Antequera valle de Oaxaca, hijo natural de don Bartolomé de Ortiz, Marqués de Altamira, y de doña Inés Grijalba y Escobar, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con las vestiduras sacerdotales y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de las Ánimas. Declara debe a don Jerónimo de Laesa, Benito Arias, José Álvarez, Alonso de Espinosa y al Licenciado don Pedro de Montenegro. Asimismo, declara le deben las siguientes personas: el Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Vicario de esta villa, y don Francisco Mayorga Cervantes. Señala ser hermano de la congregación del Señor San Pedro de la Concordia de la ciudad de los Ángeles. Declara por bienes los que se hallaren en el menaje de casa, ropa de vestir y blanca. Nombra por sus albaceas testamentarios al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Vicario de esta villa, y al Capitán don Gaspar Rendón, su compadre, por tenedor de bienes. Por herederos nombra a sus albaceas.
Sans titreEl Capitán don José de Echavarría, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de la Antequera valle de Oaxaca, se obliga de pagar al Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta dicha villa, a saber 500 pesos que el Capitán don Lope fio por escritura a Manuel Francisco Sánchez, vecino de esta villa, los cuales pagará al dicho Capitán Chavarría cada y cuando los señores de la Real Audiencia se lo manden lastar, sin pleito alguno pena de la ejecución y costas de la cobranza.
Sans titreEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, y doña Gertrudis López del Castrillo, su mujer, con expresa licencia del susodicho, ambos en mancomún, se obligan de pagar al convento del sagrado monasterio de religiosas de Nuestra Señora de la Concepción Regina Seli [Coeli] de la ciudad de la Antequera, valle de Oaxaca, a saber 3 000 pesos de oro común en reales, mismos que el convento les prestó en virtud de la licencia que antecede a esta escritura; cantidad que pagarán en cuatro años, con uno de hueco en que sólo se pagarán los réditos del principal, y en los tres siguientes en fin de cada año a 1 000 pesos cada uno que empezó a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante. Para lo cual el Capitán don Juan Valero, hipotecó su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor Santiago y Señor San Miguel que está avaluada en 28 871 pesos, libre de censo, capellanía ni otro gravamen.
Sans titreEl Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, residente en esta villa de Córdoba, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Vicario del pueblo de San Pedro Ysguatlan [Ixhuatlán] y su doctrina jurisdicción de esta villa, natural de la provincia de [Cholula], hijo de don Gregorio García de Zepeda y de doña Agustina Ladrón de Guevara. Por la presente, otorga poder para testar a su madre y al Bachiller don Antonio García de Zepeda, su hermano, Clérigo de menores órdenes. Ordena su cuerpo sea amortajado con las vestiduras sacerdotales y sepultado en la iglesia, parte y lugar que pareciere a sus albaceas. Deja un libro que se compone de 100 hojas, foliado y numerado, encuadernado en pergamino en el cual aparecerán todas sus cuentas. Nombra por sus albaceas a doña Agustina Ladrón de Guevara y al Bachiller don Antonio García de Zepeda. Declara ser capellán y patrón por muerte de doña Francisca Castellano, su tía, vecina de la Antequera, Oaxaca, de una capellanía que fundaron ella y Miguel García, su marido, de 3 000 pesos de principal. Nombra por heredera a doña Agustina, su madre, y en caso de que muriera antes que él, nombra en su lugar a doña Micaela, doña Isabel y a doña María Ladrón de Guevara, hermanas de él, y por fallecimiento de las tres es su voluntad que sus bienes se pongan a censo para que con sus réditos se ordene don Antonio García de Zepeda, y por falta de éste su pariente más cercano.
Sans titreDon Gregorio Ochoa de Amezaga y don Manuel de Portu, del Comercio de España y residentes en Jalapa, como albaceas testamentarios de don Bernardo Ibáñez de Zuazo y Landa, difunto, y apoderados de su coalbacea don Francisco Agustín Blanco, vecino de la ciudad de la Puebla, otorgan poder don Francisco de la Torre Marroquín, vecino de la ciudad de la Antequera Valle de Oaxaca, para que cobre de todas y cualesquiera personas, especialmente de la testamentaria de don Vicente Iturribarria y Urquijo, todas las cantidades de pesos que se le deban al difunto don Bernardo Ibáñez de Zuazo y Landa.
Juan Gutiérrez Jijón y su mujer, Ana Ojeda, vecinos de la ciudad de Antequera, venden a Fray Agustín de Salazar, vicario del convento de Cuilapa, 42 pesos y seis tomines de oro común de censo y tributo en cada año, los cuales situaron sobre sus propiedades que se hallan en términos de Teozapotlán( Fragmento).
Don Juan Marín, natural de la Ciudad de Antequera, Obispado de Málaga en los Reinos de Castilla y residente en el pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos don Juan Marín y de doña Isabel Palmero, junto con doña María Moreno, su legítima mujer, natural de la Villa de Torralba, Obispado de Murcia en los Reinos de Castilla y residente en este pueblo, realizan de manera conjunta sus testamentos, en los cuales se otorgan nombramiento de albaceas y herederos, por haber fallecido sus hijos.
Ante el Capitán don Juan José de León, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Nicolás de Torres, residente en la Villa de Tuxtla, en nombre de Lucas de Torres, vecino de la ciudad de los Ángeles, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 1,000 reses, toros y novillos que ha cobrado en la provincia de Tesechoacán y villa de Tuxtla que son de los diezmos pertenecientes a la Iglesia Catedral de la ciudad de Antequera, Valle de Oaxaca, para pasar a los ejidos de la ciudad de los Ángeles, México y otras partes para su venta.\n
El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad vecino de ella y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, se obliga de pagar a los señores religiosos del sagrado monasterio de Nuestra Señora de la Limpia y Pura Concepción de Regina Seli [Coeli] de la ciudad de Antequera, valle de Oaxaca, a saber 357 pesos de oro común en reales. Cantidad que recibió en reales por manos de don José de Vargas, residente en esta villa, y que se da por entregado y pagará para el día 15 de febrero de 1718, en 238 arrobas de azúcar blanca, a precio de 12 reales arroba, y se obliga a entregar al Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa, para que por su mano las conduzca a la ciudad de Oaxaca a entregar al Licenciado don Juan de Guzmán, mayordomo y administrador de los propios del dicho monasterio, llanamente y sin pleito alguno.
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