El Capitán [Juan] Flores, [roto] de la hacienda de ganado [mayor] que llaman de [roto], se [obliga] de pagar al [Regidor Antonio] de Brito, vecino de esta villa, cincuenta novillos puestos en el ejido de esta villa, para julio del año que viene de 1647, o antes si llegare la partida de la hacienda que tiene arrendada en tierra caliente de Alvarado; los cuales dichos novillos da y paga por otros tantos que don Alonso Galván debe al Regidor Antonio de Brito [lomelín], por una cédula que tiene de Marcos [de] Villalobos, porque le tenía puesta una demanda, por lo que dicha cédula queda en manos del regidor hasta que esta escritura sea pagada.
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOALVARADO, PUEBLO DE
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El Capitán Juan de Miranda [y Leiva], Alcalde [roto] de Córdoba, uno de los primeros pobladores de esta villa, hijo legítimo de Juan Díaz [roto] y de doña Bernardina de Leyva [Leiva], otorga su testamento en la forma siguiente: Declara que tiene deudas con Miguel Méndez, Diego Núñez Centeno, Toribio [García] y Juan García [de Miranda], sus hijos, y Tomás de Jáuregui. Manda se entreguen 10 pesos a la cofradía de las Ánimas del Purgatorio de esta villa. Declara [roto] tuvo cuentas con el Capitán Manuel Barbosa Cuello, vecino de Alvarado, de pescado que le dio. Menciona que para la obra de la iglesia parroquial de esta villa, [roto] se le encargó la fábrica para cobrar las mandas y gastar lo necesario, de lo cual hizo cuaderno de recibo y gasto. Declara que a él le deben Francisco Ramón Guzmán; Pedro Picaso [Picasso], dueños de carros de Orizaba; Juan Ruiz Durán; el Corregidor Alonso de [Guzmán], y otras personas a las que manda se les cobre. Señala por sus bienes dos solares que se le repartieron en la fundación de esta villa; [veinticinco] bestias mulares de carga; cabezas de ganado. Declara estar casado con Ana de Burgos Durán, dentro del matrimonio procrearon por sus hijos legítimos a María y Ana de Leyva [Leiva], que al presente están casadas con Juan García de Miranda y con Toribio García; a Joseph [José] de Leyva [Leiva] y a Juan de Leyva [Leiva]. Nombra por sus albaceas testamentarios a Juan García de Miranda y a Ana de Burgos; como tutora y curadora de bienes a Ana de Burgos Durán, y como sus universales herederos a Joseph [José] y Juan. Por otra parte menciona que a su hijo Joseph [José] lo deja a cargo de su recua. Finalmente manda se haga inventario de sus bienes.
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, dijo que tiene poder que le dio su madre doña Francisca de la Torre [Mercado], viuda de Pedro López del Castrillo, vecina de la ciudad de los Ángeles, para la cobranza de 1 000 pesos que a la susodicha le debe el Capitán Cristóbal Romero, vecino del pueblo de San Cristóbal de Alvarado, procedidos del arrendamiento de una hacienda que posee en dicho pueblo, de tiempo de [dos] años, otorgado en dicha ciudad el 27 de marzo de este año ante Pedro Gómez de Prado, Escribano Real y Público. Y por cuanto había otorgado sustitución en don Diego [de] Brito Lomelín, vecino de esta villa, quien se lo ha devuelto, otorga por la presente lo substituye en Andrés Moreno de Torrija, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en dicho pueblo de San Cristóbal Alvarado, y lo firmaron siendo testigos Juan Ludovico Blois, Juan de Vega y Tomás Montero, vecinos de esta villa.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODomingo López, hijo legítimo de Gerónimo [Jerónimo] López y de Francisca Rodríguez de la Cruz, difuntos, vecinos que fueron de la isla de la Palma en las Canarias, de donde es natural y vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se digan por su alma treinta misas rezadas por la pitanza ordinaria. Ítem manda a las mandas forzosas y acostumbradas, Casa Santa de Jerusalén y para la beatificación del Venerable Gregorio López y para la del señor don Juan de Palafox, un real cada una. Ítem declara que es deudor a Marcos Gutiérrez, arriero, vecino de esta villa, de 10 pesos y 2 reales, manda se paguen. Ítem declara que Manuel de León, vecino de Alvarado le es deudor de 290 pesos, manda se cobre. Ítem declara por más bienes un caballo ensillado, una espada, un machete de cinta, un colchón, dos sabanas, una colcha blanca, una almohada, una caja de cedro, un sombrero de lana de vicuña, cuatro camisas usadas, dos pares de calzones blancos, un vestido de lamparela con un armador rosado de China, un vestido de paño de la tierra, una balona de encajes, un par de medias y un par de calcetas. Ítem declara estar casado en la Isla de la Palma con María Leal, con quien procreó a Gerónimo [Jerónimo] que será de edad de dieciocho años de edad; a María de quince años; y a Francisca de trece años. Nombra como albacea testamentario y tenedor de bienes a [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, y como herederos universales a sus tres hijos legítimos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALDon Francisco Martín Vaquero, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de San Christoval [Cristóbal] de Alvarado, jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y nombre de Juana Palacios, viuda de José de Aguilera, difunto, vecina del pueblo de San Christoval de Tacotalpa [San Cristóbal de Tlacotalpan], en virtud del poder que le otorgó en dicho pueblo el 19 de mayo del presente año, otorga que vende al Capitán Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa, un negro esclavo nombrado Joaquín, casta Loango, de edad de veinticinco años, que heredó la susodicha de su difunto marido, el cual fue comprado en el armazón que estaba a cargo del Capitán don Francisco Arias de Acosta de [roto], Factor que fue de dicho asiento. Lo vende en precio de 300 pesos en reales de contado.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMiguel de Moxica [Mojica], residente en esta villa, vecino del pueblo de Alvarado, otorga que se obliga de dar y pagar a Pedro González, vecino del pueblo de Acayucan, que al presente reside en esta villa, 860 pesos por otros tanto que por buena obra le ha prestado en reales de contado. Dicha cantidad la pagará en dos plazos, 260 de ellos para octubre del presente año y los 600 restantes dentro de un año.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan de Escalona, vecino de San Juan Coscomatepec y residente en esta villa de Córdoba, se obliga a pagar al Regidor Francisco de Aguilar, el joven, vecino de esta villa, 210 pesos 3 reales de oro común por los mismos que se obligó a pagar a Pedro Jiménez Bernal, vecino de Alvarado, cantidad que pagará en dieciocho meses poco a poco según vaya teniendo.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALAlonso Sánchez Toscano, dueño de recua, vecino del pueblo de San Cristóbal de Alvarado, otorga que se obliga de dar y pagar al Alférez don Tomás López de Sagade, vecino de esta villa, 550 pesos de oro común procedidos del valor de veinte mulas de carga aparejadas de reata abajo, con dieciséis mantas de jerga, dos mulas de silla, una olla de cobre, un herramental, cuatro esquilas, todo lo cual compró del susodicho las veinte mulas de carga con dichos adherentes a 26 pesos cada una y las dos de silla a 15 pesos cada una.
Nicolás Montero, natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Nicolás Montero y de Catalina Olayo, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con María Magdalena, natural de esta villa, hija legítima de Baltazar García y de Juana María, difuntos, al tiempo de treinta y ocho años que son casados han procreado por sus hijos legítimos a Juan Tomás, Manuel, Nicolás Pedro, Josefa Montero casada con Sebastián Marín y Gertrudis Montero casada con Juan Ramón. Declara por sus bienes un rancho en tierras de la villa; dos solares; una pilita de tabaco con novecientos cabeceados; una milpa; una suertecilla de caña; una mula de silla [roto] cuartones y tablas de cedro. Ítem, declara debe 20 pesos a Santos, vecino de Albarado [Alvarado]. Ítem declara le deben las personas siguientes: Juan de Carmona, vecino de Albarado [Alvarado]; el Alférez Antonio Montero de dicho pueblo; el Alférez Álvaro de Herrera de dicho pueblo; Matías Guzmán; el Alférez mayor don Miguel Valero Grajeda; don Diego Valero Grajeda; Juan Flores de San Miguel; Juan de Ureña, vecino de la ciudad de la Puebla; Melchora de los Reyes; Simón de Arévalo, Cristóbal Romano; Antonio de la Rosa; Sebastián Marín; Pedro Guzmán; Felipe de la Cruz, entre otros que se mencionan en la escritura. Nombra como albaceas a Juan Montero y a Juan Ramón, y declara por herederos a su mujer e hijos.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOREl Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder al Alférez Manuel Serrano, vecino del pueblo de Albarado [Alvarado], y a Esteban López Mellado, residente en dicho pueblo; para que en su nombre pueda pedir, haber y cobrar a Isidro Romero, vecino de la ciudad de México y dueño de pescaderías en el dicho pueblo de Alvarado, la cantidad de 312 pesos y 2 reales que son los mismos que le dieron y le adjuntaron al otorgante como uno de los cuatro herederos de doña Francisca de la Torre Mercado, su difunta madre, en la cantidad que está debiendo dicho Isidro de resto de la pescadería que le vendió dicha doña Francisca de la Torre, el 28 de octubre de 1697, ante don Pedro Bernardes de Rivera, Escribano Real. Asimismo, les otorga dicho poder para que cobren todo lo que le deban y si fuese necesario contienda de juicio, lo representen y defiendan.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO