Don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de la Provincia de Jalapa y Jalacingo, otorga en arrendamiento a don Manuel de Torres y Morales, vecino de San Antonio Huatusco y residente en este pueblo, dicho oficio por el tiempo de 3 años, por la cantidad de 250 pesos anuales.
ALGUACILES MAYORES
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El Alférez Baltazar de los Reyes, vecino del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] jurisdicción de esta villa de Córdoba, vende a don Miguel Diego, Alcalde del barrio de San Bartolomé sujeto al pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], y a los demás principales, común y naturales que al presente son y en adelante fueren para los susodichos, dos sitios de tierra de ganado menor en términos del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco]; en la loma que llaman Xicuintlan, que está entre dos barrancas muy ondas, que la barranca que parte hacia el norte se llama Totolapa y la barranca que está hacia la parte del sur Tecoapam, que corren del oriente a poniente. Tierras que en nombre del otorgante hubo y compró Antonio Malpica, vecino de San Antonio Guatusco [Huatusco], de don José Navarro, Alguacil Mayor de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], y hoy vende con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, pastos, montes aguas, abrevaderos y todo lo demás que le pertenece y por libre de deuda, al precio de 1 400 pesos, 400 de contado y los 1 000 restantes que los naturales se obligan a pagarle a él o a quien por él su derecho representare 500 de ellos para el mes de octubre del presente año, y los otros 500 pesos para el mes de octubre de 1717.
Sem títuloEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y Regidor Perpetuo en ella, dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; y el Capitán Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, vecinos de ella; otorgan poder general al Capitán don Pedro González de Mores, vecino de la ciudad de México, mercader, para que en sus nombres parezca ante los señores oficiales de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de México, en su Real Almoneda, y hagan las posturas y mejoras a las Reales Alcabalas de esta villa, San Antonio Huatusco, su partido y jurisdicción por tiempo de 9 años.
Sem títuloEl Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y San Antonio Guatusco [Huatusco], su partido y jurisdicción, dijo que se haya sin tener teniente y alcaide [roto] las diligencias que se ofrezcan en esta villa, guardia y custodia de la cárcel pública de ella; por lo que usando la facultad que tiene que por Real Cedula se le concede, otorga que nombra por tal Teniente de Alguacil Mayor y Alcaide de la cárcel pública de ésta villa a Juan de Molina, vecino de esta villa, persona en quien concurren todas las calidades que el derecho previene para el uso y ejercicio de dichos oficios, para que haga todas y cualesquier ejecuciones, prisiones, embargos y dar posesiones y lo demás anexo.
Sem títuloDon Juan Pérez, Gobernador; Miguel Juan, Regidor Mayor; [roto] y Bartolomé Francisco, Regidores; Joseph [José] de la Cruz, Alguacil Mayor; Cristóbal Jácome, Alcalde del barrio de San Juan Texucapan; y Juan de Morales, Alcalde de Santiago Ystiyuca [Ixtiyuca], todos del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] partido de San Antonio Guatusco [Huatusco]; mediante Jacinto Beneroso [Veneroso], intérprete de dicho partido y vecino de este pueblo, y con licencia que pidieron al Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General por nombramiento del Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde Mayor de dicho partido, otorgan en arrendamiento a doña Micaela Ramos, viuda de Marcos Blanco y vecina de este pueblo, unas tierras que llaman el sitio de Quausxapa, que poseen a la salida de este dicho pueblo para el de San Antonio Guatusco [Huatusco], las cuales siempre han arrendado a doña Micaela, como obligada del abasto de las carnicerías de dicho pueblo, para que agostasen sus ganados. Las arriendan por tiempo de dos años y precio de 60 pesos anuales, que ha de pagar a los otorgantes o a quien les suceda, para los gastos y fiestas de la cofradía de Nuestra Señora, sita en la iglesia de este dicho [pueblo].
Sem títuloEl Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que por cuanto se necesita teniente de alguacil mayor que asista los negocios que se ofrecen en el partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] y San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], usando de la facultad de hacer nombramientos y atendiendo a las calidades que concurren en don Nicolás Cano Moctessuma [Moctezuma], le nombra por tal teniente de dicho partido y sus pueblos por tiempo de la voluntad, cuenta y riesgo del otorgante.
Sem títuloFrancisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba y San Antonio Huatusco, vecino de ella, en nombre de Magdalena de Milla Gutiérrez, parda libre, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga que vende al Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, una negra nombrada Juana, de nación Mina, de edad de 20 años. La venta se realiza por precio de 200 pesos de oro común.
Sem títuloFrancisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y San Antonio Huatusco, menciona que el 17 de octubre del mes de agosto del presente año otorgó testamento, sin embargo a la fecha se le ofrece añadir y quitar algunas cosas a dicho testamento y para darle efecto por vía de codicilio ordena lo siguiente: Declara que por cláusula testamentaria ordenó que después de los días de doña Gertrudis de Gatica, su mujer, con lo que rentaren en una casa que tiene en la ciudad de la Veracruz y otra en la villa de Córdoba, se saque una huérfana el día de San Antonio de cada año, y por la presente fecha ordena que a la huérfana que saliere se den solamente 300 pesos para su dote y de lo que restare de dichos arrendamientos se han de pagar los réditos de los censos que la casa de Veracruz tiene impuestos. Asimismo, ordena que en la elección que el Cabildo hiciere de las huérfanas que dicha obra pía hayan de salir, sean preferidas las parientas del susodicho o de su esposa. También declara que le adeudan las siguientes personas: Luis de Ulloa, hermano de la Tercera Orden; Salvador Pérez Milián; y los bienes del difunto don Gaspar González. Declara que de los “dos mil treinta y tantos pesos” que entregó al Capitán Francisco Canales [y Gacio] para llevar a Castilla se le adeudan 900 pesos, y si pareciera haber cobrado algo más de que no se acuerda se rebaje de dichos 900 pesos. Por otro lado señala que tiene en su poder el valor de un tercio de cordobanes de cuenta de Juan de Arebalo [Arévalo], vecino de Tecamachalco, y otro tercio de cordobanes del susodicho, ordena se le pague. Por último declara por sus bienes una mulata nombrada Antonia que está en servicio de doña María Pastrana.
Sem títuloFrancisco de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor en ella y San Antonio Guatuzco [Huatusco], en nombre del Capitán Martín Román de Nogales, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y en virtud de un poder que le otorgó en dicha ciudad el 30 de abril de 1682, vende al Alférez Nicolás Rodríguez, vecino de esta villa y Alcalde Ordinario en ella y su jurisdicción, una negra nombrada Teodora, esclava de dicho capitán, nacida en su casa, de edad de diecisiete años. La vende en precio de 200 pesos de oro común.
Sem títuloDon Francisco Martín, Alcalde del barrio de San Diego Tetitlan; Regidor Mayor Domingo de la Cruz; Alguacil Mayor Francisco Martín; en nombre propio y en el de los demás principales y naturales de dicho barrio sujeto al pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], jurisdicción de esta villa, en virtud de la licencia que tienen concedida del General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de dicha villa, otorgan poder general al Doctor don José Venegas de Espinosa, Abogado de la Real Audiencia de este reino, [Catedrático] de instituta en la Real [Universidad de la] ciudad de México, para que los represente y los defienda en sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares en razón de tierras y otras cosas.
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