Don Cristóbal Jiménez Barragán, natural de la ciudad de los Arcos, frontera del Arzobispado de Sevilla, en los Reinos de Castilla y vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos don Martín Jiménez Barragán y doña María Rodríguez Angulo, viudo de doña María Jiménez de Ecal, otorga testamento en el que nombra como albaceas al Licenciado don Manuel Vicente de la Barrera, Cura, Vicario y Juez eclesiástico de esta doctrina, junto con don Nicolás Romero, vecino de este pueblo y por la ausencia de ambos a don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, y como herederos a Vicente y María, sus hijos legítimos.
ALGUACILES MAYORES
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Don Francisco Joaquín de Oruesagasti, hijo de los difuntos don Juan Miguel de Oruesagasti y doña María Josefa de Iturbe y Venitua, natural de los reinos de Castilla, y vecino de esta Villa de Jalapa, otorga su testamento donde declara que sus bienes los señala en una memoria, es soltero, nombra albacea y heredero a don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, Alguacil Mayor de esta Villa.
El Capitán Don Gonzalo Márquez de Acevedo, Alguacil Mayor del Tribunal de la Inquisición en la provincia de Jalapa, hijo legítimo de Don Lorenzo Márquez y de Doña Ana de Acevedo, vecinos que fueron de la Villa de Trigueros, de donde es natural el otorgante, en el Condado de Niebla, en los reinos de Castilla, dio su poder cumplido a su legítima mujer Doña Josefa de la Peña y a su cuñado Sebastián de la Peña, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento, con todas las mandas y lagos que les tiene comunicado.
Doña Juana de Gatica y Aguilar, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Gonzalo de Gatica y doña María Álvarez, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se den 2 pesos a todas las cofradías que están fundadas en la iglesia parroquial de esta villa; 2 pesos a la cofradía de San Juan, fundada en la iglesia del barrio de Las Casillas; otros 2 pesos para la cofradía de Jesús de Nazareno de dicha iglesia, de la cual es hermana; y 2 pesos más para la cofradía de Nuestra Señora de la Candelaria, fundada en la iglesia del pueblo de San Lorenzo. Ordena se den 300 pesos de sus bienes para la fábrica material de la iglesia parroquial de esta villa. Ordena se digan por su alma las misas llamadas de San Vicente de Ferrer y la limosna de ella. Ordena se den 400 pesos a su hermana doña Gertrudis de Gatica; 300 pesos a Juan Suárez, vecino de esta villa, por el amor que le tiene por haberlo criado en su casa; 300 pesos a Isabel y 200 pesos a José, niños, hijos legítimos de dicho Juan Suárez y Catalina Robles, para ayuda de que tome estado. Ordena que su esclava negra, nombrada María Rosa, obtenga libertad después de la muerte del marido de la otorgante. Manda se den 10 pesos a Juana de la Concepción, parda libre, vecina de esta villa; y 50 pesos al padre Fray Pedro Prieto, Religioso Sacerdote de la Orden de Señor San Antonio, para que los distribuya a su voluntad. Declara estar casada con el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, y cuando contrajeron matrimonio ella llevó de 5 000 a 6 000 pesos en reales y bienes y el susodicho tendría de principal lo mismo más o menos. Declara haber procreado a doña Águeda María de Solís y Gatica, casada con el Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval. Declara que cuando contrajo matrimonio su hija dieron por dote a dicho Veguellina la cantidad de 14 000 pesos y después otros 6 000 pesos. Declara deber 300 pesos a los hijos y herederos de Francisca Suárez, vecina que fue del puerto de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla. Nombra como albaceas testamentarios a su marido, a su hermana y a su hija. Nombra como herederos universales a su marido y a su hija.
Sem títuloDon Juan de Bárcena, vecino de la Villa de Xalapa, apoderado de don Sebastián Pérez, Regidor y Alguacil Mayor de la ciudad de la Nueva Veracruz, con estancia en los Reinos de Castilla, otorga poder especial a don Tomás Paradela, Agente de Negocios de la Corte de México, para que en su nombre comparezca ante la Real Audiencia y Cancillería de la citada corte a contestar el recurso de apelación que interpuso la testamentaria del don Cristóbal Martínez.
Don Francisco de Aro y Ana Manuela Pérez, su mujer legítima, se obligan a pagar a don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, la cantidad de 777 pesos y 5 octavos, por concepto del traspaso de una tienda, así como otros 250 pesos, por el alquiler de una casa, en la primera flota que llegue de los Reinos de Castilla pagarán 850 pesos y 4 meses después, los restantes 177 pesos y 5 octavos.
Don Juan del Castillejo y Anguis, vecino de la ciudad del puerto de Santa María, en los reinos de Castilla, residente en este pueblo de Jalapa, y don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, informan que dicho Juan del Castillejo necesita 6000 pesos a nombre de su crédito, dando por fiador al citado don Juan de Almuzara, por lo que otorgan poder especial a Don Juan Tomás Trujillo, vecino de la Ciudad de México, para que busque la citada cantidad de pesos y los obligue a cubrirla en el plazo que convenga.
Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción y de Jalacingo, otorga poder especial a Juan del Castillejo y Anguis, residente en este pueblo, y por su ausencia a Pedro del Castillejo y Anguis, vecino del puerto de Santa María, en los Reinos de Castilla, para que pidan al Rey y el Consejo de Indias, los oficios y honores que les pareciere y lo obliguen por las cantidades de pesos que necesitaren para dichas pretensiones.