ALGUACILES MAYORES

Zone des éléments

Référentiel

Code

Note(s) sur la portée et contenu

    Note(s) sur la source

      Note(s) d'affichage

        Termes hiérarchiques

        ALGUACILES MAYORES

          Termes équivalents

          ALGUACILES MAYORES

            Termes associés

            ALGUACILES MAYORES

              781 Description archivistique résultats pour ALGUACILES MAYORES

              781 résultats directement liés Exclure les termes spécifiques
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0020 · Pièce · 1673/04/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Pelayo, vecino de la jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, provincia de Tepeaca, mayordomo de la hacienda de ovejas de don Gaspar de Rivadeneyra [Rivadeneira], el mozo, se obliga a pagar a Francisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], la cantidad de 935 pesos de oro común, de los cuales 275 pesos son por cincuenta novillos que compró al Capitán Joseph [José] Blanco a precio de 5 pesos y medio para la hacienda de labor de su amo, los cuales pagó Francisco Solís por el otorgante; y los 660 pesos restantes que desde hace ocho años el alguacil le ha prestado en diferentes veces en géneros y reales para el avío de la dicha hacienda de ovejas de su amo.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0004 · Pièce · 1677/01/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, los Regidores Joseph [José] de Leiva, Francisco de Aguilar, y Diego de Brito Lomelín, el Alférez Tomás López de Sagade, Gaspar González, Antonio Amaro González, Alonso [roto], Joseph [José] de Olivera, Antonio de Brito Lomelín, Domingo [de] Merodio, Joseph [José] Íñiguez, Bernardo de Rojas, Gerónimo [Jerónimo] de Leiva, Pedro García de Meza, Juan Rodríguez de Piña, Salvador Rodríguez, Pedro Rodríguez, el Capitán Joseph [José] Blanco, Juan Daza, Lázaro Hernández, Alonso Franco de Algarín y Antonio de Pedraza, vecinos de esta villa, por ellos y en nombre de los demás vecinos de esta villa y jurisdicción, dijeron que a esta villa se le han recrecido diferentes pleitos así con Cristóbal Fres de Herrera y consortes, por tierras que posee esta villa desde su fundación, como con el Real Fisco de Su Majestad y señor Alcalde Mayor de esta villa, sobre la jurisdicción titulada que esta villa ha poseído conforme al título de su erección. Pleitos que requieren muchos dineros y personas que defiendan a esta villa en la ciudad de México, porque de no salir con la justicia que le asiste, se prevé en general y particular mucho perjuicio y daño a todos los vecinos, para cuyo remedio por orden de Cabildo de esta villa han decidido ir a la ciudad de México el Alférez Mayor [Miguel] Valero [Grajeda], el Alguacil Mayor Francisco de Solís y el Capitán Nicolás Blanco. Y debido a no contar esta villa con propios para su defensa se obligan a pagar prorrata, conforme a los caudales que tienen, al Alguacil Mayor Francisco de Solís y al Capitán Nicolás Blanco la cantidad de pesos que los susodichos gasten en dichos pleitos hasta su determinación, cuyo gasto pagarán dentro de dos años a partir de hoy día.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0005 · Pièce · 1677/01/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Francisco Valero de Grageda [Grajeda], Alcalde Ordinario por Su Majestad de primer voto, Francisco de Solís, Alguacil Mayor, Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, capitulares de esta villa, dijeron que por cuanto ésta se encuentra con pleitos que tiene con Cristóbal Fres de Herrera y consortes, por haber pretendido el susodicho apropiarse de hecho y sin derecho de las tierras en el pago que llaman de la [Laguna] en [la jurisdicción] de esta villa, asimismo, con el Real Fisco de Su Majestad y con el señor Alcalde Mayor actual de esta villa, sobre la jurisdicción, territorio y dictado de villa que en su erección le fueron concedidas; pleitos que han llegado a tal estado que requieren muy eficaz remedio y para lo cual ha convenido el Cabildo enviar en nombre de esta villa, con poder bastante para lo que se ofrezca, a la ciudad de México a don Miguel Valero [Grajeda], Alférez Mayor, a Francisco de Solís, Alguacil Mayor, y al Capitán Nicolás Blanco, vecinos de esta villa, a quienes por la presente otorgan poder especial para que en nombre de esta villa parezcan ante el Rey Nuestro Señor, en sus Reales Audiencia y Cancillerías, jueces y tribunales, eclesiásticos y seculares que con derecho deban y soliciten cuanto se pueda con la finalidad de que no decaigan esta villa de sus privilegios, tierras, jurisdicción, título y lo demás que le fueron cedidos en su erección.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0018 · Pièce · 1726/04/27
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, por ausencia de don Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Cristóbal Rendón, vecino de la misma, un tercio de caballería y treinta solares y medio en el rancho que fue de Juan Gutiérrez, pertenecientes a los propios de esta villa, que por el oriente linda con el rancho y tierras de Joseph [José] Trujillo, y por ese lado tiene 19 cuerdas de a 50 varas cada una; con más 31 varas por occidente con tierras del rancho de Antonio Laboreiro, y por esa línea tuvo 9 cordeles y 30 varas; por el norte linda con el cerro de Colsaltepec, cuya línea tuvo 2 cuerdas y 12 varas; por el sur linda con tierras del rancho de Juan Íñiguez por cuyo lado tiene 16 cuerdas y 12 varas. El arrendamiento lo hace por tiempo y espacio de nueve años, por precio en cada un año de 5 pesos y 5 reales, bajo las condiciones siguientes: que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni construir casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo; asimismo, es condición que el arrendatario debe satisfacer los costos de la escritura.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0060 · Pièce · 1688/04/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba, San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, declara que su real título le concede nombrar al Teniente de Alguacil Mayor y demás ministros necesarios, y porque en la persona de Miguel Escobedo, residente en esta jurisdicción, concurren las partes y calidades en derecho necesarias para el uso y ejercicio, lo nombra por su Teniente de Alguacil Mayor de esta dicha villa de Córdoba, San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, para que con vara alta de la Real Justicia haga ejecuciones, prisiones, rondas, denuncias, con todo lo demás que dicho alguacil pudiera hacer.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0031 · Pièce · 1713/05/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, como albacea testamentaria y tenedor de bienes de su difunta esposa, doña Juana Gatica y Aguilar; y el Señor don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, del Consejo de Su Majestad, Alcalde de Corte de la Real Sala del Crimen de la Audiencia de México, como marido legítimo de doña Águeda María de Solís y Gatica, hija legítima de dicho alguacil mayor y de doña Juana Gatica, de quien es heredera universal; dijeron que han acordado que don Gregorio Martínez de Solís se quede en poder y dominio de 60 000 pesos correspondientes a la legítima materna de doña Águeda, por lo cual éste se obliga a pagar a don Juan Antonio de la Veguellina de la siguiente manera: 8 000 pesos en reales de contado y los 52 000 pesos restantes, en el término de nueve años 10 000 pesos y los 42 000 pesos en el término de quince años, a partir esta fecha, con sus réditos a razón de 5 por ciento anual mientras se los acaba de pagar; y dándole a don Juan Antonio de la Veguellina: dos negrillos de catorce a quince años, dos candeleros, un pichel, una fuente y doce platillos, todo en plata, lo cual aparece en los inventarios.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0067 · Pièce · 1713/09/28
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que el día 17 de este presente mes y año contrajo matrimonio en el pueblo de Orizaba con doña Rosa María de Rivadeneira, hija legítima del Capitán don Francisco de Rivadeneira, difunto, y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, y por cuanto su suegra le prometió por dote 1 033 pesos en diferentes alhajas y ropa de vestir de la susodicha, por la presente otorga haber recibido dicha cantidad en los bienes que se mencionan en esta escritura. Cuya cantidad junto con 7 000 pesos que manda a su mujer en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza, se obliga a tener en su poder en lo mejor parado de sus bienes.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0002 · Pièce · 1714/01/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor [y Regidor Perpetuo] de esta villa de Córdoba, albacea testamentario [uno de los herederos de Juana de Gatica [y Aguilar] difunta, su mujer. Como tal albacea, otorga poder a don Francisco Félix [Díaz Hidalgo], Procurador del Número de [la Real] Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y en representación de su persona siga y fenezca el juicio que se sigue de los bienes de la difunta, por parte de doña Águeda María de Solís y Gatica, su hija, mujer del Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, del Consejo de Su Majestad su Alcalde de Corte de la Real Sala del Crimen de esta Nueva España.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0015 · Pièce · 1714/02/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Por una parte el Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Vicario y Juez de esta villa, y el Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, en nombre de doña Juana Ramón y Espinosa, viuda, albacea y tenedora de los bienes que quedaron por muerte del Capitán don Manuel Gómez Dávila; junto con los Capitanes don Lope Antonio de Iribas y don José de Carvajal y Contreras, Alcaldes Ordinarios de esta villa por Su Majestad, don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad; don Antonio de Leiva Esparragosa, don Alonso López de Sagade Bugueiro, don Gaspar Rendón, don Manuel Sáenz de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava, don José de Segura y Ceballos, Antonio Millán Quijada, Francisco Estévez y el dicho Capitán don Gaspar Rendón, por el Capitán Francisco Pibot y Tapia, residente en la ciudad de México; todos vecinos de esta villa y los más dueños de hacienda de beneficios de hacer azúcar en esta jurisdicción; y de la otra parte, don Francisco Carlos Galván, Médico, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México; ambas partes convinieron y concertaron en que Francisco Carlos Galván les asista en sus casas y haciendas a curarles sus enfermedades, con obligación de que cada uno ellos pagarán anualmente las cantidades que se mencionan en esta escritura que tienen ajustado y prometido. Cantidades de pesos que entregarán a Francisco y en su lugar al Capitán don Gaspar Rendón, que empiezan a contar a partir de hoy día de la fecha en adelante, y el médico se encargará de asistir a los otorgantes, a curar sus enfermedades y las de sus mujeres, hijos y esclavos, así en sus haciendas como en esta villa.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0125 · Pièce · 1714/12/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Por una parte, el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad; de la otra, el Capitán Juan de los Santos Cubillos, albacea del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, quien lo fue de don Nicolás de Olivera, ambos difuntos, vecinos de esta villa de Córdoba; el Capitán don Gregorio Martínez dijo, que se le remató el trapiche que quedó por bienes de Nicolás de Olivera, nombrado San Francisco de las Mesillas, en la cantidad de 51 000 pesos, 15 000 de contado y lo demás a reconocer los censos que tuviere la hacienda, y el resto a pagar en 3 años. Y porque al presente tiene satisfechos los 51 000 pesos al Capitán Juan de los Santos y a los censualistas redimidos sus principales y pagados sus réditos, solicitó al Capitán Juan de los Santos, recibo y finiquito de dicha cantidad, quien dijo haber recibido del alguacil mayor los 51 000 pesos en los que se incluyen los 15 000 que había recibido del Regidor don Miguel de Leiva de contado y de ellos se dio por entregados a su voluntad, otorgando carta de pago; asimismo, el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez, se obliga a entregarle las escrituras canceladas del convento de Santa Clara y las demás de que redimió los censos que estaban sobre la citada hacienda y libranzas que tuviere en su poder y llamaron por una memoria que para en su poder; asimismo, se obliga don Gregorio Martínez a pagar los réditos de 10 años de 1 566 pesos que hasta hoy día de la fecha paraban en su poder de resto líquido de la citada cantidad; con lo cual el uno al otro se dieron finiquito y final de dicha cuenta y por rotas y canceladas cualesquier escrituras.

              Sans titre